¿Puedo enviar un email o un fax comercial a una empresa que está en páginas amarillas?
Encuentro un recomendable post en una recomendable web (Ayuda Ley Protección de Datos) sobre LOPD que responde a esta pregunta y a las más general, que sería:
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Leo en Meneame el supuesto caso (actualización 11/08/2010: acerté al sospechar, es un Hoax, si bien no desvirtúa el contendido de este post) de una empleada que abandona su trabajo harta de sentirse menospreciada por su jefe Spencer. Os recomiendo ver y leer las fotos por qué no tienen desperdicio. La traducción, si la necesitáis, está en el comentario 8 del enlace de Meneame.
Ya hemos hablado del tema en varias ocasiones: En España, a diferencia de otros países como pueda ser EE.UU., el préstamo hipotecario es una deuda que tiene el titular (y sus avalistas si éste no paga), respondiendo con sus bienes presentes y futuros (y sus herederos si muere antes de pagar la hipoteca).
Desde inversiones milagrosas en Forex a capitales privados que invierten en préstamos hipotecarios para clientes con problemas, pasando por un amplio abanico de inversiones exóticas cuyo punto en común es que ofrecen intereses muy altos y nos aseguran que no tienen riesgo.
En la entrada anterior hemos visto que el Tribunal Supremo entiende que si hay interés legitimo una empresa puede tratar datos de una persona física sin el consentimiento expreso del interesado, cuando hasta la sentencia del TS sólo se podía hacer en caso de que existiera una ley habilitante (por ejemplo el Estatuto de los Trabajadores en el caso de los datos de la nómina y contratos laborales) o se tratara de datos recogidos de fuentes accesibles al público.
Acabo de leer que en Expansión que el Tribunal Supremo, en sentencia de 15/07/2010 acaba de anular los artículos 11, 18, 38.1.a y 2 y 123.2. del Reglamento de Protección de Datos, dejando como cuestión imprejuzgada el artículo 10. 2.a y b, el tratamiento y cesión de datos, que eleva como cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europea.
El Capital Privado o prestamistas privados son una opción financiera extrema para situaciones muy determinadas. Son particulares o empresas que dejan dinero a un particular o familia a tipos de interés muy elevados (el 30% anual no es de lo más alto que cobran), en base al alto riesgo de impago asociado a la operación, a plazos muy reducidos (6 meses o 1 año) y con la garantía de la vivienda del endeudado.
La imagen es una alegoría de cómo se ven las pensiones públicas en el futuro. Negras.
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