Cómo la rapidez de las nuevas tecnologías avanza a una velocidad ya difícil de alcanzar por los creadores de contenido, resulta que ayer estaba buscando información en Google (chatGPT no me la sabía proporcionar) sobre cómo conectar ChatGPT a Internet y las primeras posiciones no me ayudaron mucho, por no decir nada. La primera me decía que me tenía que descargar “Web ChatGPT y la puedes encontrar en el repositorio de extensiones de Google Chrome”.

Sin embargo, esta app que me descargué no me dio los resultados esperados, pese a que efectivamente se supone que permite que ChatGPT se conecte a la web.

Si eres usuario de pago, algo que recomiendo si por 20 dólares al mes más IVA quieres familiarizarte con la verdadera potencia de esta IA de lenguaje, puedes conectar el chat a Internet de forma sencilla y, este vez sí, me queda claro que se conecta a la web. Los pasos a seguir son:

1.- Ves a Settings, en la parte izquierda inferior de la pantalla.

Conectar CHATGPT a Internet

2.- Ves al apartado Beta features.

3.- Activa Web browsing (Try a version of ChatGPT that knows when and how to browse the internet to answer questions about recent topics and events).

Web Browsing de Chat GPT-4

4.- Empieza a usar Chat GPT-4. Puede que tengas que refrescar la página del chat, para ver que ya usas el Model: Web Browsing.

Uso conectado a la www de ChatGPT

Instrucciones paso a paso para conectar la IA a Internet útiles, al menos, día 22 de mayo de 2023 (que la tecnología cambia a pasos agigantados).

Buenas tardes. Planteo asunto y dudas:

Hipoteca multidivisa titularidad del matrimonio a partes iguales. En el ejercicio fiscal 2022 el banco cumple sentencia a nuestro favor de nulidad de clausula multidivisa. En consecuencia nos resta una cantidad del capital pendiente una vez traducido a euros, nos entrega una cantidad como A-DIFERENCIAS DE PAGO y otra como B-INTERES LEGAL.

Sabemos que tenemos que regularizar las deducciones que procedan por inversión en vivienda habitual de los años no prescritos (el banco nos ha dado el cuadro con la simulación de la hipoteca a euros utilizado para ejecutar la sentencia), y que las costas (ha sido condenado el banco a ellas) que han sido entregadas al abogado directamente sin pasar por nosotros, no tenemos que imputar nada pues no ha habido exceso.

Duda 1 – del INTERES LEGAL que es INDEMNIZATORIO por toda la vida en que la hipoteca estuve en yenes, ¿se imputa por todo o por la parte que corresponda a los años no prescritos? en este caso, ¿cómo se calcula, con los datos del cuadro con la simulación de la hipoteca a euros?, porque el banco ha dado la cantidad total, sin desglose alguno. ¿se prorratea?, ¿le pido el desglose al banco?

Duda 2  – ¿tiene consecuencias ahora y cuales, el habernos aplicado la perdida patrimonial por el cambio de divisa  los 4 ejercicios  anteriores no prescritos?

Duda 3 – al ejecutar la sentencia el banco convierte la cantidad pendiente del préstamo de yenes a euros haciendo el cambio a razón de 136,45818 lo que también produciría una pérdida patrimonial con respecto al valor de cambio de concesión del préstamo en julio de 2006 que fue de 168,02. ¿se puede imputar dicha pérdida?

Gracias.

Hola.

En enero de 2012 firmé la siguiente hipoteca:

Capital 90000 €

Plazo 20 años

Fija (2.75%) el primer año y variable a euribor + 0.55% (ya con las bonificaciones aplicadas) el período restante, revisable anualmente.

En las condiciones de la hipoteca se especificaba la cantidad a amortizar para cada mes, del primero (281.7 €) al último (486.81 €), de forma que no era difícil realizar simulaciones anuales a partir de euribor previstos e incluso obtener cuotas “máximas” a partir de valores históricos del índice. El 1er año se me aplicó el sistema francés (cuota fija de 487.95 €) pero a partir de ahí, dado que la amortización mensual venía prefijada en las condiciones de la hipoteca y los intereses cambian mensualmente al hacerlo también la deuda pendiente, la cuota variaba también cada mes. Posteriormente me di cuenta de que las cantidades mensuales a amortizar especificadas en la hipoteca se correspondían con las obtenidas al simular una hipoteca “francesa” fija al 2.75%  y plazo de 20 años (con capital de 90000 €, por supuesto).

Mi duda es ¿De qué tipo de hipoteca se trata? Evidentemente no estamos hablando del sistema francés, ya que la cuota varía mensualmente. ¿Podría tratarse de una hipoteca creciente?.

Gracias.

Buenas tardes, quiero vender mi vivienda habitual que compré hace tres años para comprar otra vivienda habitual.

