Me gustaría saber si yo tendría opción a una hipoteca con las condiciones que tengo actuales.
Mi pareja y yo estamos en tramites de comprar una vivienda la cual está con un contrato de alquiler con opción a compra (esta situación es derivada a que uno de los propietarios falleció y estamos esperando que los hijos solucionen el papeleo familiar) pero la idea es comprar la casa desde el principio, es decir cuando ellos solucionen el papeleo, vamos a comprar.
Mi situación laboral es de contrato indefinido con una empresa Irlandesa, y con un contrato Irlandés. Ingresos 1.800 netos-mes. Como comentaba estoy residiendo en España, y la intención es continuar aquí trabajando desde casa y conservando las mismas condiciones que tenia cuando trabajaba allí. El problema es que dado que llevamos residiendo menos de 6 meses en España, yo no voy a poder presentar la Declaración de la renta española a la hora de solicitar la hipoteca (podría entregar la declaración de la renta de Irlanda, pero no la de aquí, porque de momento no llevo 6 meses en España y no estoy obligada a declarar aquí hasta pasados esos 6 meses…
1 Los bancos aceptarían el que no pueda presentar la declaración de la renta española, debido a mi situación?
2 En cuanto a la vida laboral española, dado que ésta no contempla mi empresa irlandesa, tampoco es muy util, pero me aceptarían la vida laboral de Irlanda?
3 La hipoteca que estamos buscando es para 65.000euros que no es mucho, y tenemos unos ahorros de 20.000, la tasación (que se hizo ya porque estábamos en tramites de compra anteriormente a que el dueño falleciera) es de 82.000 euros, hecha por Tinsa. Con estas características, es viable una hipoteca al 80% o mejor aún… al 100%?
Espero que me podáis ayudar en esta consulta. Mil gracias!
Efectivamente a efectos fiscales y de evaluación del riesgo por parte de las entidades bancarias se trata de una hipoteca para No Residentes, que se caracterizan por un porcentaje menor de financiación – en torno al 70% sobre el valor de compra- y por un plazo de amortización máximo que no suele exceder los 20 años. Estos parámetros se pueden mejorar si se afianza la operación con algún elemento que fortalezca el arraigo en España del solicitante, como puede ser otra garantía real o una garantía personal.
Santiago Cruz, CEO de iberCREDIT
Comentarios recientes