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Mediante la cláusula testamentaria conocida como sustitución fideicomisaria el testador transmite su herencia al heredero fiduciario para que, a su muerte, ésta se transmita a un segundo heredero, el fidecomisario.

Ser propietario y no poder disponer libremente del bien: ¿tiene ventajas?

La propiedad difusa: la sustitución fideicomisaria.

¿Rescatar Grecia o rescatar a los bancos que dejaron dinero a Grecia?

Rescatar Grecia: ¿para qué?

Reformas y contrarreformas hipotecarias en la Blogosfera

En Invertia primero y en este el blog de Futur Finances después tratamos de explicar los motivos que nos llevan a pensar que el marco jurídico hipotecario tiene que modificarse, introduciendo la posibilidad de contratar hipotecas marcianas.

Nuestro amigo Echevarri criticó de forma razonada mis medidas, en su interesante artículo “La contrarreforma hipotecaria“. Muchas otras criticas interesantes hay en los comentarios, lo cual no me molesta, al contrario.

No suelo tener razón en casi nada. No es lo que busco, tener razón. Busco que haya un debate de ideas y lo que no funciona, como a mi modo de ver ocurre con las ejecuciones hipotecarias, se cambie.

Finalmente, al menos de momento ya que estamos esperando las aportaciones de Remo y el posible contra-contrataque de Echevarri, me manifesté a lo más puro contra-contra-contrarevolucionario en el Blog Euribor:

Con V de hipoteca.

Imagen | Enrique Dans.

Esta semana que dejamos atrás nos deja 4 colaboraciones en el entorno FinancialRed, cuya temática varía desde las hipotecas en caso de separación a las dificultades enmascaradas de la banca, pasando por la cuasi-imposibilidad de conseguir un préstamo personal o la discusión sobre vincular salarios y productividad.

Esperamos que hayan sido del agrado de los visitantes de FinancialRed y lo sean de los de Futur Finances:

¿A quién beneficia vincular salarios y productividad?

Solicitar un préstamo personal: ¿misión imposible?

Hipotecas y separación.

¿La banca española no quiebra?

Y dos de estos contenidos han sido seleccionados en lo mejor de la semana FinancialRed.

Ser avalista es un acto de fe patrimonial. Se arriesga todo el patrimonio presente y futuro sin recibir nada a cambio. Si en algún momento se os presenta la situación de pensar en avalar a alguien, os sugiero leer el siguiente artículo para decidir informado de lo que se hace:

La fe del del avalista de un préstamos hipotecario.

Primordialmente el dinero es confianza. Su esencia es que mediante una cosa que tiene un valor en el mercado real (sal, oro), que su valor depende de el respaldo de Bancos Centrales (dólar, euro) o cuyo valor lo da una comunidad (oro virtual en World of Warcraft), podemos intercambiar bienes y servicios.

De la definición de dinero se puede inferir que no sólo las monedas y billetes de curso legal pueden ser dinero. ¿Qué tipos de dinero 2.0 existen?

El dinero encriptado y otros tipos de monedas 2.0

Un alegato contra el mando y ordeno en las empresas:

Los nuevos empresarios, trabajadores y colaboradores no admiten órdenes.

Preguntas y respuestas sobre tipos de hipotecas, el Banco Mundial o las quiebras empresariales:

Experto Euribor: respuestas a dudas de los usuarios.

La semana pasada tratamos en la esfera de blogs de FinancialRed varios temas que afectan a los problemas y fiscalidad del préstamo hipotecario y a la famosa guerra de depósitos.

Si en Invertia hemos hablado de la hipoteca marciana y algunas posibles soluciones a la situación de las familias que pierden su vivienda por no poder pagar la hipoteca y además siguen debiendo dinero al banco, en FinancialRed definimos de que se trata exactamente el término “dación en pago

¿Qué es la dación en pago?

La exención por reinversión de vivienda habitual a en el 2010 y en el 2011 sigue vigente en las mismas condiciones. En el siguiente artículo se analiza en que consiste este importante beneficio fiscal y algunas situaciones en que podemos perder la exención:

La exención por reinversión en vivienda habitual.

Hemos oído hablar mucho de la guerra de depósitos, ¿sabemos de qué se trata?

¿Qué es la Guerra de Depósitos?

Artículo realizado en colaboración con el portal financiero de Terra, Invertia.

La normativa que regula la ejecución hipotecaria no está funcionando adecuadamente en una situación de crisis financiera, inmobiliaria y económica como la que estamos viviendo.

