Lo admito, a riesgo de ser objeto de una persecución fundamentalista de Ausbanc o sus atleteres: no me gustan las empresas (que es lo que es Ausbanc) que se dedican a monitorear la red para denunciar a cualquiera que no comporta sus criterios o los critiques. La Red es Libre, amigos.

Me he llevado una gran alegría de ver como Ausbanc Consumo y su presidente han perdido y sido condenados a costas por denunciar a Rankia SL y a Miguel Arias “como moderador del foro de Rankia”, en una demanda sobre derecho al honor y a la intimidad persona.

Le recomiendo y deseo a Ausbanc que haga su trabajo y se centre en los atropellos de Bancos y Cajas de Ahorro y se deje de malgastar los recursos de la justicia con demandas absurdas que en nada benefician a los que les pagan por defender sus derechos (doy derecho a réplica a Ausbanc en los comentarios siempre que se identifique la persona que replique, que no aceptaré anónimos en este post).

Transcribo del post de Rankia el resumen de la sentencia:

“En el presente caso, no nos encontramos ante la responsabilidad de la persona que, sirviéndose de un portal de internet, divulga hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre o imputa hechos o manifiesta juicios de valor a través de expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Sino que, por el contrario, nos encontramos ante la responsabilidad del titular del portal de internet, en concreto del prestador de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio, por el contenido de los mensajes remitidos al portal de los usuarios del servicio. Se trata de saber si, siempre que uno de esos mensajes divulgan hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre o imputan hechos o manifiestan juicios de valor a través de expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentado contra su propia estimación, responde, además del usuario del servicio de internet que ha mandado el mensaje, el prestador del servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio, por una intromisión ilegítima en el derecho al a intimidad y al honor, y, de no ser así, cuales son los requisitos que deben concurrir para que responda el prestador del servio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario del servicio. La respuesta nos la proporciona el artículo 16 de la ley 34/2002, de 11 de Julio de 2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.”

Nos dice el artículo 16.1 de la LSSI cuando una web es responsable de los comentarios de los usuarios y cuando no:

Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que:


1. No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o
2. Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.


Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Sentencia completa en PDF

Por segunda vez tenemos la impagable visita de nuestro colaborador enmascarado (al menos de momento), R.M. Sin más dilación os dejo con sus palabras sobre la falta de atención a las previsiones sobre la gravedad de la crisis en España:

Hace ya  tres años que el equipo del Gobierno tiene advertencias sólidas que vaticinaban la delicada situación actual. A nadie convencerán si  relatan un cuento infantil sobre que no pensaban que la situación del país estaba tan mal en Enero del 2008, por que cualquier persona con ganas de informarse podía saber como evolucionaba la situación España, simplemente dedicando menos de una hora cada día a leer los informes externos publicados en Internet (como los informes del Banco de Pagos Internacionales de Basilea o del Leap ).

Por tanto es fácil imaginar que conocían bien la situación,  los políticos del gobierno que tienen a una troupe de mas de 100 analistas a su cargo y con acceso a informes internos.

Hace tres años que se insiste en los blogs con el vídeo de Fuentes Quintana (que insertamos), hace tres años que se pide un pacto de estado.. Este domingo J.M. Gonzalez-Paramo (BCE) en un articulo en suplemento dinero, también lo pide, nada… solo con tres años de retraso. (pag 3 dinero LV).

La estrategia, de esconder la realidad, de aplicar la técnica del avestruz, y esperar el milagro “que la tormenta amainara y nos remolcaran” no salió bien. Pero no ha sucedido solo en España en otros países también, esto nos indica el nivel de miopía de ciertos políticos no estadistas.

