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Los ingresos de trabajo para los asalariados y los de actividades económicas y profesionales para los autónomos son el pilar fundamental de millones de declaraciones. Pero otro, también con gran relevancia por su valor económico, son los ingresos derivados de capital inmobiliario, la gran mayoría por alquiler de una vivienda. Veremos en este artículo cómo declarar el alquiler en el IRPF de 2020, que presentaremos a partir de unos días.

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La fiscalidad de la venta de vivienda es uno de los quebraderos de cabeza más importantes para el vendedor. Su tributación en el IRPF de sus plusvalías en un tipo fijo del 19% hasta 6.000 euros de ganancia, del 21% de 6.000 euros a 50.000 euros, y del 23% entre 50.000 euros y 200.000 euros, supone una merma importante a las ganancias brutas conseguidas. Sigue vigente una exención por reinversión en vivienda habitual, con una buena noticia procedente del Tribunal Supremo que explicaremos en este artículo.

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A todo esto, se une las escasas posibilidades de deducción existentes en la actualidad, que en el caso de vivienda se centran especialmente en la eliminación de la deducción por compra de vivienda habitual desde su desaparición en el tramo general del IRPF para compras posteriores al 1 de enero de 2013.

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Nos enfrentamos en este año 2021 a una campaña del IRPF, la de la renta 2020, muy atípica. No se trata como ocurrió en el año anterior de tener que usar casi exclusivamente modos telemáticos para realizar la declaración, sino que millones de españoles han visto como buena parte de sus ingresos vienen derivados de prestaciones, especialmente los ERTE, pero también de prestaciones ordinarias y extraordinarias de cese de actividad para autónomos e incluso subvenciones. Veremos la tributación los ERTE y ayudas Covid-19 para autónomos en el próximo IRPF.

Unas prestaciones, que suponen en todo caso unos ingresos para quien las recibe y por las que hay que tributar de la siguiente forma.

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Andorra es conocida mundialmente por ser un bonito pequeño país con impresionantes valles, montañas y pistas de esquí. Pero también es cierto que, en medio de los Pirineos, encontramos un país donde llama la atención sus leyes fiscales de recaudación de impuestos, que tienen mucha menos presión que en los países de alrededor.

Así, el impuesto de sociedades en Andorra tiene un tipo máximo del 10%, que podría disminuir hasta el 2%, según el tipo de empresa, con lo que es uno de los más bajos de toda Europa. Pero es que algo parecido ocurre con el IVA, que es el que tiene el menor gravamen europeo, con un 4,5% el tipo general y con un 1% en que grava a bienes y servicios relativos a la sanidad, educación, cultura, alimentos y alquileres. En cuanto al IRPF es también muy ventajoso para sus contribuyentes: hasta 24.000 € anuales están exentos y el tipo máximo de tributación está en el 10%. Esto funciona de forma parecida para los no residentes que obtienen sus ingresos en el país pirenaico, sobre todo los empleados de empresas proveedoras de servicios, profesionales relacionados con la educación y artistas.

Y esta parece ser la razón por la que el conocido youtuber Rubén Doblas Gundersen, alias El Rubius, ha decidido trasladar su domicilio social al Principado, uniéndose a antecesores del sector como Willyrex, Vegeta777 o TheGrefg. Las razones que ofrece son que «buena parte de sus amigos ya están allí», aunque reconoce que el tema fiscal es también importante.

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Ya se han cumplido siete años del final de la deducción de la hipoteca para los compradores de vivienda habitual, pudiendo solo beneficiarse de ella todos los que la había adquirido antes del 1 de enero de 2013 tal y como establece la disposición transitoria decimoctava de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto, siempre que ya hubieran aplicado la deducción en el ejercicio 2012 o anteriores.

En la mayoría de los contribuyentes que la siguen disfrutando esta deducción es fundamental. Con un tope máximo de 9.040 euros por declaración (ya sea individual o conjunta) supone hasta pagar 1.356 euros menos por contribuyente al año en IRPF en el caso de declaración individual. Por ello, cualquier cambio en la hipoteca llena de dudas al contribuyente, especialmente en caso de subrogación, por dos motivos:

  1. Se amortiza la hipoteca anterior, pagando todo el importe pendiente.
  2. Se constituye una nueva hipoteca con fecha posterior al final de las deducciones.

