Apreciada Esther,

Si ustedes parten de una valoración del inmueble de 160.000 € y únicamente compran el 50%, el precio de compraventa ascendería a 80.000 €.

El precio de la compraventa debe destinarse a liquidar el préstamo hipotecario para que lo compren libre de cargas, si bien se tendría que analizar si ustedes también son prestatarios.

Sin más, reciban un cordial saludo

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Apreciada Inma,

Debo informarle que el proceso de negociación ante una extinción de condominio no está previsto por ley; de hecho, ni siquiera en una sede judicial se tiene el amparo de que exista un texto normativo que regule con la exhaustividad necesaria cómo haya de realizarse esa venta judicial, fuera de las apelaciones a la posible venta de común acuerdo o por árbitros o amigables componedores; pero ante la falta de acuerdo, es evidente que las normas a utilizar son precisamente las de la Ley de Enjuiciamiento Civil para el procedimiento de apremio pero adaptadas al fin que realmente se persigue.

Con todo ello quiero manifestarle que no estamos ante una materia en que las cosas estén suficientemente reguladas por ley.

Los abogados lo que sí tenemos claro es que si ustedes no llegan a formalizar dicho acuerdo y llegan a pública subasta, la consecuencia es que la división de la cosa común no perjudica al Banco hipotecante, quien según lo que dispone el art. 405 Código Civil, «conservará los derechos de hipoteca […]» .

Se impone al adjudicatario de la vivienda en subasta la subsistencia de las cargas o gravámenes anteriores, subrogándose en la responsabilidad que de ellos se deriva, no en la deuda que origina semejante responsabilidad, lo que significa que ustedes estarían sin casa pero seguirían obligados al abono del préstamo hipotecario.

Debido a todo ello, las negociaciones se enfocan desde el escenario de venta a terceros, es decir, que del precio que ofrece ese tercero, ustedes pagarían a la entidad bancaria y el resto se repartiría en función de los porcentajes de copropiedad.

Lo único que le puedo indicar es que es un tema de negociación que lo hagan de una de las formas que nos ha expuesto en la consulta, no un tema de ley.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Estimada Greta,

Con la información que nos aportas se puede conseguir una financiación del porcentaje que necesitas, entre el 80% y el 85%. A pesar de ser no residente fiscal, sus ingresos los percibe en moneda euro, y  su segmentación en las entidades financieras en Banca Personal y la posibilidad de movilidad geográfica, además del arraigo por ser española, hace que se pueda llegar a la financiación deseada.

En Ibercredit estaríamos encantados de ayudarle en la financiación de la vivienda que desea.

Santiago Cruz, CEO en Ibercredit Consulting Hipotecario

Estimado Ximo,

En este momento tu condición de funcionario de carrera, con independencia de la antigüedad del nombramiento, te permite poder acceder a una financiación al 100% de valor de compra siempre y cuando la tasación, que tiene que ser realizada por una compañía homologada por el Banco de España, valore el inmueble al menos en el mismo importe.

Por tanto se podría llegar a una hipoteca de 120.000€, y valdría la tasación realizada por tu banco. Para la concesión de esta cifra la cuota mensual no puede superar el 35% de tus ingresos netos mensuales, que por tu escala de funcionario los superas.

Si deseas ampliar la información, en Ibercredit estaríamos encantados de poderte ayudar.

Santiago Cruz, CEO en Ibercredit Consulting Hipotecario.

Buenas tardes,

En primer lugar gracias por compartir su experiencia con nosotros.

Por nuestra parte solo podemos añadir que, respecto a los productos vinculados en los préstamos hipotecarios, no existe la obligatoriedad legal de mantenerlos, puesto que si una vez analizadas dichas vinculaciones vemos que es más caro el pago de dichos productos que las bonificaciones que nos pueden reportar en el tipo de interés es conveniente darlos de baja y, si quieren esa tipo de producto, contratarlos con quien libremente se elijan.

Reciba un cordial saludo.

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Teniendo ahorros, y teniendo un contrato temporal, si que hay entidades con las que se pueda conseguir una hipoteca, eso sí, siempre sin superar el 80% del precio de compra. Si necesitáramos más del 80% del precio de compra, va a ser necesario que contemos con avalistas con estabilidad laboral, y será difícil superar el 90% del precio de compra.

La estabilidad laboral es uno de los requisitos principales a la hora de hipotecarse, pero la banca, no toda, también premia con hipoteca a aquellos perfiles con menos estabilidad laboral, pero que pueden demostrar que han sido capaz de ahorrar a través de su trabajo, aunque no tengan un contrato indefinido. Es decir el requisito principal si no eres indefinido en el trabajo, es que tengas y puedas demostrar capacidad de ahorrar.

Eso si, indicarte, que este tipo de operaciones es difícil las encuentres a través de los canales tradicionales, y deberás acudir a un intermediario de crédito con solvencia y experiencia, para que te pueda ayudar, figura cada vez más usada por el consumidor.

