Una duda bastante frecuente entre los no residentes (españoles o extranjeros que no residen en España) se refiere a la apertura de cuentas corrientes en nuestro país: las cuentas de no residentes (non resident accounts).
José Luís López, buen amigo y experto en banca, nos ha dejado transcribir el contenido de su blog LaBancaPrivada.com en la gran familia de blogs que es Financialred.

Criterios para ser considerado no residente

  • Permanencia durante más de 183 días. Se entenderá que una persona tiene su residencia habitual en territorio español cuando permanezca en España más de 183 días durante el año natural. Para determinar el periodo de permanencia en España se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país.
  • Centro de intereses económicos. Una persona se entenderá residente cuando radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.
  • Residencia del cónyuge e hijos menores. En tercer lugar, y salvo prueba en contrario, se presumirá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los dos criterios anteriores, el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél residan habitualmente en España.
  • Las personas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente y sus hijos menores de edad que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por su condición de miembros de oficinas diplomáticas o consulares, titulares de cargo o empleo oficial del Estado español o funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial.
  • No perderán la condición de contribuyentes las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia en un paraíso fiscal durante el periodo impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los cuatro periodos impositivos siguientes, con la salvedad de que se trate de trabajadores asalariados que adquieran su residencia fiscal en el Principado de Andorra, cumpliéndose una serie de requisitos

He de comentar que a efectos fiscales lo que realmente importa es la residencia, no la nacionalidad. A tal efecto nos podemos encontrar para este tipo de cuentas con:

  1. Personas extranjeras que no residen en España
  2. Personas españolas con residencia en otro país.

Requisitos para la apertura de una cuenta o depósito a plazo de no residentes

Dependerán si son de una característica o bien de otra de las arriba indicadas.
En el primer caso, según la ley, con la identificación de cliente a través de su pasaporte o documento de identidad ( por ejemplo de un país comunitario ) sería el principal documento requerido.

Para el segundo de los casos, es decir el de españoles con residencia en otros países haría falta el DNI español y un certificado de residencia emitido por el Consulado de España del país de residencia del titular.

Además se requerirá los siguientes documentos en todos los casos:

  • Declaración de residencia fiscal en impreso que le proporcionara la misma entidad financiera.
  • Y posiblemente algún documento como referencias bancarias, carta de presentación emitida por su entidad financiera en el extranjero o similar, a fin de facilitar el conocimiento del cliente.

Las cuentas podran ser aperturadas en cualquier divisa que se desee, siendo completamente operativas.

Aspectos a tener en cuenta

  • Tanto el certificado y la declaración de residencia se ha de renovar cada dos años.
  • El incumplimiento de la no renovación del certificado de residencia implicaría el bloqueo de la cuenta hasta la presentación del nuevo o su cancelación y apertura de una cuenta residente española en caso de residir ya en España.
  • Si es la declaración de residencia fiscal la que nos falta renovar, los intereses de la cuenta se abonarían con la retención de 19% que marca la ley.
  • Por último en caso que el Ministerio del Interior detectara que el titular de la cuenta reside ya aquí, y por lo tanto tiene la residencia española, se procedería también a su bloqueo hasta su regularización

Otros aspectos:

  1. Todos los titulares de las cuentas han de tener la naturaleza de no residentes.
  2. En caso de haber un autorizado ha de formalizarse con poderes notariales a excepción de:
  • Que el titular de la cuenta sea una persona física española no residente.
  • Que las personas autorizadas por el titular para disponer de la cuenta sean el cónyuge o familiares del titular en primer grado, y que residan en España.

José Luis López

El corredor de seguros  Carlos Lluch, socio de Lluch & Juelich Correduría y extraordinario bloguero asegurador, nos traslada una nota de prensa de un nuevo tipo de seguro que será muy útil para las empresas que se lanzan a comunicarse y publicitarse en la Red.

La comunicación en redes sociales, comunidades financieras, blogs, comparadores y resto de ecosistema informativo de Internet es una arma imprescindible para cualquier empresa que pretenda prosperar en esta nueva era. Pero esta participación no está exenta de peligros; la publicación de imágenes de personas puede ser sancionada en base a la LOPD, determinados comentarios u opiniones puede provocar una demanda, etc.

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Como ya comentamos en Euribor Blog, es muy complicado tener una foto del mapa de cajas de ahorros, SIPs y nuevos bancos que está formándose en España.

De las 45 cajas existentes antes del proceso de reestructuración, quedan 18 grupos o cajas individuales. Los cambios van a una velocidad cada vez más acelerada, lo cual es lógico si pensamos que tienen como fecha límite el 30 de septiembre de este año (si bien se pueden establecer algunos meses de prórroga en determinados casos).