A pesar de ello una subrogación no supone el final de la deducción, lo que permite a quien la realiza continuar beneficiarse de este beneficio fiscal. Lo explicamos a continuación.

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Un matrimonio con hijos menores de edad, con rentas del trabajo o autónomos y un piso alquilado o hipotecado, en estos momentos estará mirando qué opciones tiene para reducir la factura fiscal en su Declaración de Renta de 2018. Veremos en este artículo las principales opciones para pagar lo justo en el IRPF que presentamos este 2019.

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El Consejo de Ministros ha anunciado, entre otras medidas, la aprobación de un Real Decreto-ley y un Anteproyecto de Ley que regulan y desarrollan el régimen especial para Baleares. Ambas normativas establecen medidas de carácter económico y fiscal, con especial atención a ciertos sectores y materias claves en la región, encaminadas a impulsar la actividad y a mejorar la prestación de servicios a los ciudadanos de ese territorio. Unas iniciativas que pretenden compensar los desequilibrios generados por la insularidad de esta Comunidad Autónoma. En este artículo mencionaremos cómo se regula y establece el factor de insularidad, con el texto borrador al que hemos tenido acceso, aún no publicado en el BOE.

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Lo que los ciudadanos con propiedad pagamos cada año, el Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI o comúnmente llamado el recibo de la contribución, es un impuesto municipal que se basa en aplicar unos coeficientes al valor catastral de nuestra vivienda. Por tanto, para saber cuanto pagamos de IBI hay que entender en que se basa la Administración Central para valorar catastralmente nuestra propiedad.

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Veremos a continuación las principales novedades del IRPF 2018 (más correctamente el IRPF de 2017 que se liquida a partir de abril de 2018). En cuanto a la deducción de la hipoteca, como se explica en este análisis de cuándo una hipoteca se puede desgravar, no hay cambios en el IRPF de 2017.

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Hoy en una entrevista digital en El País, como director editorial de iAhorro.com y con la ayuda del equipo editorial y de expertos independientes como Luís García Langa, hemos respondido a las dudas de los usuarios sobre la reciente reforma fiscal anunciada por el Gobierno, que puedes consultar tranquilamente en este artículo en el portal iAhorro.

En la charla digital mantenida, que puedes leer en El País, respondemos a múltiples preguntas sobre la nueva reforma fiscal de junio de 2014, que afecta ya a este año para determinados colectivos (autónomos que ganan menos de 12.000 euros o despedidos que cobren indemnización) y, en su mayoría, a los contribuyentes en los años 2015 y 2016.

Os dejamos una respuesta y os invitamos a leer el resto en El País.

¿Qué opina de la desgravación por los nuevos productos de ahorro de más de 5 años?

El resumen de este nuevo tipo de producto, que puede tener forma de seguro de vida o de depósito (o cuenta remunerada sin posibilidad de disposición, no queda muy claro en la norma) lo puedes leer aquí.

Me parece que la idea de proporcionar herramientas sencillas de ahorro a largo plazo a los clientes de bancos y aseguradoras que no tienen conocimientos financieros suficientes para elegir otras vías, como los fondos de inversión, es buena.

El problema es que no me gusta como se ha instrumentado. Un depósito actualmente ofrece muy poca rentabilidad, con lo que ahorrar a 5 años con este producto (CIALP), por muy buenas condiciones fiscales que ponga a los intereses (con un límite de dinero depositado al año de 5.000 euros) no va a resultar muy interesante (salvo que de una vez por todas las entidades financieras compitan por captar ahorro, cosa que no parece muy probable).

En cuanto a los seguros de vida (SIALP), la complejidad de estas pólizas es alta, por mucho que se intenten vender seguros como un producto sencillo. El cliente normal no puede saber si realmente contratar un buen producto a 5 años y, además, la norma abre la puerta a que sean más o menos arriesgados y se puede perder capital, al poner que:

«d) La disposición por el contribuyente del capital resultante únicamente podrá producirse en forma de capital, por el importe total del mismo, no siendo posible que el contribuyente realice disposiciones parciales. A tal efecto, la entidad deberá garantizar al contribuyente la percepción de, al menos, un capital equivalente al 85 por ciento de la suma de las primas satisfechas o cantidades depositadas«