Por lo que he estado investigando, Hacienda suele revisar el tema de la consideración de vivienda habitual a la hora de hacer una excención por  reinversión contrastando el consumo eléctrico. El tema es que yo vivía con mi abuelo desde que nací hace 30 años en la misma vivienda hasta que yo la compré compré hace 3 años. Yo no cambié la titularidad de los contratos de luz y gas de la vivienda que siguen a nombre de mi abuelo a pesar de que yo compré la casa. Mi abuelo se fue de la vivienda cuando yo compré la casa.

Si la AEAT revisa los consumos eléctricos y ven que no están a mi nombre ni contrato ni factura en los últimos 3 años, ¿podría tener problemas para justificar que es mi vivienda habitual? Por otro lado sí puedo aportar otras pruebas de que es mi vivienda habitual  (contrato de teléfono fijo y ADSL, empadronamiento, centro de trabajo, centro de salud, DNI… etc).

También quería hacer otra pregunta. ¿La vivienda tiene carácter de habitual desde que yo la adquirí o también cuentan el periodo durante el cual vivía con mi abuelo que él era el arrendatario?

Muchas gracias,

Saluos,

Manuel.

Hola,necesito ayuda sobre la amortización de mi hipoteca,resulta que el año pasado después de 11 años fue el primero que mi amortización anual fue inferior mensualmente ,pregunte en el banco porque lo vi en la app y me dijeron q no podía ser y que lo miraría,a los días volví a llamar y me dijeron q si lo era.mi pregunta es ?lo variable deberían ser los intereses o va ligada a ello la amortización?gracias de antemano

Buenos días, mis padres adquirieron mediante hipoteca piso en 2008. En 2020 mi padre fallece y la hipoteca sigue, pero el piso queda para mi madre su 50% + 12 y el otro 36% en usufructo ya que los 3 hijos tenemos nuestro 12% cada uno en nuda propiedad, y mi madre es la que sigue pagando préstamo al 100%.

Pero en el borrador de hacienda aparece que solo participa del préstamo hipotecario al 50%, por lo que es la cantidad deducible.

Yo entiendo que debe poder deducirlo al 100% por ser cantidades destinadas completamente al pago de la hipoteca pero ya lo modifiqué el año pasado en la renta y este año vuelve a aparecer igual además de en la casilla 304 decirme que me desgravó erróneamente esa cantidad.

¿Cómo debería proceder?

Gracias y un saludo

Buenos días,

tengo una vivienda en propiedad acogida a la deducción del 15% sobre 9040€ (comprada antes de 2013) que ha sido mi primera vivienda hasta marzo de 2022. En enero de 2022 (mientras seguía siendo mi vivienda habitual) hice un pago grande (más de 10.000€) con el que terminé de pagar la hipoteca.

En marzo de 2022 he alquilado la vivienda (lo cual ya he incluido en la declaración de este año a efectos fiscales).

Mi pregunta es, conocida la situación anterior (pago del importe superior al máximo anual mientras ha sido mi vivienda habitual, pero sólo habitada durante 2 meses) ¿puedo deducirme el máximo de la hipoteca (15% de 9040)? ¿o tendría que prorratearlo a 2 meses?

No me suena haber visto nada acerca del número de meses habitada de cara a la renta (cómo si aparece en la parte de alquiler de vivienda).

Muchas gracias.

Un saludo.

Tengo una hipoteca variable con eurobor más 1,10 en caja laboral.. En la caja rural me han ofertado fijo 1 año a 1,75 y luego variable con 0.4 de diferencial. Podría tener opción de una fija al 2,80 en la caixa. Me quedan 20 años y 100000 euros. Cual sería la mejor opción?. Gracias

Tengo una hipoteca para vivienda habitual del año 2003  y hacienda me a dicho que no tengo derecho a desgrabar porque antes del 2013 no desgrabe , yo siempre utilice el borrador que proporciona hacienda  , pero me di cuenta que hacienda sabiendo que tengo hipoteca siempre me la esconden para que no la pudiera desgrabar la pregunta es, tengo derecho oh no a desgrabar? , Puedo querellarse por eso?

Buenas tardes,

Actualmente tengo una hipoteca con un capital pendiente de 132.000€ y 27 años. Las condiciones actuales de  mi hipoteca son euribor+0,45% (incluyendo el 1% de bonificación incluido por nómina+seguro hogar+seguro vida).

Para lo tiempos que corren, me he planteando cambiar a una tipo mixto, y de entre todas las ofertas que tengo de los bancos, la que me ha parecido más atractiva es la siguiente: Los 5 primeros años a tipo fijo de 2,09% y el resto de años variable a euribor+0,60% (incluyendo el 0,8% de bonificación nómina y los dos seguros).

Si finalmente decido subrogarme, tendría que pagar a mi banco unos 660 € (0,5% capital pendiente) más la tasación con el nuevo banco (unos 400 €).

Me gustaría saber si la maniobra del cambio de tipo variable al mixto con estas condiciones, es arriegado o me puede favorecer en estos momentos. Agradecería vuestra opinión.

Muchas gracias.