Avalar con un inmueble es un concepto erróneo que muchas veces el cliente confunde con el avalista o con la doble garantía que acepta el hipotecante no deudor.
Cuando se nos pide, por parte de la inmobiliaria o del banco, que aportemos una “vivienda para avalar“, o bien se refieren a que un familiar con propiedades nos avale (con todo su patrimonio, presente y futuro), o bien que un familiar propietario de un inmueble acepte que se le hipoteque una parte del inmueble en garantía real de la devolución del préstamo hipotecario que solicitamos para comprar nuestra propia casa (firmando nuestro familiar como hipotecante no deudor).
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