Casa e hipoteca a partes iguales en la pareja. Quiero separarme y quedarme con la casa. Pagaría yo la deuda hipotecaria pendiente. Cómo se hace? Primero cancelo yo la deuda y luego hacemos extinción de condominio? Tendría que compensar al ex con algo más?
Buenas tardes,
Para poder contestar a su pregunta analizaremos dos escenarios que varían dependiendo si necesita solicitar un préstamo hipotecario para liquidar el existente o si no tiene dicha necesidad al disponer del dinero para proceder a su liquidación:
1.- Solicitud de préstamo hipotecario: Tanto si necesita solicitar un préstamo hipotecario a una entidad financiera distinta a la que aparece como carga de la vivienda cuya mitad quiere adjudicarse , como si quiere quedarse como deudor hipotecario exclusivo en el préstamo hipotecario ya existente, indicarle que la entidad bancaria le solicitará que la vivienda ya esté en exclusiva a su nombre, con lo que deberá realizar previamente la extinción de condominio para que la entidad bancaria pueda, o bien otorgarle el crédito, o bien dejarle como deudor hipotecario exclusivo.
2.- Sin solicitud de préstamo hipotecario: En este supuesto puede directamente realizar la extinción de condominio ante Notario y liquidar el préstamo hipotecario para que se lo pueda adjudicar libre de cargas; en este caso no es necesario proceder previamente a la extinción.
Respecto a la compensación económica debo indicarle que debe acordarse entre las partes, puesto que puede que para ustedes sea suficiente como compensación económica el que usted asuma la totalidad del préstamo hipotecario, pero para que no haya un exceso de adjudicación entre las partes deberá partir del precio de valoración del inmueble que ustedes le den, quitar el préstamo hipotecario, y el sobrante repartirlo entra ambas partes en función de sus porcentajes de copropiedad.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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