Compré un piso con mi expareja antes de casarnos y mis padres me dieron un dinero, que sirvió de entrada, quedando en las escrituras indicado que yo poseo el 60% de la propiedad y mi ex el 40%. Nos metimos en una hipoteca de 150.000€ al 50%.
Ahora estamos en trámites de divorcio cuando quedan por pagar 110.000€ de hipoteca. Se ha tasado la propiedad dándole un valor real de mercado de 143.000€.
Cuando me he querido informar sobre cómo debemos hacer los trámites económicos para hacer la extinción de condominio, quedándome yo con el piso, me han dicho que se tiene que calcular la diferencia entre tasación e hipoteca restante, 33.000€, correspondiéndome el 60% y a mi ex el 40% de esa diferencia, teniendo así que pagarle yo a ella 13.200€.
Quería preguntarles si es correcto esto que me dicen, ya que, habiendo aportado yo más dinero inicialmente a la compra y quedando así indicado en las escrituras en cuanto al porcentaje de propiedad, no considero que en ese cálculo se consideren los porcentajes de posesión de esta, sino los porcentajes del sobrante tras cancelar la hipoteca, y, por lo tanto, no se tiene en cuenta el dinero que mis padres aportaron a mi nombre para pagar la entrada.
Espero que me puedan aclarar esta duda.
Muchas gracias.
1 Respuesta
Como puedes ver en los siguientes contenidos, no hay una regla fija en cuanto a la valoración de cada parte, se trata de negociar:
Te aconsejo te asesores con un abogado antes de firmar ningún acuerdo.
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