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Aprovechando la preparación de los próximos juicios en los que tengo que ratificar una pericial sobre las cuentas de Banco Popular, en este artículo haremos un breve repaso a la información que se proporcionaba al inversor en la ampliación de capital de 26 de mayo de 2016.

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La competencia bancaria para captar clientela hipotecaria está desembocando en multitud de productos y fórmulas para hacer estas hipotecas atractivas a los potenciales clientes. Ya hace algunos años que existen ciertas hipotecas que «premian» a aquellas viviendas que disponen de un certificado de eficiencia energética. Hoy en día, esta nueva corriente de hipotecas verdes se está instaurando en más entidades bancarias. Bajo las siglas ESG (Environment, Social and Governance), ya son varias las entidades bancarias que operan en España y que bonifican (mejoran el tipo de interés) de sus hipotecas.

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En esta entrada vamos a analizar la hipoteca a tipo variable de Banco Santander que la entidad ofrece en estos momentos. Para empezar, el plazo máximo para su hipoteca a tipo variable para vivienda habitual es de 30 años, siempre que el titular o el menor de los titulares no supere los 80 años a fecha de finalización de la hipoteca. En cuanto al porcentaje, lo máximo que ofrece el Santander es el 80% del valor de tasación. Si lo que buscamos es una hipoteca para una 2ª residencia, el plazo máximo es de 25 años y el importe máximo es el 70% del valor de tasación.

Ya adelantamos que la hipoteca a tipo variable del Santander se trata de una hipoteca para perfiles bastante solventes, cosa que desgranaremos más adelante y que además, sólo ofrece unas condiciones aceptables si accedemos al máximo de bonificación posible, que en este caso es de un 1% a partir del 2º año de vida de la hipoteca. ¿Y cómo se accede a esta bonificación máximo? Pues cumpliendo una serie de requisitos, conocidos como vinculaciones.

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Veamos en estos momentos las condiciones que nos ofrece la hipoteca fija de Banco Santander. Adelantamos que es una hipoteca con muchas «bonificaciones», algo que no suele ser bueno para el hipotecado si estas vinculaciones que reducen el tipo de interés tienen un coste (seguros, etc), ya que lo que nos ahorramos con el interés no suele compensar el sobrecoste que tienen (los seguros ofrecidos por la banca son más caros) o la peor calidad de las coberturas que nos ofrecen.

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Ya hace un tiempo que el conseguir una hipoteca por más allá del 80% del valor de compra o tasación es todo un reto, pero también es cierto que, si tenemos un perfil financiero muy estable, como el de un funcionario o similar, sí que se pueden conseguir a día de hoy, hipotecas por el 90% o incluso el 100% del importe de compraventa o tasación. La pregunta que pretendemos resolver en este artículo es: ¿existe la hipoteca 100% de Banco Santander?

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Si estamos buscando financiación hipotecaria y estamos valorando las hipotecas de Banco Santander hay una serie de cosas que es conveniente saber antes de lanzarnos a firmar.

Una de las primeras cosas que hay que tener claras es que de momento y salvo excepciones, el Banco Santander no ofrece hipotecas por más allá del 80% del valor de compra o tasación (el más bajo de los dos valores). Esto deja claro que deberemos disponer de ahorros para hacer frente al restante 20%, además de los gastos inherentes a la compraventa, que suelen rondar un 10% del principal. En total, un 30% más aproximadamente.

Si contamos con ahorros para hacer frente a esa parte que el banco no nos concederá, todavía nos quedará decantarnos por una hipoteca a tipo fijo o a tipo variable. Y es que a día de hoy, con el Euríbor en negativo, merece mucho la pena sospesar ambas opciones con mucho detenimiento antes de tomar una decisión. Por otro lado, son las hipotecas para funcionarios de Banco Santander las que mejores condiciones ofrecen, si bien cada caso es un mundo.

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El Banco Santander es una de las entidades que está apostando más fuerte para captar clientes solventes de crédito hipotecario. Tanto es así que a mayor cuantía de la nómina domiciliada, mayor porcentaje de bonificación, como veremos más adelante.

