El concepto de “subrogar” una hipoteca significa cambiar alguna de las partes del contrato hipotecario.
Si nos atenemos a una definición más correcta, subrogar es el acto de modificar las condiciones de un contrato para sustituir a una persona (física o jurídica) por otra en el ejercicio de un derecho o el cumplimiento de una obligación existente en dicho contrato. Normalmente la gente entiende por esto que la constructora tiene una hipoteca con el banco y te “traspasa” la hipoteca al comprar la vivienda.
Pero también es posible tener una hipoteca firmada y subrogarla a otro banco que te de unas mejores condiciones.
La subrogación permite ahorrarnos unos importantes costes, como son Actos Jurídicos Documentales, Notaría, Registro y Gestión. Y aunque puede que otra entidad bancaria nos ofrezca unas condiciones más ventajosas es posible que los gastos nos decidan a quedarnos con la hipoteca que tenía la constructora.
Ahora bien, también hay que estudiar la posibilidad de que, una vez realizada la subrogación de la hipoteca de la constructora, sea conveniente realizar una nueva subrogación y cambiar de entidad hipotecaria. Esto normalmente implica pagar unos gastos de subrogación de un 1% sobre la cantidad que queda por pagar, pero puede que salga mejor que contratar una hipoteca nueva desde el principio. Es decir, puede que salgan unos gastos más bajos subrogando la hipoteca de la constructora y luego subrogando la hipoteca a otra entidad bancaria que renunciando a la hipoteca de la constructora y contratando directamente una hipoteca nueva en la entidad que hayamos elegido.
Hay que hacer números, pero es posible que sea más rentable la subrogación. Es muy importante, claro está, que las condiciones que nos ofrece la entidad para subrogar sean competitivas respecto a otras entidades.
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