La carga de la prueba en la venta de preferentes
Ley de quiebra. Para que una mala praxis bancaria no represente un riesgo sistémico, es necesario “crear una normativa en la que se diga que si un banco va a la quiebra por su mala gestión no pueda ser rescatado con dinero público. Si esto sigue sucediendo, lo que haremos es dar incentivos a los directivos para que sigan arriesgándose”.
Asunción de responsabilidades. “La responsabilidad de la venta masiva de productos complejos a clientes con un perfil de ahorradores, de la quiebra de bancos o de actuaciones negligentes debe ser asumida. Los responsables, si realmente han tenido la culpa al engañar a los clientes, deben pagar con su patrimonio”.
Modelo de sucursal doble. Para Monserrat, todos los bancos deberían tener dos tipos de oficinas. Una para ahorradores, donde se otorguen créditos y se vendan productos financieros simples, y otra para inversores en las que se vendan productos de riesgo. Estas segundas “deberán estar más supervisadas y se debería exigir a los empleados un buen nivel formativo y una capacidad para asesorar alta”.
Ley de segunda oportunidad. Esta norma, dice el economista, “es básica para evitar que una familia no pierda su casa y que el banco no sufra demasiado las consecuencias. Esto debería hacerse a través de la ley concursal, en lugar de un código de buenas prácticas. De este modo, dependerá de la voluntad del juez y no del banco, como ya se hace en otros países. No puede ser que un juez esté incapacitado para paralizar una ejecución hipotecaria si hay indicios de cláusulas abusivas o de mala fe a la hora de vender un producto complejo o una hipoteca”.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (octubre 1997) y en Administración y Dirección de Empresas (julio 1999) por la UIB. Master Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (enero 2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet): La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo La educación financiera desde el sector privado (Libro La prevención del sobreendeudamiento privado, Aranzadi, 2017); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); capítulo Un análisis práctico de la toma de decisiones de un consumidor medio (Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech, Wolters Kluwer, 2021); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y restos del sistema financiero, Aranzadi, 2022); Los puntos de conexión entre el reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y el reglamento sobre los mercados de criptoactivos, y la regulación del mercado de valores (Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión, Aferre, 2024).
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