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Al igual que el virus de la Ira se apoderaba de los habitantes de Londres y después del mundo, las sucursales bancarias se han extendido parasitariamente por toda la geografía nacional. Un error estratégico en toda regla, diría yo. Algunos dirán que a toro pasado es sencillo sacar esta conclusión, pero yo ya lo decía de jovencito en el Banco Zaragozano.

Sucursales bancarias: un virus contra su creador.

Si el lenguaje bancario ya de por sí es sumamente técnico para el cliente normal, ¿Cómo no será cuando dicen lo contrario de lo que quieren significar?

Traduciendo al bancario: ¿me concede o no la hipoteca?

Ser administrador de una sociedad y llevar doble contabilidad o no presentar el concurso de acreedores en tiempo y modo puede suponer responder de las deudas de la empresa con todo el patrimonio personal. Gestionar una empresa ya no es sólo saber del negocio en sí, hay que formarse, y mucho, en temas legales.

Concurso culpable: los administradores pueden pagar caro sus errores.

He tenido la suerte de conocer en persona a Carlos Doblado, Estratega Jefe de Ágora Asesores, en un entorno controlado de incontrolados: el foro impagable de cultura financiera que es el Financial Congress.

De entre todas las personas que he podido conocer en persona por primera vez, dos han llamado profundamente mi atención, y en cierta manera por razones similares:

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En esta entrada Ester Orpinell, agente Bankinter y buena amiga, nos hablará de un concepto bursátil llamado la “hora bruja“. Sin duda esta será la primera de una larga colaboración con nosotros, aportando sus conocimientos del mundo bursátil a todos los visitantes de Futur Finances.

Sin más dilación os dejo con la información proporcionada por Ester Orpinell. Si os interesa el mundo de la Bolsa, no dudéis en contactar con ella para que os pueda dar información sobre este fascinante sector.

Para los inversores no iniciados en jerga bursátil, existe una expresión curiosa: “hora bruja“.
Este término se refiere al momento en que el mercado de valores queda en tierra de nadie, es decir, los movimientos son difíciles de predecir, los inversores en pérdidas tratan de compensarlas pues les vencen sus posiciones en futuros y opciones.

Cada tercer viernes de mes, acontece la hora bruja, durante toda la jornada y en distintos horarios y dependiendo del subyacente. En el mercado español ocurre en la última hora de la sesión.

Cuando los vencimientos son trimestrales, hablamos de cuadruple hora bruja.

Durante el pasado viernes 16/06/2011 asistimos a una cuadruple hora bruja, las siguientes tendrán lugar el 16 de septiembre y de diciembre, respectivamente.

El vencimiento de derivados no se produce simultáneamente en el mundo ni por subyancentes (acciones, divisas, tipos de interés..).

Así, por ejemplo:

  • En el Eurex, los futuros y opciones sobre el Euro Stoxx 50 vencen a las 12:00 horas pero las opciones y futuros sobre el Dax alemán se liquidan a las 13:00 horas.
  • En el mercado norteamericano, los futuros sobre el mini S&P 500, Nasdaq 100, Dow Jones, Russell etc. se liquidan a las 15:30 horas.
  • En el Euronext–Liffe, el CAC 40 francés y el AEX holandés liquidan a las 16:00 horas y el FTSE 100 a partir de las 11:15 horas.
  • En España, las opciones y futuros del Ibex 35 (el índice) a las 16:45 horas y sobre las acciones a las 17:35 horas.

Para entender esos vencimientos, necesitamos comprender algunos conceptos básicos sobre derivados.

Los resumiré muy simplificados, pero adjunto link de la CNMV (Comisión Nacional Mercado Valores), con ejemplos e ilustraciones muy didácticas, cuya lectura recomiendo para profundizar en el conocimiento de productos derivados.

Futuros

 

Contrato a plazo negociado en el que se acuerda la compraventa de un activo subyacente a un precio fijado en un vencimiento futuro determinado.

El comprador adquiere y el vendedor vende al precio pactado, con independencia de las oscilaciones en el precio de cotización.

El resultado al vencimiento vendrá dado por:

Comprador de futuros: Ps – Pf = beneficio si el precio de la cotización es superior al de compra, pues compró con la intención que la tendencia sería alcista.

Vendedor de futuros: Pf – Ps. Sus expectativas son bajistas, tendrá beneficio si la cotización ha descendido. Mantiene una posición corta.

Ps= precio subyacente.
Pf= precio futuro

Opciones

Es un contrato entre dos partes que puede ser tipo call (compra, largos) o put (venta, cortos).