Eso sí, no debemos perder de vista el hecho de que las hipotecas que se conceden en la actualidad son, salvo excepciones, por el 80% del valor de compra o tasación, así que deberemos contar con ahorros para adquirir una propiedad.

Por ello, si somos funcionarios y estamos buscando una hipoteca debemos estudiar las que ofrece el Santander, con especial atención a todas las bonificaciones que ofrece, a ver si se ajustan a nuestras necesidades y capacidades o no. Veamos qué tipo de hipotecas de Banco Santander para funcionarios se ofrecen.

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Condiciones actualizadas para clientes con perfil de funcionario al alcance de los intermediarios de crédito inmobiliario seleccionados por Futur Finances:

A día de hoy, sus hipotecas a tipo variable y a tipo fijo bonificada son interesantes siempre y cuando cumplamos el máximo de vinculaciones para alcanzar ese 1 % de bonificación tope. Veamos las condiciones de las hipotecas de Banco Santander para funcionarios y resto de colectivos solventes:

Condiciones a tipo variable

  • Desde TIN 1,59% / TAE 1,80 (1º año), TIN Euríbor + 0,79% / TAE 1,12% (2º año y cumpliendo condiciones).
  • Hasta un 80 % del valor de tasación en caso de primera vivienda y hasta un 70 % en caso de ser segunda residencia.
  • Hasta un máximo de 30 años para la primera vivienda y de 25 años en caso de no serlo.
  • El plazo de la hipoteca más la edad del titular a la firma no podrá superar los 80 años de edad.

Condiciones a tipo fijo

  • Desde TIN 1,55% / TAE 2,68 (1º año), TIN 1,55% / TAE 2,17% (2º año y cumpliendo condiciones)
  • Hasta un 80 % del valor de tasación en caso de primera vivienda, y hasta un 70 % en caso de ser segunda residencia.
  • Hasta un máximo de 30 años para la primera vivienda, y de 25 años en caso de no serlo.
  • El plazo de la hipoteca más la edad del titular a la firma no podrá superar los 80 años de edad.

Requisitos para bonificación de la hipoteca Banco Santander

Para acceder al tipo de interés bonificado a partir del segundo año podemos elegir los productos o servicios que a continuación detallamos hasta una bonificación máxima del 1%:

  • Ingresos domiciliados:

Domiciliar una nómina o prestación por desempleo, o pensión, o pago Seguridad Social Autónomo o Ayudas de la PAC:

  1. Bonificación de 0,15% aplicable si la nómina o prestación por desempleo de alguno de los prestatarios es de al menos 600 €/mes, o la pensión es de al menos 300 €/mes, o el pago a la Seguridad Social en concepto de Autónomos de al menos 175€/mes o, las Ayudas de la PAC por un importe mínimo de 3.000 €/año.
  2. Bonificación de 0,25% aplicable si la nómina o prestación por desempleo de alguno de los prestatarios es de al menos 1.200 €/mes, o la pensión de al menos 600€/mes, o pago Seguridad Social autónomos de al menos 250 €/mes.
  3. Bonificación de 0,40% si la nómina es de al menos 2.400 €/mes.
    La bonificación máxima por este concepto será de 0,50% sobre el tipo de interés nominal en vigor, independientemente de los productos o servicios que puedan tener contratados.
  • Recibos:

Domiciliar y pagar al menos 3 recibos con distinta referencia, a través de una cuenta domiciliada en el banco de la que el prestatario sea titular, en los 3 meses anteriores a la revisión del préstamo, que no sean devueltos y cuyo importe sea superior a 0 euros. Bonificación: 0,10%.

  • Tarjetas:

Utilizar 6 veces tarjetas de débito o crédito Santander en los tres meses anteriores a la revisión del tipo de interés. Bonificación: 0,15%.

  • Seguros:

- Tener contratado y en vigor algún seguro comercializado por Santander Generales Seguros y Reaseguros, S.A. o por Santander Vida Seguros y Reaseguros, S.A. o Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A.4 en las siguientes condiciones:

- Seguro de Vida Riesgo o Salud: bonificación del 0,15% por cada póliza contratada si la prima anual es igual o superior a 300 €.