El articulo del economista A.Pastor -un vaso a medio llenar- (pág 6,dinero LV) esta muy bien pero en su línea, una de frio y una de caliente, nos indica: “el euro en caída libre” pero a la vez salvado por las medidas del BCE, “una larga temporada de lento y de mayor inflación, por la enorme masa de liquidez creada desde 2007..” “…algunos indicadores de consumo han dejado de caer “ (no es el caso del índice del minorista, en caída en Abril y seguramente también en Mayo) “…nuestra tozudez en esta como en otras cosas, tendrá su precio” “hay que lamentar que en dos años de resistencias que se han revelado inútiles, nuestro gobierno hay malgastado una enorme cantidad hasta dañar gravemente la confianza que inspira al ciudadano, esta confianza es un ingrediente indispensable para la recuperación” y “ lo cierto es que empieza uno a ver los primeros síntomas de que vamos a tomarnos las cosas en serio”

El economista Edward Hugh insiste en forzar “la caída de precios y salarios un 20%”.

Es fácil imaginar que si con una bajada de sueldos del sector público de un 5% estamos viendo las tensiones sociales que se generan, lo que podría ocurrir con una caída de un 20% de los sueldos. Además hay la posibilidad de entrar en un escenario de inflación en primavera del 2011, y nos iríamos de cabeza hacia la estanflacion, posibilidad que mas de uno ya avisamos en enero del 2008.

Las familias endeudadas y con un 20 % menos de sueldo y con una mayor tasa de interés en la hipoteca, ¿cómo sobrevivirían?

Ahora tenemos un balón de oxigeno de 6 meses, ¿lo sabremos aprovechar? ¿será tiempo suficiente?. La situación económica actual indica que serán necesario unos 2 años de aplazamiento de las deudas.   Por equidad se deberían pedir a los bancos y Cajas de Ahorro que dejen de embargar viviendas familiares y den una moratoria de dos años a las familias en dificultades.

Están muy bien las menciones de E.Hugh al caso finlandés como modelo de salida, cuestión que también estamos insistiendo en ella hace mas de tres años.

En otro articulo de P.Nueno, nos indica la necesidad de “nombrar un consejo de un buen gobierno,.. con buen conocimiento del mundo de la empresa” “Premiar a todo empresario que contrate a un nuevo empleado con dos meses de carencia por cada años que lo mantenga empleado durante tres años” …pero también dice “construir 100.000 viviendas mas” con el stock de pisos que tenemos sin vender y sin acabar ! y además de conocer la advertencia del Banco de España “los bancos no son inmobiliarias”.

Todo esto nos pasa por que no quieren asumir que estamos en una recesión de balance. No han sabido forzar uno pactos estatales y a nivel global no quieren asumir unos nuevos acuerdos B-W, ni una reforma de las finanzas con acuerdos globales.

Y ahora, seguimos en mas de lo mismo, el país medio paralizado esperando que sucede con “el pacto de reforma laboral, al borde de la ruptura” (pag 84 LV) si los agentes sociales tuviesen detrás la seguridad que se valoraría sus acciones por su eficacia, si supieran que si no hay pacto deberían dimitir al día siguiente, el ministro de trabajo, los responsables de sindicatos y la patronal…se conseguiría un pacto que siempre es mejor que un no pacto.

No hay un mecanismo, herramienta o institución disponible para que la ciudadanía pueda exigir eficacia, transparencia, responsabilidad y sobre todo para exigir que se actue con previsión.

En fin vivir para ver..

R.M.

Pocos conocen y saben usar la verdadera potencialidad de las redes sociales profesionales.

David Soler ha tenido la buena iniciativa de dejarnos una didáctica presentación sobre su uso, que adjunto para que puedan aprender un poco más todos los visitantes de este blog:

Este post versa sobre una materia no habitual en el blog, si bien es de mi interés y espero que del de los lectores. En otro caso, os pido disculpas.

Mi prima Marta Benedicto ha tenido la deferencia de pasarme el borrador de un trabajo que ha hecho junto a otros compañeros de su grupo sobre Prescripción Enfermera.

Mi interés sobre el tema se basa en mi conocimiento laboral del tema, ya que de joven trabajé varios veranos en una ambulancia y toqué de cerca el magnífico trabajo de los médicos y personal de enfermería en situaciones de urgencia vital. A este tipo de funcionario, entre otros colectivos, es patético que le rebajen el sueldo; pero las medidas tomadas con urgencia llevan a desigualdades manifiestas.