El comprador tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar (call) o vender (put) un subyacente a un precio determinado (Pe) al vencimiento.

Al precio que paga por tener ese derecho se le llama prima, que a la vez limita las pérdidas.

El vendedor tiene la obligación a comprar o vender si el comprador ejerce su derecho. El vendedor cobra la prima pero como tiene la obligación, puede incurrir en pérdidas ilimitadas.

Llegado el vencimiento, el comprador decide si ejercer su derecho, dependiendo de si la diferencia entre Pe y precio del subyacente le es favorable.

Pe= precio de ejercicio o strike.
Ps = precio subyacente

Expectativa alcista

Ejemplo: Pe= 30x ; Ps= 50x y prima 5x.

Comprador call: tiene derecho a comprar el activo subyacente en un momento futuro (vencimiento) a un precio establecido en el momento del contrato, precio de ejecicio (Pe) a cambio de una prima.

 

  • Si al vencimiento Pe es menor que Ps, se ejercitará, y el beneficio = Ps-Pe-Prima. Ej: 50x – 30x – 5x = 15x.
  • Si el precio de ejercicio Pe es mayor, no se ejercita la opción y el comprador pierde la prima (5x de pérdida).

Vendedor call: Cobra la prima y viene obligado a vender el activo subyacente si lo pide el comprador. En caso de que se vea obligado a vender es porque el comprador compra por debajo del precio de mercado y por tanto obtendrá una pérdida igual a Pe – Ps + Prima. En el ejemplo, 30x – 50x + 5x = -15x de pérdida.

Expectativa bajista

Ejemplo:  Pe =100x ; Ps = 40x y Prima 10x.

Comprador put: tiene derecho a vender el activo subyacente, a un (Pe) en un momento futuro del tiempo (vencimiento), a cambio del pago de una prima.

 

  • Si al vencimiento Pe es menor que Ps, no ejerce el derecho de venta, y pierde la prima (10x de pérdida).
  • Si el Pe es mayor que Ps, ejerce la opción y obtiene beneficio, (Pe – Ps -Prima). Ej: 100x – 40x – 5x = 55x beneficio.

Vendedor del put: viene obligado a comprar el activo subyacente al comprador del put, que tiene derecho de venta, a cambio cobra una prima.

Ester Orpinell Llorach
Of. Ag. BANKINTER 5509
Pl. Francesc Macià, 7 4-A
08029 Barcelona
eorpinelll@ra.bankinter.es
esterorpinell@hotmail.com

Ser avalista es un acto de fe patrimonial. Se arriesga todo el patrimonio presente y futuro sin recibir nada a cambio. Si en algún momento se os presenta la situación de pensar en avalar a alguien, os sugiero leer el siguiente artículo para decidir informado de lo que se hace:

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Este artículo mío en Invertia en enero de este año hoy sigue siendo de máxima actualidad. El Banco de España ya ha dicho que la vivienda no ha tocado fondo aún, por mucho que desde el Gobierno y las promotoras se diga lo contrario, creo yo que llevados por el espíritu comercial más que por la realidad.

Os dejo el artículo, por si es de vuestro interés:

Factores desfavorables para adquirir una vivienda

La propia evolución del precio de la vivienda. Podríamos citar muchos estudios diferentes, entre los que podemos destacar el del Banco de España (en PDF) en que nos compara el tiempo que se tardó en recuperar los precios de la vivienda en términos reales desde máximos en la crisis de los noventa y anteriores; concretamente, una vez la economía empieza a crecer el precio de la vivienda sigue bajando unos dos años más (empieza a subir la vivienda después de unos 5 años de haber alcanzado su máximo). El precio máximo de la vivienda durante esta crisis se produjo en el 2007 (desde esta fecha los precios de los pisos de segunda mano han caído cerca de un 22%); de momento el precio de la vivienda se comporta de forma similar a las crisis anteriores, por lo que podríamos aventurar el inicio de la subida de precios de la vivienda a mediados del año 2012. También Sociedad de Tasación prevé una caída de precios durante el 2011, al igual que el BBVA, que estima que no será hasta el 2012 que veremos un cambio de tendencia en el descenso de precios de las casas en términos reales (en PDF).