Ricardo Gulias, Director General de RN tusoluciónhipotecario.

Encantado, Susana!

Imagino que te refieres a la noticia de Ultima Hora titulada “Los baleares tendrían que cobrar 576 euros más al año para no perder poder adquisitivo“.

La inflación, aumento generalizado de precios en una economía, podemos verla como la temperatura de un cuerpo vivo: hay una temperatura normal (inflación no superior al %, en la economía europea actual), situaciones de hipotermia (cuando se acerca peligrosamente a 0 o en zona negativa) y de fiebre (cuando supera el 2%).

La hipotermia inflacionaria tiene que ver que cuando los precios de los productos y servicios de la economía tiene a cero o baja, de forma generalizada, empresas y familias tienden a postergar sus decisiones de compra e inversión. Eso provoca el circulo vicioso de menos ventas, despidos de trabajadores y volver a empezar, simplificando mucho.

La fiebre tiene que ver con un incremento sostenido y relevante de los precios, que provoca una dificultad de las familias para comprar o invertir, a la vez que pude reflejar un incremento de los costes de las empresas (por ejemplo, si la inflación se debe a un aumento del precio de la energía). Los trabajadores exigen aumentos de sueldo que compensen la inflación, las empresas acaban trasladando este incremento de costes laborales a precios y, nuevo círculo vicioso. Eso sin contar que, en el caso de España, un aumento del IPC acaba suponiendo incremento de costes del sistema de pensiones, ya de por sí muy tensionado.

El IPC refleja en incremento de los precios de una cesta de bienes y servicios supuestamente representativa del consumidor medio. Pero en absoluto es el “IPC de Illes Balears” o el “IPC de cada familia”. Así la tasa de variación anual del IPC de junio de 2021 se sitúa en el 2,7%, mientras que el Illes Balears es del 3,2%.

Un sueldo de 1.500 euros debería subir a 1.540,50 euros para compensar la inflación del 2,7%, de junio de 2020 a junio de 2021 (media española). En Illes Balears, en cambio, el sueldo de 1.500 euros debería aumentar a 1.548 euros, 7,5 euros más. De no ser así, perderíamos, en términos de capacidad de compra, 90 euros en comparación a la media española. Situación que se debe, entre otros factores, a los costes de la insularidad y de vivir en un destino turístico, que provoca precios mayores, acompasados a su mayor poder de compra.

Manuel Jesús,

Te recomiendo hacer una consulta a tu asesor fiscal antes de plantear una operación inmobiliaria.

Dicho esto, por la venta del local vas a tener una ganancia patrimonial que tributará en el IRPF, sin exención fiscal por reinversión (esta figura solo existe cuando se vende una vivienda habitual y el total obtenido se reinvierte en la compra de una nueva vivienda habitual).

saludos.

Si tiene licencia bancaria en algún país europeo, entiendo que sí. ¿Nos podrías decir con qué banco se firmó el préstamo hipotecario?

Como información actualizada sobre las hipotecas de ING, hace pocos días la entidad financiera ha rebajado el precio de sus préstamos hipotecarios. Así tenemos las siguientes condiciones:

  • Hipoteca Naranja variable: Euribor + 0,89% nominal (rebaja de 0,10 puntos porcentuales respecto a los tipos anteriores), 2,65% TAE variable. Contratando seguro de hogar, seguro de vida y domiciliando nómina. Si no queremos vinculaciones, el tipo nominal queda en Euribor + 1,69%, TAE del 2,83%.
  • Hipoteca Naranja fija: 1,50% nominal a 25 años, TAE del 2,17%, contratando seguros de hogar, vida y domiciliando la nómina. Sin vinculación se encarece a 2,30% nominal, 2,32% TAE.
  • Hipoteca Naranja mixta: tipo de interés fijo del 1,25% nominal los primeros 10 años y Euribor + 0,89% el resto, con revisión semestral. Tae del 1,93% con seguros y nómina. Si no pasamos por el aro de los seguros, la hipoteca empeora a un fijo del 2,05% los primeros 10 años y un variable de Euribor + 1,69% en adelante (2,07% TAE variable).

Algunos comentarios sobre las hipotecas ING

Si eres funcionario o tienes un perfil de solvencia y ahorros importantes, hay mejores hipotecas. Puedes solicitar información sin compromiso a los brokers hipotecarios seleccionados por Futur Finances rellenando un sencillo formulario de contacto. También puedes comprobar en nuestro ranking de mejores hipotecas a julio de 2021 en qué posición está ING respecto a sus competidores.

ING sigue siendo una de las entidades financieras más competitivas en España, principalmente a tipo variable. A tipo fijo, tipo de préstamo que no ofrecía hasta hace poco, no es ni de lejos la mejor opción del mercado. Y las hipotecas mixtas no nos gustan; para ser interesantes, deberían ofrecer un esquema de tipos al revés: los primeros años variable, para después pasar a un tipo fijo.