Entradas
Hoy he podido hablar con Antonio Alcover y Francisco Villalonga de economía enIB3 Ràdio, en el programa “El Faristol”, dirigido por Àngela Seguí.
Hemos tocado muchos temas, combinando el castellano y el catalán. Tengo que admitir que he intentado participar principalmente en castellano para que después los lectores del blog me podáis entender.
- La continuidad de la moneda única.
- Los efectos para el ciudadano de un más que probable rescate. Este rescate es, esencialmente, una ayuda a la banca española para que devuelva sus deudas, no lo olvidemos; también comento una de las reformas pendientes más importantes y, sin duda, duras: el recorte del sector público y político, a la cual el Gobierno se negará hasta el final por afectar a los suyos.
- En cuanto a la posibilidad de que los ciudadanos más afectados por la crisis y los ajustes draconianos que estamos viviendo (y equivocados en muchos casos, añadiría) salgan a la calle después del verano, me muestro moderadamente optimista. Optimista en el sentido de la confianza que me inspira la ciudadanía y el nivel de cordura que ha mostrado hasta el momento. Para evitar que las calles se incendien, hace falta que los dirigentes expliquen las medidas de forma transparente, equilibren de forma justa sobre los ciudadanos el coste de los ajustes y, muy importante, dar ejemplo. Los ciudadanos tenemos que ser informados de forma veraz, creernos y confiar en lo que hacen nuestros dirigentes. Y para ello es necesario que hagan bien las cosas, con consenso, valentía y capacidad.
- Se intenta contestar a la pregunta que todos nos hacemos: ¿Cuándo empezará a remitir la crisis económica?
Artículo 21. Se modifica el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
El Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, se modifica en los términos siguientes:
Uno. Se añaden dos párrafos a la letra b) del apartado 1 del artículo 2 que quedan redactados en los términos siguientes:
«Durante la inscripción como demandante de empleo a que se refiere el párrafo anterior deberá buscarse activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
En los supuestos en que se interrumpa la demanda de empleo, se exigirá un periodo de 12 meses ininterrumpido desde la nueva inscripción».
- Su seguridad, entendida como el riesgo que tiene de hacernos perder dinero, sea por la propia naturaleza del producto (por ejemplo las acciones) o por el riesgo del emisor (cuotas participativas de la CAM, etc).
- Su liquidez: ¿podremos sacar el dinero en cualquier momento antes de su vencimiento? ¿tendremos que pagar alguna comisión o asumir posibles pérdidas? Los fondos garantizados, por ejemplo, nos pueden suponer pérdidas si necesitamos el dinero antes del vencimiento de la garantía.
- Su rentabilidad, que debe estar acorde con el riesgo y la liquidez del producto financiero. NO es lo primero que tenemos que analizar, es lo último.
Comentarios recientes