Buenas tardes, desgraciadamente pierdes el derecho a esa deducción y la última sería hasta el máximo permitido por Ley tras la cancelación de la hipoteca (9.040 euros por cada hipotecado).
La Dirección General de Tributos en la resolución vinculante de 26 de enero de 2017 (V0199-17) señalo que: “En el caso de sustituir un préstamo por otro -con las garantías y condiciones que cualquiera de ellos tuviese- no conlleva entender que en ese momento concluye el proceso de financiación de la inversión correspondiente y se agotan las posibilidades de practicar la deducción, ello únicamente implica la modificación de las condiciones de financiación inicialmente acordadas, siempre que, evidentemente, el nuevo préstamo se dedique efectivamente a la amortización del anterior.” Es decir si te subrogas a otro, sí puedes continuar con la deducción, al destinar ese préstamo al mismo hecho, financiar la vivienda.
Pero en tu caso, al existir esa cancelación, hay una interrupción, pagas toda la deuda pendiente y no es posible la deducción ya que lo considera operación distinta: “Cuestión distinta sería un supuesto de cancelación, parcial o total, de la deuda y una posterior obtención de crédito, incluso con la garantía de los citados bienes, sin continuidad entre ambos. Lo cual habría que entender que son operaciones distintas, e implicaría la pérdida al derecho a practicar la deducción por inversión en vivienda habitual por la nueva financiación.”
En definitiva, solo puedes continuar deduciéndote si te subrogas, si hay cancelación y amortización del primer préstamo, no.
Licenciando en Administración y Dirección de Empresas (UAM). Grado en Geografía e Historia (UNED).
Master en Métodos y Técnicas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica (UNED). Doctorado por la UNED.
Experto independiente de Futur Finances. Redactor de contenidos económicos en multitud de portales de Internet y divulgador de finanzas personales en medios de comunicación.
Investigador de mercados.
“Un consumidor bien informado toma mejores decisiones de financiación, inversión y relacionada con la fiscalidad. Antes de asumir cualquier obligación relevante, como contratar una hipoteca, debe acudir a las mejores fuentes de información y apoyarse en un asesoramiento independiente experto.”
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