Buenas tardes. En primer lugar, con respecto a la deducción general por vivienda habitual, no tiene derecho a esta al ser una compra posterior al 31 de diciembre de 2012. Lo que puede que ocurra es que la Agencia Tributaria consigne los datos sin conocer que la compra fue anterior o realizo pagos a cuenta de la vivienda habitual en la declaración de 2012 o anteriores. Por tanto no debe incluirlo. Si lo incluye si puede afectar de forma importante a la declaración ya que estaría deducciendo el 15% de las cantidades aportadas hasta un máximo de 9.040 euros. Pero como le he comentado, en deducción general, no tiene derecho.
Eso sí, compruebe si lo tiene en deducción autonómicas o si lo prefieren indíquenos su comunidad autónoma. Son deducciones menores y que solo se activan a determinados colectivos o situaciones (por ejemplo menores de 35 años o compras en zonas rurales), su importe es más pequeño pero puede afectar positivamente a su declaración.
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