Buenas tardes,
Sobre la base de la pregunta adjunta https://futurfinances.com/pregunta/hipoteca-problemas-con-hacienda/ y teniendo en cuenta que el banco ha consentido que ella asuma el 50% de la hipoteca aun teniendo yo el 100% de la propiedad y con la escritura de compraventa y subrogación de préstamo ya firmada desde principios de enero, a la espera de inscripción en el Registro, hemos procedido con los trámite de la donación y el Sr. Notario, que es otro distinto al que elegimos para firmar la escritura de compraventa, nos dice que ella (sujeto pasivo) tiene que tributar el impuesto de transmisiones (por el 50% de la hipoteca que asume como prestataria) y el impuesto de donaciones (por el valor de la vivienda menos el valor de la hipoteca que asume).
Engloba la operación como una “donación con asunción de deuda por parte del donatario” o “transmisión de un inmueble con carga hipotecaria” y nuestra duda radica en saber si nuestra situación (pareja de hecho con escritura de compraventa y subrogación de préstamo anterior a la escritura de donación), con la ley en la mano, se engloba dentro de esta figura regulada fiscalmente, porque el Notario con el que firmamos la escritura de compraventa (recuerdo, distinto al Notario con el que queremos firmar la escritura de donación) jamás nos dijo nada sobre la posibilidad de tener que pagar el impuesto de transmisiones, simplemente aludió a la necesidad de hacer la escritura de donación dentro de los dos meses siguientes a la escritura de compraventa para no tener problemas fiscales con Hacienda.
Así las cosas, hemos pensado que el segundo Notaria se haya podido confundir, y que no se englobe nuestra situación en esta figura jurídica, y por eso necesitamos su ayuda, pues ella se hizo cargo del préstamo con anterioridad a la escritura de donación, por lo que la carga del inmueble que se transmite ya está a su nombre y tendría que tributar por una carga que tiene que pagar al banco…
Llegados a este punto, nuestra preocupación en máxima, y más cuando nos dice el segundo Notario que pueden hacernos una complementaria, si no hacemos este trámite a la mayor brevedad, por estar ella como prestataria de una vivienda cuya titularidad es 100% mía.
Muchas gracias de antemano,
Saludos.
Jorge.
1 Respuesta
Buenos días. Entiendo que lo que indican de pago de Impuesto de la Hipoteca es el acto jurídico documentado de esta, ya que no puede existir en una misma operación Transmisión Patrimonial y Donación.
La operación que plantea el segundo notario es la correcta. Por un lado hace una transmisión de la deuda (hipoteca) y por ella paga Actos Juridicos Documentados por esa inscripción y la donación (y aceptación) de la deuda. Es algo independiente de la transmisión de la propiedad y, como indica el notario, si suele generar problemas cuando existe discrepancia entre propietario y persona distinta con la hipoteca.
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