Ya hemos visto alguno de los problemas endémicos de nuestro marco laboral. Veamos ahora algunas reformas que proponen los expertos y las reformas tomadas por nuestros políticos.

Si bien quiero poner especial énfasis en que la crisis se ha iniciado en el ámbito financiero y ninguna culpa debe ser achacada a los trabajadores (lo máximo, sobreendeudarse por encima de sus posibilidades), esta evidencia no debería haberse utilizado por los agentes sociales como argumento para no reformar una legislación laboral que no crea empleo suficiente en época de bonanza y lo destruye demasiado rápido en épocas de crisis.

El problema es que si bien acepto que la reforma rebaja derechos de los trabajadores, se debería puntualizar que se rebajan derechos de los trabajadores indefinidos con antigüedad en el empleo (los que se vienen a llamar insiders). Lo que ocurre, y en eso parece que los sindicatos no tenían nada que decir, es que los parados, los trabajadores temporales y determinados sectores laborales mal situados o outsiders (jóvenes y mayores, principalmente) tienen derechos. Y el principal es el derecho a poder trabajar y ganarse la vida.

En pocas palabras: Los trabajadores deben tener un marco legal que ampare sus derechos, pero el primer derecho a proteger es el de poder obtener un trabajo digno.

Interesante para entender el comportamiento de sindicatos y gobierno al respecto de la regulación laboral es el artículo de Juan J. Dolado, Floretino Felguero y Marcel Jansen en Papeles de Economía núm. 124, que concluye que la dinámica de representatividad sindical, en base al número de delegados sindicales, hace que su supervivencia dependa de los insiders, colectivo al que defienden (a pesar de que los estamos financiando entre todos).

En cambio para el gobierno dejar sin atender a los outsiders cada vez más numerosos puede significar una debacle electoral inasumible. ¿No se siente uno un mero peón en el tablero de ajedrez al que juegan los poderosos? (e incluyo en este grupo a los sindicatos, también).

Veamos dónde falla el marco jurídico laboral y qué medidas podrían tomarse:

1.- Precariedad en el empleo, con una tasa de empleo temporal muy alta.

Si bien se han ido estableciendo mecanismos dirigidos a forzar la conversión de temporales en indefinidos y eliminar los incentivos para las empresas, la realidad es que no se ha conseguido restringir el papel de los contratos temporales en la economía. Varias son las razones que podrían explicar este fracaso:

 

  • Jurídicamente no se ha delimitado de forma cerrada los supuestos en que se puede y no se puede utilizar contratos temporales, en especial en los de obra y servicio, cuyas causas están formuladas de forma general y abstracta en lugar de utilizar numerus clausus (lista cerrada). Además la interpretación de los tribunales que es admisible como causa para utilizar el contrato por obra o servicio de la subcontrata respecto a la atención a una contrata o concesión tiene un peso importante en este tipo de contratación. Finalmente, el instrumento que tiene el trabajador para combatir el uso indebido de contratos temporales, con una indemnización por despido, pierde su carácter disuasorio y no es muy útil para el trabajador, que debe correr con los gastos procesales de reclamarla.
  • En el mercado laboral se usan contratos temporales en lugar de contratos a tiempo parcial. Seguramente el problema no es de regulación, más bien de el acceso de las Pymes a un asesoramiento de calidad al respecto de las posibilidades en materia de contratos a tiempo parcial.
  • Hay factores de cultura empresarial, acostumbrada a la flexibilidad que les da la contratación temporal. Y hay que entender que las empresas maximizan beneficios y minimizan costes. O se les incrementan los costes efectivos de contratar temporales o se les rebajan los costes asociados al contrato indefinido.

2.- Costes asociados al despido:

Para que una empresa contrate un trabajador indefinido tiene que serle más rentable que contratar un temporal. La rentabilidad se consigue aumentando los costes que le supone a la empresa el temporal o disminuyendo los costes del contrato indefinido, cuyo paradigma es el coste del despido.

Despedir tiene un coste monetario y un coste asociado a la incertidumbre en cuanto a sus causas. Se trata de incidir en este coste con medidas en los dos sentidos. Curiosamente la reforma laboral se centra en las necesidades de las grandes empresas, que pueden permitirse tener plantillas numerosas y pagar las indemnizaciones que quieran. Si quién realmente crea empleo en España es la Pyme y la microPyme, sería lógico que la reforma se adaptara a sus necesidades.