De hecho en sanidad no debería recortarse presupuesto, en todo caso mejorar la gestión hospitalaria e incrementar la inversión en muchas áreas. Y replantearse determinadas coberturas para ampliar otras. No puede ser, por ejemplo, que gente con dinero que paga un médico privado se opere por la sanidad pública por que las prótesis son gratuitas (y se las pueden pagar perfectamente) y una madre en paro tenga que gastarse más de 3.000 euros en un corsé para su hijo en silla de ruedas que sufre esclerosis múltiple (es un caso real que presencié en un programa de IB3 en el que me invitaron a participar).

El tema de la posibilidad de que el personal de enfermería pueda prescribir determinados fármacos y productos sanitarios podría suponer un importante ahorro a la sanidad, ya que hay muchas consultas menores que podría atender este personal sin necesidad de pasar por un médico.

La Ley 28/2009 de de 30 de diciembre, que modifica la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios es el nuevo marco legislativo que avala la prescripción enfermera, modificando al apartado 1 del artículo 77 de la siguiente forma:

Artículo 77. La receta médica y la prescripción hospitalaria.

1. Redacción según Ley 28/2009, de 30 de diciembre. La receta médica, pública o privada, y la orden de dispensación hospitalaria son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico, un odontólogo o un podólogo, en el ámbito de sus competencias respectivas, únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica.

Sin perjuicio de lo anterior, los enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación.

El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.

El Ministerio de Sanidad y Política Social con la participación de las organizaciones colegiales, referidas anteriormente, acreditará con efectos en todo el Estado, a los enfermeros para las actuaciones previstas en este artículo.

Por tanto, si bien se abre la puerta a la prescripción enfermera, habrá que esperar al Decreto correspondiente que concrete esta habilitación.

Prescribir y Recetar

Prescribir y recetar son términos que se utilizan habitualmente de forma indistinta, si bien no son conceptualmente equivalentes.

Se entiende por prescribir el hecho de ordenar o determinar alguna cosa. Va más allá de la simple receta, ya que implica indicar y planificar acciones frente a un problema basadas en el juicio clínico, y por ello exigen una valoración previa y un encuadre dentro de las competencias profesionales.

Recetar es prescribir un fármaco o cualquier tratamiento por escrito, con expresión de sus dosis, preparación y uso. Es un acto administrativo.

¿Por qué es necesaria la prescripción enfermera?

  1. Se consigue hacer un uso más efectivo del tiempo y los recursos, y de esta manera repartir la carga laboral y reducir los costes asociados.
  2. Prescribir a enfermos crónicos y evitarles tener que acudir cada vez al médico para obtener una receta.
  3. Evita que los usuarios sufran la inflexibilidad del sistema, y regulariza algo que en la práctica diaria ocurre mediante mecanismos informales

En definitiva, una normativa que busca el bienestar del enfermo y la racionalización de los recursos sanitarios. Esperemos que el Gobierno se entere de que hay que sacar el correspondiente Decreto que haga efectiva esta Ley, ya que hasta este momento es papel mojado.

Estas son el tipo de medidas adecuadas para hacer de nuestro país un Estado fuerte y competitivo, y no bajar los sueldos sin más a todo funcionario que pase por allí.

Agradecer a mi prima y a su equipo el buen trabajo realizado y que nos haya permitido acceder a él.

Una definición de dinero podría ser:

Dinero es cualquier cosa que los miembros de una comunidad estén dispuestos a aceptar como pago de bienes y para saldar deudas y obligaciones.

¿Sabemos qué es el dinero?

Lo que debe quedar claro es que el dinero no tiene ningún valor intrínseco. Mire un billete de 500 euros (si existen), acarícielo y compruebe si es auténtico. Le parezca valioso o no, tenga claro que no tiene ningún valor si un día los europeos nos levantamos y dejamos de aceptarlos como forma de intercambiar bienes y servicios y de saldar deudas. Paradójicamente, lo más materialista que uno puede imaginar, el dinero, en realidad es una convención mental de las personas.

Llamamos valoración contenciosa a aquella que forma parte de un proceso judicial, también llamadas periciales. Son para procesos de mora, subastas, impagos, reclamaciones de cantidades y similares.

