Buenos días,
Próximamente voy a realizar una reforma en una vivienda propiedad de mi padre. Para poder llevarla a cabo, voy a pedir un pequeño préstamo del cual seré la titular. ¿Podemos tener algún problema con hacienda en cuanto a que yo soy titular de un préstamo para reformar una vivienda de la que no soy propietaria?
Mil gracias!
Apreciada Tanisha,
Poder, podrías. Casi todas las actividades económicas que realizamos están de alguna manera gravadas por algún tributo. Solicitar financiación hipotecaria sobre el inmueble de tus padres (que firmarían como hipotecantes no deudores), para reformar dicha vivienda, puede considerarse una donación tuya a tus padres y devengaría el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Además de la legislación Estatal, hay que ver si tu CC.AA. ha legislado al respecto o hay derecho foral aplicable.
El artículo 3 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones define como Hecho Imponible del impuesto, entre otros:
b) La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, «intervivos».
Y podría encajar en esta definición pedir un préstamo para reformar la casa de otra persona (tus padres, en tu caso).
Te sugiero primero acudas a un asesor fiscal, que analice la operación y toda la documentación necesaria, antes de solicitar la hipoteca al banco.
saludos!
Comentarios recientes