3.- Negociación colectiva y falta de flexibilidad interna:

Los convenios colectivos no están resultando un instrumento que combine adecuadamente los derechos del trabajador y la creación de empleo. La burocratización de la negociación y la ausencia de reperesentación de las Pymes y microPumes en ella puede ser una de las claves.

Mañana veremos lo que la reforma ha modificado y si trata de solventar los problemas mencionados. Podemos avanzar que uno de los principales problemas de la normativa laboral, su falta de adaptación a los diferentes tipos de empresas y concretamente a las pequeñas, que son las que emplean a la gran mayoría de trabajadores, no se ha visto modificada por la reforma.

Día 9 pasado el Parlamento ha dado vía libre a la reforma laboral introduciendo 70 enmiendas al inicial Real Decreto.

Podremos pensar que la reforma es demasiado dura para los derechos de los trabajadores o se queda a medias, lo que no se puede entender es oponerse a reformar un marco laboral que no funciona adecuadamente.

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La típica pregunta cargada de demagogia barata, ¿verdad?

Claro que sirven de algo los políticos, los buenos políticos sirven de mucho. Siempre he defendido que cobran poco respecto a su responsabilidad y complejidad laboral. Los buenos, digo.

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Estamos disfrutando de unos tipos de interés muy bajos (lo cuál ya sabemos que a muchos endeudados de poco les sirve si alguno de la familia ha perdido el trabajo), pero no hay que pensar que esta situación económica durará para siempre.

Mi humilde opinión es que no hay que esperar subidas dramáticas del euribor de momento, dado que la política monetaria del Banco Central no está por la labor de subir tipos aún, pero ya nos podemos ir haciendo la idea de que la cuota de nuestra hipoteca irá subiendo a medida que se vayan revisando los tipos.

Este mes de agosto verá cerrar el Euribor a doce meses al 1,42 %,  elevando el precio de la mayoría de hipotecas por primera vez desde el mes de noviembre de 2008.

La subida es muy moderada, de unos 6 euros para una hipoteca de 150.000 euros a 25 años (con euribor+0,80), pero recomiendo hacerse la idea de que se está pagando el mínimo de hipoteca, por lo que hay que mantener ajustado el presupuesto familiar para que pueda absorber futuras subidas de este importante pago mensual.

Leo esta mañana en el Diario de Mallorca, con profundo pesar, que desde el año 2005 la actividad industrial se ha reducido un 28%, si nos fijamos en el Índice de Producción Industrial, caída superior a la de cualquier otra de las CC.AA.

El calzado, la industria agroalimentaria, el textil, la industria naval, el metal, la industria del vidrio o de la perla y la bisutería, entre otras industrias, pierden actividad y empleos.

Si nos fijamos en la EPA, del año 2005 a la actualidad se ha pasado de 74.000 empleados en industria a unos 37.600, 26.400 personas menos trabajando en este importante sector económico.

Con este panorama, el pequeño comercio con cifras muy malas de ventas y la construcción en caída libre, sería hora de que el poder político y económico se pusiera a trabajar para que la economía de las Illes Balears tenga algún futuro. O ¿se creen que nos bastará con el turismo?

Quién te ha visto y quién te ve, Balears.

Una obviedad, ¿verdad?

Pues parece que no para todo el mundo. Leo que el músico argentino Andrés Calamaro se ha despedido de sus más de 100.000 followers en Twitter con las palabras “un coro de subnormales” y “rebaño de boludos con blackberry” en su blog (en el cual ya se nota que no entiende mucho el mundo de la red social, ya que ni se pueden dejar comentarios ni se pueden enlazar los posts individualmente).

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No el tradicional, ese de papel que se presenta en las entrevistas tradicionales de trabajo y que casi nunca dice nada ni sirve de mucho más que de formalidad laboral. La vitalidad es la del curriculum 2.0, una entelequia viva y en constante evolución.

El curriculum 2.0 es todo lo que consta en nuestro curriculum 1.0 (estudios, trabajos y demás) y lo que escribimos en el blog personal o profesional,  los comentarios que hacemos en otras webs o blogs, los vídeos que colgamos en Youtube, las diapositivas que compartimos en Slideshare,  nuestros perfiles  en redes profesionales y sociales y todo lo que hacemos en la Red.

