Hola como efectivamente te informa Pau, pocas subrogaciones se realizan actualmente a tipos pasados salvo que sea ventajoso para el banco. Hoy concederte una hipoteca a según que tipos de interés el banco acabaría perdiendo dinero y por ello no te la concede.

Estoy seguro que es posible encontrar excelentes condiciones si como parece financias menos del 70% o 80% del precio de compra. Nosotros como brokers hipotecarios podemos ofrecerte Euribor + 0,80% (rellena el formulario de Futur Finances y nos pondremos en contacto contigo=.

Visítenos en www.hipotecasplus.es.

Por lo que comentas la situación es muy delicada: la deuda fiscal con Hacienda la vas a tener que pagar tu, eso seguro.

En cuanto a la responsabilidad de la gestoría por la sanción, no sé exactamente si tiene recorrido judicial, pero es muy importante que tengas documentos que acrediten que los contrataste para poder demostrarlo en un juicio.

Te recomiendo , si no puedes pagar un abogado, que acudas al Colegio de Abogados de tu localidad para que te digan si puedes pedir un abogado de oficio.

Hola Viviana,

La inversión en Japón puede ser muy útil para diversificar carteras y por lo tanto disminuir el riesgo de tus inversiones en bolsa sin sacrificar rentabilidades a largo plazo.

La bolsa japonesa tiene mucho potencial; tras muchos años de caídas, desde finales de la década de los 80’s hasta 2009 se depreció nada más y nada menos que un 80%; sin embargo desde ese punto mínimo ha cambiado claramente su tendencia. Incluso con los recortes que se vivieron en octubre en todas las bolsas mundiales (excepto la brasileña) ha mantenido intacto un soporte muy importante, el de los 20.900, lo que es señal de gran fortaleza:

Respecto al fondo Fidelity Funds- Japan Aggressive, es uno de los que puedes utilizar para tener un porcentaje de tu cartera en bolsa japonesa. Es un fondo con el que podrías sacar una rentabilidad extra a la bolsa japonesa debido a la calidad de su gestión. Además tiene clase cubierta (ISIN LU1449576799) a través de la cual no asumirías riesgo de divisa y, aunque el Yen se siguiera depreciando respecto al euro, tu inversión no se vería afectada.

Luis García Langa
CorredorDeFondos.com

 

Si tienes derecho a deducirte el 100% de las cuotas pagadas (mira nuestro artículo sobre desgravación de hipoteca), efectivamente la amortización máxima anticipada más las cuotas que hayas pagado, no debería superar los 9.040 euros, base máxima desgravable.

Por lo que comentas, el banco te ha ido informando mal. Aceptar subrogar la hipoteca de los vendedores en las condiciones pactadas en su día es una posibilidad que tiene el banco, pero no tiene obligación alguna. Es muy frecuente en estos momentos que las hipotecas no se subroguen en las mismas condiciones, sino bastante más caras. Ten en cuenta que la mayoría de bancos no bajan de Euribor + 1%.

Te recomiendo mires hipotecas en otros bancos y compares.

Si necesitas los servicios de un broker hipotecario, no dudes en dejar tus datos en nuestro formulario, sin compromiso.

Apreciada Guadalupe,

Lo importante es que tu y tu marido podáis pagar tranquilamente la hipoteca, mientras tu estés embarazada. La cuota mensual de la hipoteca nunca debería superar entre el 30 y el 40% de los ingresos netos de los dos.

Los avalistas ten en cuenta que arriesgan todo su capital, presente y futuro, sin tener derecho de propiedad de la casa; recomiendo siempre intentar que la hipoteca nos la concedan sin avalistas.

En todo caso, para saber si os concederán la hipoteca, deberíamos analizar vuestro caso en concreto.

Si queréis que un broker hipotecario estudie vuestro caso, deja tus datos de contacto en este formulario, sin compromiso.

No exactamente, aunque es una forma aproximada de verlo. Veamos un ejemplo, una inversión que nos ofrece un 10% anual, en un entorno de inflación del 3%.

  • El tipo de interés nominal, por tanto, es del 10%.
  • La inflación, del 3%.