El valor asignado siempre será el de mercado actual siendo este el precio al que podría venderse el inmueble, mediante contrato privado entre un vendedor voluntario y un comprador independiente en la fecha de la tasación en el supuesto de que el bien se hubiera ofrecido públicamente en el mercado, que las condiciones del mercado permitieren disponer del mismo de manera ordenada y que se dispusiere de un plazo normal, habida cuenta de la naturaleza del inmueble, para negociar la venta.

Se pueden realizar de parte, asignada por una de las partes del proceso o asignadas por el juzgado directamente, donde las dos partes se ponen de acuerdo para asignar a un perito judicial o es el juez quien realiza la designación aleatoriamente según listados y profesional a asignar.

La valoración se puede llevar a cabo de dos maneras: con acceso y sin acceso (siempre teniendo en cuenta que hay que valorar un bien inmueble). La gran mayoría de veces se suele realizar sin acceso ya que es casi imposible entrar en el inmueble dada la actitud adversa del que se sabe embargado o demás.

Valoración con acceso al inmueble

Se realiza accediendo al inmueble, se realiza un plano con mediciones, reportaje fotográfico y comprobación de conservación y ocupación. Se realiza la valoración, normalmente, por el método de comparación según normativa Orden ECO/805/2003.

Valoración sin acceso

Es cuando no es posible acceder al interior del inmueble y no es posible comprobar el estado de ocupación y conservación interior, su medición exacta. Se realiza un reportaje fotográfico del exterior del inmueble y de su entorno. Se realiza la valoración por el método de comparación según Orden ECO/805/2003 y como no ha sido posible realizar comprobaciones interiores se aplica un porcentaje de depreciación importante ya que se desconoce su estado devaluándola como si prácticamente se tuviera que rehabilitar. Si hubiera algún indicio de que no es habitable también se contemplaría en el informe.

Por eso, el hecho de poder acceder o no es muy importante ya que su valor será muy diferente (más alto si se permite el acceso).

Muchas entidades bancarias proceden a la valoración contenciosa antes de negociar una dación e impago de hipoteca, se recomienda siempre para este fin, que se facilite el acceso al profesional que tiene que realizar el informe, ya que el hecho de no hacerlo perjudicaría al propietario en cuanto al valor del mismo.

Gemma Garzón Martín
Perito judicial inmobiliario y de contenido
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La semana que acaba ha dejado dos entradas en Actibva sobre la tributación en el IRPF de la exención por reinversión en vivienda habitual a partir de 2011 y la fiscalidad de la pensión compensatoria pasada al cónyuge y la anualidad por alimentos después de la separación o divorcio.

En el caso de separación o divorcio, si unos de los cónyuges se ve perjudicado en su situación económica tras la ruptura del matrimonio, tiene derecho a una pensión compensatoria que se fijará en resolución judicial, que cuantificará a su vez la cuantía por alimentos a favor de los hijos. Además la legislación civil (y la ética) obliga recíprocamente a darse alimentos a cónyuges, descendientes y ascendientes, así como a los hermanos en determinadas situaciones.

IRPF 2009: tributación de las pensiones compensatorias y anualidades por alimentos

El año 2011 va a marcar un antes y un después en la tributación de la vivienda habitual; veremos que deja de tener ventajas fiscales la compra de una vivienda habitual según la renta y analizaremos si hay cambios en la actual exención por reinversión en vivienda habitual.

La exención por reinversión en vivienda habitual a partir de 2011

IRPF 2009: exención por reinversión en vivienda habitual

Analizando “en profundidad” el sistema financiero mundial, Dilbert descubre algo que ya muchos expertos tratan de investigar y regular, las imperfecciones del sistema:

Todo el sistema financiero está montado para que se transfiera dinero de las comadrejas menores a las mayores. Algún día, si todo va según el plan, una sola comadreja suprema tendrá todo el dinero y todas las demás serán sus criados.