El legislador debe buscar un equilibrio entre los derechos de las entidades financieras a cobrar sus deudas y un mínimo de justicia social que garantice que el ciudadano tiene posibilidades de acceder a un techo y no ser excluido de forma permanente de la esfera financiera al no poder pagar la hipoteca.

Uno de los pilares del marco jurídico actual es que el deudor responde la la deuda hipotecaria con todos sus bienes presentes y futuros, y el inmueble es una garantía más. A diferencia de otros países como EE.UU., entregando la casa no se cancela la deuda (de hecho, la dación en pago es un mecanismo voluntario para el banco).

La normativa actual ya contempla la posibilidad de limitar la deuda hipotecaria al bien puesto en garantía, si bien esta cláusula no es utilizada por la banca en sus minutas hipotecarias, por lo que no existen hipotecas de este tipo, en la práctica.

Por tanto, para posibilitar la dación en pago no hay que cambiar drásticamente el marco regulatorio. Simplemente incluir en las escrituras hipotecarias el llamado “pacto marciano” (cuyo nombre proviene de la consulta elaborada por el jurisconsulto romano Marciano), positivado en nuestro ordenamiento jurídico por el Real Decreto Ley 5/2005.

Sin entrar más que tangencialmente en materia jurídica, nuestro Código Civil prohíbe el “pacto comisorio” para el contrato de hipoteca; es decir, el legislador trata de proteger al deudor impidiendo que el acreedor (la entidad financiera) pueda pactar una confiscación del bien en caso de impago de la hipoteca. Si el banco quiere apropiarse del bien, debe acudir al procedimiento de ejecución hipotecaria.

Esta prohibición se estipula en aras a proteger al deudor. Por tanto, si la cláusula es en beneficio de éste, no habría motivos para no recogerla en la escritura. Y llegamos al “pacto marciano“, permitido en nuestro ordenamiento en materia hipotecaria, que consiste en acuerdos de adquisición de la finca hipotecada, para los casos de impagos de las cuotas hipotecarias, siempre que el precio no se identifique con el valor de la deuda hipotecaria y se determinen los mecanismos de evaluación o tasación de la finca hipotecada de forma objetiva.

Ya hemos visto que la dación en pago es perfectamente posible sin cambios legislativos. La banca esgrime que con la generalización de esta práctica las hipotecas serían más caras y más exclusivas. Sus argumentos son ciertos, pero las conclusiones no tanto. Mi opinión es que un encarecimiento de las hipotecas no sólo perjudicaría a los clientes, también a los bancos.

Sin embargo personalmente no soy un acérrimo defensor de la generalización de la dación en pago por el “riesgo moral” que ello conlleva. Si sólo la vivienda responde de la deuda, hay claros incentivos para devolver la casa si tenemos dificultades para pagarla. Y no me gustan los sistemas jurídicos que desincentivan la responsabilidad personal de las deudas contraídas.

7 medidas en materia de ejecución hipotecaria

Veamos algunas otras medidas para reducir las injusticias en materia hipotecaria; lo fundamental en la legislación en materia económica es crear incentivos o trabas para propiciar los cambios, más que obligar o prohibir. Por tanto, siempre que sea posible es mejor llegar a las medidas propuestas en forma de incentivos positivos o negativos:

 