La rentabilidad real no se calcula restando al tipo nominal la inflación (10%-3%=7%), sino tomando la siguiente expresión:

Fórmula para calcular el interés real

Así en nuestro ejemplo, tomando r como interés real y R como interés nominal y Pi como inflación:

1 + r = (1+R)/(1+Pi) = 1,10/1,03 = 1,06796

r = 6,796%

Resultado similar, pero como ves, no idéntico.

Hola,

Para contestar con precisión tu pregunta precisamos conocer la edad que tenéis ya que así podemos saber a qué plazo haremos la hipoteca y en consecuencia calcular vuestra capacidad de pago.

Suponiendo que no tengáis mas de 35 años podríamos hacer una hipoteca a 40 años donde la cuota resultante la puedes asumir tu sola perfectamente. Digo tu sola porque la mayoría de los bancos no contemplan los ingresos de las personas con contrato de trabajo temporal a pesar que lleven 4 años como es el caso de tu pareja.

En el caso que vuestra edad sea superior y solo podamos obtener la hipoteca a 30 años si que es preciso que aportes un aval o bien 7.000 € más, ademas de los 15.000 € adicionales que dispones. Esto es así para que la cuota no suponga mas del 40% de tus ingresos. El problema como puedes ver estriba en que tu pareja no es indefinida.

Desconozco que características reúnen los avales, si tienen un piso en propiedad sin hipoteca, si cobran una pensión o nomina por encima de los 1.000 € o si tienen otras deudas. Así que no puedo valorar la idoneidad de ellos. Esta claro que el director del banco que os ofrece la hipoteca avalando los 2 padres está buscando concederos la hipoteca. Pero a mi juicio es error, con un aval debe bastar en caso contrario es mejor no aceptar la hipoteca.

A modo de resumen. Los bancos conceden una hipoteca siempre y cuando cumplamos al menos 3 requisitos:

  1. Acreditemos que podemos pagar la hipoteca. Para ello no podemos destinar mas del 40% de nuestros ingresos al pago de la hipoteca. En vuestro caso solo contamos con tus ingresos.
  2. Debes disponer de un contrato de trabajo indefinido desde al menos 1 año. Tu pareja no cumple este requisito.
  3. Por lo menos debes aportar los gastos de escritura de compraventa e hipoteca. Este requisito si que lo cumplís.

Si deseas que analicemos tu hipoteca y te ofrezcamos otras opciones puedes contactarnos por la web www.hipotecasplus.es y en comentarios indicar que vienes de la pagina de futurfinances ya que sus clientes tienes preferencia o bien rellenar este formulario.

Un saludo,

Sin analizar personalmente el caso concreto y la documentación, no puedo darte una respuesta contundente. Lo que sí puedo decirte es que exigir 3 avalistas, que van a responder con todo su patrimonio, presente y futuro, además de con sus ingresos, me parece una exageración de exigencias de garantías, teniendo en cuenta además que aportáis ahorros.

Dado el riesgo que hacéis asumir a los avalistas si firman (ver artículo sobre avalistas), mi recomendación es que negociés la hipoteca sin avalistas o vayáis a otro banco. Si queréis que un broker hipotecario estudié vuestro caso concreto, rellenad este formulario, sin compromiso.

Podemos acudir a las estadísticas del Banco de España, que ofrece información sobre tipos de interés del mercado hipotecario y otros. Así algunos de los datos históricos de tipos de interés cobrados por las hipotecas son:

  • Junio de 1977 (el dato más antiguo en el Banco de España): 15,500%
  • Septiembre de 1977: 22,000%
  • Septiembre de 1979: 18,750%

Y a partir de enero de cada año, podemos observar los siguientes tipos de las hipotecas:

  • Enero de 1980: 16,796%
  • Enero de 1981: 17,938%
  • Enero de 1982: 17,000%
  • Enero de 1983: 16,829%
  • Enero de 1984: 19,065%
  • Enero de 1985: 13,000%
  • Enero de 1986: 12,123%
  • Enero 1987: 11,940%
  • Enero de 1988: 12,673%
  • Enero de 1989: 14,788%
  • Enero de 1990: 15,643%
  • Enero de 1991: 15,292%
  • Enero de 1992: 12,761%
  • Enero de 1993: 13,843%
  • Enero de 1994: 8,090%
  • Enero de 1995: 10,422%
  • Enero de 1996: 8,659%
  • Enero de 1997: 5,491%