- Seguro de Hogar o Accidentes o Incapacidad Laboral Temporal: bonificación del 0,10% por cada póliza contratada si la prima anual es igual o superior a 199 €.

- Resto de Seguros: bonificación del 0,01% si la prima anual es igual o superior a 50 €.

- Plan de Previsión Asegurado (PPA) con saldo mayor o igual a 50.000 € en los últimos 12 meses: bonificación del 0,05%.

  • Productos de inversión:

- Planes de Pensiones/ EPSV de la Entidad Gestora Santander Pensiones, S.A. EGGP; comercializados y promovidos por el Banco: bonificación de 0,05% saldo superior a 5.000 € e inferior a 50.000 €, o una bonificación del 0,10% saldo igual o superior a 50.000 €.

- Fondos de Inversión o Carteras gestionadas de la Entidad Gestora Santander Asset Management, S.A, comercializados por el Banco5: bonificación de 0,05% si el valor liquidativo del Fondo o de la cartera gestionada es superior a 5.000 € e inferior a 30.000 €, o una bonificación del 0,10 % si el valor liquidativo del Fondo o de la cartera gestionada, o de cada uno de los Fondos de Inversión o carteras gestionadas si tiene contratados varios, es igual o superior a 30.000 €.

  • Certificado de Eficiencia Energética:

El solicitante deberá aportar al banco un Certificado de Eficiencia Energética del inmueble o alguno de los inmuebles objeto de hipoteca, con categoría A o A+ o de acuerdo con los certificados oportunos emitidos por empresas homologadas del sector: bonificación: 0,10% sobre el tipo de interés nominal en vigor.

En definitiva, y siguiendo la misma línea que la gran mayoría de entidades financieras, las vinculaciones cobran especial importancia si queremos rebajar ese 1% que convierte una hipoteca mediocre en una buena hipoteca.

Además, tenemos la ventaja de que son muchos los productos y servicios vinculados entre los que elegir, eso sí, no nos olvidemos de computarlos en la TAE para saber de manera precisa si nos interesan unos productos u otros. Como siempre, hay algunos servicios o productos que no nos penalizan ya que pensábamos contratarlos igualmente, en este caso sólo debemos cerciorarnos se que son buenos productos. Otros, en cambio, merecen de un estudio más pormenorizado por la complejidad de los mismos y las repercusiones que tendremos si desistimos de estos productos o servicios, perdiendo la bonificación con la que contábamos.

El hecho de que bonifique especialmente aquellas nóminas de importe superior a 2.400 € al mes puede favorecer claramente a los funcionarios de carrera de los niveles más altos, que ya contarían con un 40 puntos de bonificación sobre el máximo de 100 posibles (1%), teniendo pocas vinculaciones restantes que cumplir. En todo caso, las hipotecas de Banco Santander para funcionarios no son la mejor opción al alcance de los mejores perfiles de empleados públicos.

El Banco Santander S.A. tiene ahora mismo unas condiciones interesantes en sus hipotecas, entre ellas la hipoteca variable de Banco Santander. A día de hoy, su hipoteca a tipo variable es una de las más baratas del mercado (en términos nominales, hay que comparar también las diferentes TAE) siempre y cuando cumplamos una serie de requisitos y vinculaciones. Esta hipoteca oscila entre el Euríbor + 0,79 % (cumpliendo diversas vinculaciones) y el Euríbor+ 1,79 % (sin cumplir ninguna vinculación). Es decir, hay un punto porcentual de diferencia en base a dichas vinculaciones.

Desde Futur Finances para comparar hipotecas recomendamos empezar por los tipos nominales sin bonificación, para después empezar con las diferentes vinculaciones. Tengamos en cuenta que los seguros, por ejemplo,  suelen tener pólizas más caras si las contratamos con los bancos que, la gran mayoría de veces, no compensan por mucha bonificación que nos ofrezcan en el tipo de interés. Otras, como la domiciliación de nómina o recibos, no tiene coste y si vale la pena cumplirlas si reducen el tipo aplicable. Si buscas una hipoteca variable mejor que la ofrecida por Banco Santander, o negociar en mejores condiciones la del banco, no dudes en solicitar información sin compromiso a los intermediarios de crédito seleccionados por este portal:

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