  1. Introducir el “pacto marciano” en las escrituras de un tipo de préstamo hipotecario nuevo ofrecido por las entidades. Se trataría no de obligar a la dación en pago generalizada, sino de ofrecer este producto hipotecario conjuntamente con el resto. Tal vez se podría bonificar las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en base a conceder un volumen mínimo marcado de “hipotecas marcianas” o cualquier otro incentivo que haga interesante este producto a la banca. Sería más caro y más difícil de obtener que la hipoteca con responsabilidad universal, pero al menos el cliente tendría la opción de acceder a ella y tendríamos un precio de mercado.
  2. Facilitar un mecanismo de subrogación de las hipotecas normales a las hipotecas marcianas, avalado por el ICO en un porcentaje determinado, para que los hipotecados actuales puedan optar a este nuevo tipo de financiación. Con estas dos medidas ya tenemos instalada en nuestro mercado hipotecario la opción de la dación en pago sin, a mi modo de ver, crear inseguridad jurídica. Probablemente se debería estudiar una fórmula para compensara a las entidades de la merma de “garantía” de estas hipotecas; estoy pensando en que no podrían utilizarlas como respaldo a la emisión de títulos hipotecarios, por lo que debería introducirse algún incentivo compensatorio.
  3. Modificar la normativa para evitar que una entidad financiera (o una empresa participada por ella) se puedan adjudicar la vivienda por el 50% de su valor actual. Y además si más adelante venden la vivienda a un precio superior, este beneficio no revierte en la familia que ha perdido la vivienda. Si esto no es un enriquecimiento ilícito, lo parece.  Dado que la entidad no se beneficia si la vivienda hipotecada sube de precio, entiendo que su responsabilidad si baja no debería ser total. Por tanto, no me parece injusto que el banco se pueda adjudicar el bien por el 80% de la tasación; pero de la tasación original, que es en base a la cual el cliente tomó su decisión de compra, no con un valor calculado cuando se ejecuta la hipoteca.
  4. En el caso de la vivienda habitual, instrumentar un mecanismo automático de lease-back, para evitar que una familia se vaya a la calle si puede pagar un alquiler más bajo aunque no el total de la hipoteca. La familia deja de ser propietaria y la vivienda pasa a ser del banco, que concede un alquiler a largo plazo de la casa a sus antiguos propietarios. Se podría estudiar pactar una opción de compra posterior, pero este extremo creo que debería ser opcional para el banco. Se deberían instrumentar nuevas ayudas fiscales para este tipo de alquileres.
  5. Obligación de las entidades financieras de establecer una carencia de capital (sólo pagar intereses) durante unos años, al igual que facilidades para pactar una ampliación del plazo; a las familias en que alguno de sus miembros ha quedado en paro o ha tenido que cerrar su negocio. Es una forma de dar oxigeno a la economía doméstica sin que el banco pierda nada, ya que al final cobra los intereses y se le debe el mismo capital que antes, solo que se paga más tarde.
  6. Para las familias demasiado endeudadas, que necesitan una reunificación de deudas, siempre que cumplan determinados requisitos como que su única vivienda sea la habitual, el ICO podría entrar en la reunificación de todas las deudas en una sola hipoteca bien con un aval que facilite que el banco la admita, bien con financiación directa y entrando en segundo rango hipotecario. Esta medida debería instrumentarse de manera que se refinancie a las familias con problemas de sobreendeudamiento por una situación de paro sobrevenido o similar, no a los endeudamientos especulativos o consumistas.
  7. Declarar abusivas las cláusulas de suelo, los Swaps y demás productos mal comercializados o abusivos directamente (y no tender que esperar a que el dilatado proceso judicial acabe). En este grupo podemos incluir todas aquellas medidas que si bien no solucionan la situación de las familias, si ayudan a abaratar el coste de la hipoteca en cierta medida.

Por mucho que nos digan los poderes bancarios y los políticos como comparsa, hay muchas medidas, algunas de gran calado y otras coyunturales, que puede ayudar a las familias trabajadoras a superar la crisis sin quedarse literalmente en la calle.

Las mencionadas en este artículo son algunas propuestas de las cientos que deberíamos estar escuchando estos días. Curiosamente, el debate se trata de obviar en beneficio de la banca.

No se trata de ser unos utópicos justicieros que quitan a los ricos para dárselo a los pobres. Se trata de conseguir un sistema medianamente justo, y los resultados del sistema hipotecario actual distan mucho de serlo para las familias con problemas para pagar la hipoteca de su vivienda habitual.

Artículo publicado en Invertia.

La semana que hemos dejado atrás deja las siguientes participaciones en el blog Euribor:

Tratamos de explicar de forma fácil la deducción por adquisición de vivienda habitual y cuándo una hipoteca se puede desgravar en el IRPF:

¿Desgrava mi hipoteca en la declaración de renta?


La banca acostumbra a amenazar con que si se hacen cambios en la normativa bancaria que les perjudiquen, como la dación en pago o la eliminación de las cláusulas de suelo, las hipotecas serán más caras. ¿Es en realidad una amenaza fantasma?

¿Y qué pasa si los bancos encarecen las hipotecas?

Nuestros abuelos emigraron al extranjero a trabajar. ¿Nuestras generaciones actuales tendrán que hacer lo mismo?

Emigrar fuera de España para trabajar

En Onda Regional de Murcia, gracias a la invitación del experto en intermediación financiera Antonio García Guerrero, hemos compartido con los oyentes algunos consejos prácticos sobre la reunificación de deudas y préstamos.