Los cambios en la fiscalidad. El aumento del IVA al 8% en la obra nueva, el previsible aumento del Impuesto de Transmisiones en la segunda mano y la virtual desaparición de la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF empeoran sustancialmente el coste tributario de ser propietario de una casa.
El coste y exigencias de la financiación hipotecaria. Si la mora aumenta y además hay que devolver el dinero que los bancos nacionales han pedido prestado al mercado mayorista internacional, es fácil entender que la banca tenga poca liquidez para dejar hipotecas. Y si hay poco dinero para prestar y hay más probabilidades de que no devolvamos el dinero prestado, resulta que nos piden más garantías a un precio mayor. Es decir, para obtener una hipoteca en el 2011 tendremos que aportar avalistas, dobles garantías, tener dinero ahorrado, un trabajo estable en un sector que no esté en declive y, además, los diferenciales de las hipotecas serán más altos y nos “invitarán” a contratar seguros de protección de pagos y demás que encarecen la hipoteca.
La evolución del euribor y resto de indicadores. Si bien no se esperan importantes subidas del euribor en el 2011, si que hay cierto consenso en que subirá moderadamente, hasta cerca de un 2%. Si se cumple esta previsión, veríamos subir una cuota media unos 50 euros al mes, lo que tampoco es para asustarse. Lo que si es recomendable es calcular la cuota que saldría con un euribor en máximos, sobre el 5% (en el ejemplo tomado la cuota subiría 400 euros, que si que desequilibra el presupuesto familiar).

Las previsiones económicas, que auguran un paro en el 2011 del 19,1%, pese al crecimiento del PIB del 0,9% (OCDE). Si uno teme por su situación laboral y las previsiones de futuro no son demasiado halagüeñas, es de esperar que posponga su decisión de compra de una vivienda. Alternativas como el alquiler o el alquiler con opción de compra deberían tomarse en consideración.

¿Cuándo compro una vivienda, entonces?

Depende de sus necesidades, situación económica y zona en la que quiera comprar, como ya hemos dicho en un principio.
De sus necesidades porque adquirir un hogar es una decisión que también implica factores no cuantificables directamente en dinero. Tal vez tengan un hijo recién nacido y la alternativa de irse de alquiler, con la posibilidad de que no le renueven el contrato a los 5 años, no sea la mejor. O la vivienda que ha encontrado está muy cerca de su trabajo. O cualquier otra circunstancia que haga de la inversión algo único.
Si usted tiene una situación económica estable y solvente, seguramente podrá negociar sin problemas unas buenas condiciones de hipoteca y un buen precio del inmueble. A pesar de que las expectativas generales son que el precio de la vivienda siga bajando, esto no significa que bajen todas las viviendas. A lo mejor hoy podrá pactar el mejor precio posible de un determinado inmueble, antes que las expectativas de venta mejoren. Hay determinados inmuebles de determinadas zonas que no bajarán más.

Un factor a tener en cuenta, para finalizar, es el momento en que la banca saque verdaderamente las viviendas adjudicadas, con el descuento y las facilidades que  exige el mercado para comprarlas. Las entidades financieras se han resistido a sacar a la venta las propiedades más interesantes al precio demandado, pero en este 2011 probablemente no les quede más remedio que sanear sus balances y dejar que las pérdidas afloren. Hay que estar muy atento a estos movimientos para encontrar los chollos.
Comprar una vivienda mediante financiación hipotecaria es una decisión crucial, tal vez la más importante de nuestras vidas. Esperemos que con esta crisis hayamos aprendido a no dejar esta crucial inversión en manos de nuestro director de toda la vida y nos informemos debidamente de las ofertas que nos proporciona el mercado y del lugar y momento en que debemos comprar.

La semana pasada tratamos en la esfera de blogs de FinancialRed varios temas que afectan a los problemas y fiscalidad del préstamo hipotecario y a la famosa guerra de depósitos.

Si en Invertia hemos hablado de la hipoteca marciana y algunas posibles soluciones a la situación de las familias que pierden su vivienda por no poder pagar la hipoteca y además siguen debiendo dinero al banco, en FinancialRed definimos de que se trata exactamente el término “dación en pago

¿Qué es la dación en pago?

La exención por reinversión de vivienda habitual a en el 2010 y en el 2011 sigue vigente en las mismas condiciones. En el siguiente artículo se analiza en que consiste este importante beneficio fiscal y algunas situaciones en que podemos perder la exención:

La exención por reinversión en vivienda habitual.

Hemos oído hablar mucho de la guerra de depósitos, ¿sabemos de qué se trata?

¿Qué es la Guerra de Depósitos?

Artículo realizado en colaboración con el portal financiero de Terra, Invertia.

La normativa que regula la ejecución hipotecaria no está funcionando adecuadamente en una situación de crisis financiera, inmobiliaria y económica como la que estamos viviendo.

El legislador debe buscar un equilibrio entre los derechos de las entidades financieras a cobrar sus deudas y un mínimo de justicia social que garantice que el ciudadano tiene posibilidades de acceder a un techo y no ser excluido de forma permanente de la esfera financiera al no poder pagar la hipoteca.

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