una entidad financiera, cuya garantía real de pago es el bien hipotecado. Sin
embargo no incluye cláusula de dación en pago alguna, por lo que además del bien inmueble se responde con todo el
patrimonio presente y futuro. Si nuestro acreedor, el banco, quiebra, el
proceso es el siguiente:
administradores concursales que intentan reflotar la entidad financiera si hay
viabilidad. Si consiguen un buen acuerdo
con los acreedores del banco (bancos mayoristas que le dejaron dinero,
depositantes, obligacionistas, tenedores de participaciones preferentes, etc),
con quitas y espera importantes, puede ocurrir que se corrijan los problemas y,
en un periodo determinado, el banco supere el concurso de acreedores y siga
operando de forma normal. En este caso, la hipoteca la seguiremos pagando al
banco sin ningún cambio.
entidad y se proceda a una liquidación ordenada; los bancos nacionales o
internacionales comprarían en banco quebrado, a trozos. Nuestra hipoteca es un
activo más que comprarían los acreedores u otros interesados; por desgracia, no
se nos perdonaría ni un euro. Simplemente dejaríamos de verle dinero al banco
original y se lo deberíamos a otro, con las mismas condiciones de la escritura
firmada en su momento.
de la deuda hipotecaria. Por ello es innecesario conocer la solvencia de la
entidad financiera a la que pedimos dinero (al contrario que cuando vamos a
depositar nuestros ahorros).
sea barata, independientemente del banco que nos deje el dinero.
Comentarios recientes