De todo lo que se dice en la entrevista, creo que los puntos fundamentales a tener en cuenta son:

  1. Que la reunificación de deudas es una agrupación de préstamos y deudas en una nueva hipoteca sobre la vivienda habitual.
  2. Que es una solución para casos de sobreendeudamiento coyuntural, que no debe volverse a repetir.
  3. Que hay que asesorarse por expertos hipotecarios.
  4. Que hay que exigir la minuta (letra pequeña) antes de acudir al notario y se tiene que firmar con una entidad financiera (el intermediario hipotecario es una empresa o profesional que asesora, negocia y tramita la hipoteca de reunificación de deudas, pero quien deja el dinero es un banco).
  5. La ley que regula los intermediarios hipotecarios es la Ley 2/2009.

Cuando uno lee sobre reunificar préstamos y deudas suele identificar el concepto con algo negativo y a los brokers hipotecarios que nos dedicamos a ello como cobradores de honorarios que no hacemos nada o, incluso, como estafadores.

Evidentemente voy a dar argumentos para intentar cambiar la visión que se tiene de la reunificación de deudas y de los profesionales del sector, ya que en parte nos dedicamos a este negocio. Pero también hay razones para que se vea con tan malos ojos al sector, que no obviaremos.

Puntos negativos de la reunificación de deudas

Lo fundamental es entender que la unificación de préstamos y deudas en una sola cuota hipotecaria no es una opción elegida, más bien una alternativa necesaria para equilibrar una situación de sobreendeudamiento que no debería haberse producido.

Hay personas que no saben o no quieren saber como gestionar sus finanzas personales. Tiran de tarjeta para irse de viaje, solicitan préstamos para comprarse coches por encima de su nivel de vida o impagan sistemáticamente sus deudas.
A este tipo de personas la reunificación de deudas no les va a solucionar el problema más que a corto plazo. Se le hará una nueva hipoteca que incluya todas sus deudas, con lo que la cuota mensual a pagar será más baja que todas las cuotas que pagaba por separado. Pero al poco tiempo volverá a pedir préstamos y tirar de tarjetas de crédito. Y la bola financiera se hará más grande hasta que su caso no tenga solución y pierda la vivienda.
Por otra parte las empresas de intermediación financiera que se dedican a tramitar reunificaciones de deuda muchas veces no tienen ni idea del negocio y/o cobran honorarios desorbitados. Pagar a este tipo de empresas es tirar el dinero y, además, posiblemente contratar una hipoteca de reunificación mala.
Esta realidad debe desaparecer con la aplicación de la nueva normativa, que obliga a los intermediarios a dar una información previa sobre la empresa y los honorarios que cobra y a estar dada de alta en un Registro Público.

Puntos positivos de la reunificación

La agrupación de deudas y préstamos en una sola cuota hipotecaria tiene una utilidad financiera evidente: ayuda a equilibrar los pagos mensuales de una familia para poder llegar a fin de mes.
Si el desequilibrio financiero se ha debido a problemas coyunturales, como pérdida de empleo temporal o gastos extraordinarios (enfermedad de uno de los miembros de la casa, pro ejemplo), pero no a que la familia sea un desastre gestionando su presupuesto, la reunificación de deudas seguramente es una buena solución.
Se puede tramitar una reunificación directamente con bancos especializados o acudir a un broker hipotecario que cumpla con la ley (tiene más capacidad de negociación, diferentes opciones bancarias y le asesorará correctamente de las mejores opciones según su perfil económico).

Nadie debería verse en la necesidad de reunificar sus deudas y préstamos, pero la realidad muchas veces nos provoca desequilibrios entre ingresos y gastos que nos llevan a una situación de sobreendeudamiento. Y en estos casos agrupar deudas es una solución.

Pero uno tiene la obligación de entender perfectamente el producto financiero y asesorarse debidamente por profesionales. Una vez firmado ante notario, no hay vuelta atrás y de nada vale alegar que nos han engañado.

Esta semana en la red de blogs de FinancialRed hemos hablado de:

¿Tendremos que dejar de comprar e irnos de alquiler?

¿Hasta cuándo caerá el precio de la vivienda?

Ejecuciones hipotecarias: cuando el banco nos quita la casa.

La hipoteca multidivisa: no apta para cardíacos.

La cuenta ahorro vivienda ¿tiene sentido a partir de 2011?

En la semana que dejamos atrás he participado en el Euribor Blog hablando de los problemas que tienen las PYMEs, de la disparidad de valoraciones de los inmuebles y he respondido a algunas preguntas sobre hipotecas de los amigos del blog.

Os invito a visitar las entradas y comentarlas si son de vuestro interés:

La pequeña empresa que tiene que cerrar.

Los bancos no dejan dinero a las PYMEs, ¿lo harías tu?

¿Alguien sabe cuánto vale mi casa?

Experto Euribor: de cláusulas de suelo, avales y otros temas hipotecarios.