Los financieros en clave de humor:  Dilbert nos ilumina sobre nuestras finanzas personales

Avui m’han convidat a parlar sobre la crisis econòmica i la importància de tenir uns sindicats forts, organitzats i professionals per compensar les desigualtats en matèria de redistribució de renda i millorar la productivitat de l’economia.

He tractat de deixar clar als joves assistents del sindicat CC.OO. que per canviar la societat han d’entendre els mecanismes de poder que la mouen, i l’economia és l’eina que els ha de permetre entendre aquesta distribució de poders i modificar-la.

La vaga dels treballadors tal volta ja no sigui una mesura de pressió eficaç en un Estat que compleix instruccions des de una entitat supranacional anomenada Unió Monetària Europea.

Nos gusta a los españoles ponerle nombre a los Reales Decretos. Desde luego el recién aprobado por el Consejo de Ministros se ha ganado su nombre a pulso.

Este plan de contención del gasto pretende reducirlo en 15.000 millones de euros en dos años. Se pretende seguir una senda según la cual el déficit del conjunto del sector público seguiría el siguiente camino:

  • 11,2 % en 2009.
  • 9,8 % 100 en 2010.
  • 7,5 % en 2011.
  • 5,3 % en 2012.
  • 3 % en 2013.

Vayamos a resumir como se concretan, en base a la información que nos da La Moncloa (hasta mañana o el lunes no se publicará en el BOE), dichas medidas:

  • Reducción media en el 2010 del 5% en términos anuales de los salarios de los empleados públicos que se aplica con criterios de progresividad: La escala oscilará entre el 0,56% y el 7% en función del nivel de ingresos del grupo profesional, afectará al personal de todas las Administraciones Públicas y se aplicará tanto sobre las retribuciones básicas, como sobre las complementarias. Los altos cargos verán reducidos sus salarios entre un 8% y un 15%.
  • Congelación de salarios de los empleados públicos en 2011.

Ahorro previsto 2010 y 2011 = 6.800 millones de euros

  • Suspensión de la revalorización de las pensiones en 2011, excepto las no contributivas, las contributivas que reciben complementos de mínimos y las del antiguo régimen del SOVI no concurrentes con otras; las pensiones en el 2010 se revalorizarán si el IPC supera el 1%.

Ahorro previsto 2011 = 1.530 millones de euros

  • Suspensión del régimen transitorio de la jubilación parcial.

Ahorro previsto 2010 y 2011 = 400 millones de euros.

  • Eliminación de la retroactividad en prestaciones por dependencia: A partir del próximo 1 de junio, se fijará un tiempo máximo de seis meses para la resolución de las solicitudes sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y la prestación a recibir. Esta medida permitirá eliminar retrasos en la recepción de los servicios y prestaciones por parte de los beneficiarios y aportará una mayor eficacia en el gasto público, ya que eliminará la cuenta por pagos derivados de la aplicación del principio de retroactividad cuando este reconocimiento se retrasaba. El Real Decreto Ley establece, asimismo, la posibilidad de aplazar hasta un máximo de cinco años el pago de los derechos de retroactividad generados hasta ahora.

Ahorro previsto  2011 = 300 millones de euros. Mire usted, si este ahorro es dejar de darlo a las familias de las personas con personas que necesitan de cuidados para vivir, mejor se olvidase de ella. No cabe en mi cabeza la razón de esta medida. Para mi, la más injusta de todas.

  • Eliminación del “ cheque-bebé ” de 2.500 euros a partir de 1 de enero de 2011.

Ahorro previsto 2011 = 1.250 millones. La verdad que esta ayuda no se enfocó adecuadamente al no estar baremada en función de la renta de la pareja.

  • Recorte del gasto farmacéutico.

Ahorro previsto 2010 y 2011 = 1.300 millones.

  •  Acuerdo para el recorte del gasto de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Veremos si se cumple, dado los diferentes colores políticos en muchas de ellas.

Hemos visto lo que nos dice el Gobierno que se va a ahorrar. Lo que no nos dice lo que dejará de ingresar por el menor consumo que tendrán los funcionarios, pensionistas y parejas al tener menos renta disponible; este menor consumo repercutirá en menos ingresos vía impuestos para la Administración.