La deducción por compra de vivienda habitual sigue siendo la más relevante para millones de contribuyentes, a pesar de su finalización desde el 1 enero de 2013. Todos aquellos que compraron su vivienda hasta el 31 de diciembre de 2012 pueden tener derecho gracias a un régimen transitorio aún vigente al que se añaden las que aplican las Haciendas Forales y algunas Comunidades Autónomas, centradas en las adquisiciones de jóvenes o compras en zonas rurales.
Para aquellos que puedan seguir beneficiándose del régimen transitorio, se mantienen las condiciones: El porcentaje es del 15%, (7,50% estatal y 7,50% en el tramo autonómico). Se podrá deducir por todas las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente con una base máxima de 9.040 euros anuales.
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