Mi exmarido y yo tenemos una propiedad al 50%. Podría comprar mi actual pareja su 50%? Cómo se debe proceder en ese caso? Sería una extinción de condominio o una compraventa? Muchas gracias.
Pau A. Monserrat Answered question 2 junio, 2022
Apreciada Silvia,
La extinción de condominio solo es aplicable para adquirir la parte del otro copropietario, es decir, entre copropietarios. Tu podrías adquirir la propiedad de tu exmarido mediante una extinción de condominio, pero no tu actual pareja. Para adquirir tu actual pareja el 50% de tu ex-pareja, es preciso acudir a la compraventa.
Pau A. Monserrat Answered question 2 junio, 2022
Comentarios recientes