Moratoria hipotecaria y de créditos personales Covid-19

Este pasado martes el Consejo de Ministros aprobó una nueva ampliación de 9 meses (total máximo de meses que se puede estar sin pagar deudas) para las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios, así como de crédito al consumo para personas físicas en situación de vulnerabilidad, a la vez que se ha extendido el plazo para solicitar estos aplazamientos hasta la fecha tope de 30 de marzo de 2020. Veremos los puntos básicos de esta moratoria hipotecaria y crediticia aprobada.

Esta resolución, que ha sido aprobada este miércoles en el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico. La moratoria total de 9 meses que fija el RDL 3/2021 se refiere a la moratoria hipotecaria establecida en el RDL 8/2020 y a la moratoria de préstamos y créditos personales del RDL 11/2020. También afecta a las moratorias y suspensiones legales del RDL 25/2020 y 26/2020.

Duración de las moratorias

El plazo para solicitar la moratoria hipotecara o crediticia finaliza el 30 de marzo de 2021, con el RDL 3/2021.

La duración máxima de la moratoria o suspensión en el pago de las cuotas se fija en 9 meses. Se pueden acoger tanto los nuevos solicitantes como los beneficiarios de anteriores moratorias, siempre que el plazo acumulado sea inferior a los 9 meses. La duración acumulada de las moratorias y suspensiones legales o acogidas a acuerdos sectoriales concedidas desde el 30 de septiembre de 2020 no podrá superar un total de nueve meses; es decir, no es un nuevo aplazamiento de 9 meses, sino un límite total.

¿Quién puede beneficiarse de estas moratorias?

Pueden optar a una moratoria de hasta 9 meses las personas enumeradas en las normas mencionadas al inicio del artículo.

Moratoria de préstamos hipotecarios

En cuanto a las personas físicas que pueden solicitar la moratoria de hasta 9 meses, hay que estar a lo fijado en el RDL 8/2020, modificado en el RDL 11/2020:

  1. Personas físicas que sean titulares de un préstamo hipotecario sobre su vivienda habitual y estén en una situación de vulnerabilidad económica (definida en el art. 16 del RDL 11/2020). Los fiadores, avalistas e hipotecantes  no deudores en situación de vulnerabilidad no puede solicitar la moratoria, pero sí beneficiarse de la posibilidad de exigir a la entidad financiera que agote el patrimonio del deudor principal, sin perjuicio de la aplicación a éste, en su caso, de las medidas previstas en el Código de Buenas Prácticas, antes de reclamarles la deuda garantizada.
  2. Empresarios y profesionales en situación de vulnerabilidad titulares de préstamos hipotecarios sobre inmuebles afectos a la actividad económica.
  3. Hipotecas de arrendadores persona física que hayan dejado de percibir la renta arrendaticia desde la entrada en vigor del Estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o deje de percibirla hasta un mes después de la finalización del mismo.

Moratoria de créditos sin garantía hipotecaria

Podrán solicitar la moratoria de hasta nueve meses:

  • Personas físicas en situación de vulnerabilidad económica.

Aparición de hoy en Negocios.tv hablando de la moratoria, de los tipos de interés negativos y de la mejor opción de financiación: ¿interés fijo o variable?

Importe de las moratorias

Según los datos publicados por el Banco de España ‘Nota informativa sobre la aplicación de las moratorias legislativas y sectoriales hasta el 31 de diciembre de 2020‘ de fecha 25/01/2021, los datos sobre las moratorias solicitadas y concedidas hasta 31/12/2020 son los siguientes:

  • Se han presentado más de 261.320 solicitudes de moratoria con garantía hipotecaria, de las que se han concedido 222.000 moratorias hipotecarias. El saldo vivo de estos préstamos suspendidos alcanza los 19.970 millones de euros. Un 72,2% son hipotecas de empleados y un 27,8% autónomos.
  • En cuanto a las solicitudes para los contratos de crédito sin garantía hipotecaria, se han presentado algo más de 411.000, concediéndose 363.176. En este caso, el saldo pendiente de amortizar de los préstamos suspendidos es de 2.684 millones de euros. 73,2% asalariados y 26,8% autónomos.
  • Si nos referimos a las moratorias sectoriales, éstas han superado las 815.000, dándose curso a más de 794.385. El saldo pendiente de amortización de los préstamos suspendidos es de 31.389 millones de euros. 80,8% eran titulares asalariados y solo un 19,2% autónomos.

Queda patente que los autónomos, que en general sufren de igual forma la devastación económica de la Pandemia, tienen menos facilidades para acogerse a las moratorias.

Actividades más afectadas

Si analizamos el desglose de las moratorias por ramas de actividad, los sectores que más moratorias han tramitados son la hostelería, el turismo y el comercio, y en menor cantidad, las actividades profesionales, el transporte y construcción. Estos sectores suponen casi el 80% de las moratorias concedidas a autónomos.

En cuanto al número de moratorias del sector turístico y del sector del transporte, el número de solicitudes y concesiones ha sido notablemente inferior. En concreto, el número de solicitudes de moratoria legislativa para créditos hipotecarios de inmuebles afectos a una actividad turística se situaba en 1.570, de las cuales se han dado curso a 1.362, quedando un saldo pendiente de amortización de los préstamos suspendidos de unos 2.000 millones de euros. Por otro lado, las solicitudes de moratoria referida al sector del transporte han sido 1.836, habiéndose dado curso a 1.661, con un saldo pendiente de amortización de estos préstamos suspendidos de unos 125 millones de euros.

El posible estigma

Información de dentro del propio sistema financiero me alerta que hay bancos que, de forma casi automática, marcan a los beneficiarios de una moratoria hipotecaria o crediticia como clientes de riesgo. Eso supone que, en ocasiones, se les vete a futuro como candidatos a financiación, incluso a obtener una tarjeta de crédito.

Además, la moratoria no cancela la deuda no pagada, simplemente la proyecta en el tiempo, debiéndola pagar repartida mes a mes en los años futuros.

Por tanto, solo recomiendo solicitar una moratorio de créditos o préstamos cuando realmente la necesitemos y no encontremos alternativas mejores.

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