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Leyendo un post en Bitacoras.com sobre qué debe hacer un blogger si recibe una petición para eliminar algún contenido de su bitácora, me han surgido varias dudas en referencia a la aplicación de la normativa en protección de datos de carácter personal y la actividad de los bloggers.

Buscando en el Oráculo de Google, me he encontrado con un par de posts sobre esta temática. Para ayudar a los bloggers que me lean, les recomiendo revisen y apliquen la Guía legal para blogueros y podcasters (PDF) de Derecho en Red.

Para responder a la pregunta de si es posible tener un blog y firmar anónimamente, primero responderemos a una previa:

¿Estoy obligado a cumplir con la LOPD si soy un bloguero aficionado y mi blog es personal?

Depende:

  • Si la temática del blog es meramente personal, en el sentido de que se tratan temas del ámbito personal y doméstico del bloguero, al estilo diario personal en forma de blog, en principio no. Pero si se permiten los comentarios o se puede uno suscribir por email, ya se está sujeto a la LOPD.
  • Si hay publicidad en el blog, el blogger se considera un prestador de servicios de la sociedad de la información y debe cumplir con la LSSI en lo que le afecte.
  • En principio el bloguero es un responsable de fichero en cuanto a la información publicada en el blog y los comentarios, y debe inscribirse en la Agencia Española de Protección de Datos y cumplir con el resto de obligaciones de esta normativa.

¿Puede un bloguero de un blog con publicidad o que deba cumplir con la LOPD (yo diría que más del 90% de blogs) ser anónimo?

La respuesta, en base a mi criterio profesional, es que NO.


No puede firmarse un blog de forma anónima.

La razón estriba en que la LSSI y/o la LOPD obligan al bloguero a informar a los comentaristas y lectores de:

  • La existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal (y se debe declarar ante la Agencia Española de Protección de Datos) de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
  • La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
  • La identidad y dirección del responsable del blog.

¿Eres un blogger anónimo o no cumples con el resto de obligaciones de la LOPD?

La Agencia puede sancionarte de oficio o si algún comentarista te denuncia.

Te recomiendo encarecidamente te asesores debidamente por un profesional y no esperes ni un momento a cumplir con esta legislación.

Encuentro un recomendable post en una recomendable web (Ayuda Ley Protección de Datos) sobre LOPD que responde a esta pregunta y a las más general, que sería:

¿Se pueden enviar comunicaciones comerciales no solicitadas a empresas cuyos datos procedan de fuentes accesibles al público?

En este blog ya hemos tratado el tema. En Ayuda Ley Protección de Datos nos hacen un resumen muy útil del tema:

  • Envío postal a empresa: permitido en cualquier caso. No le afecta la LOPD por no tratarse de datos de carácter personal, ni la LSSI al no ser un envío electrónico.
  • Envío postal a particular: permitido con condicionantes (se deberá cumplir con el deber de información al afectado a que hace referencia el artículo 45.2 del Reglamento, informar que el origen de los datos procede de fuentes accesibles al público, de la identidad del responsable del fichero, de que tiene el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, etc).
  • Envío electrónico a empresa o particular: no permitido sin consentimiento previo, ya que al ser electrónico el envío se regula por la LSSI y en ésta no existe el concepto de fuentes de acceso público.

Leo en Meneame el supuesto caso (actualización 11/08/2010: acerté al sospechar, es un Hoax, si bien no desvirtúa el contendido de este post) de una empleada que abandona su trabajo harta de sentirse menospreciada por su jefe Spencer. Os recomiendo ver y leer las fotos por qué no tienen desperdicio. La traducción, si la necesitáis, está en el comentario 8 del enlace de Meneame.

Básicamente, se va al saber que su jefe, además de tratarla despóticamente y olerle mal el aliento (señores, pidan a su familia que le diga la verdad en pos de una saludable jornada laboral con los suyos), considera que una de sus mayores cualidades es estar buena. Daría risa si no fuera tan triste y tan común, me temo. No es que encontrar bonita a una compañera o empleada o jefa sea malo, lo malo es usar esta percepción para minusvalorar las cualidades de una profesional.

En la misma línea, no de belleza femenina, sino de un profesional que se ha marchado de una empresa por la incapacidad directiva de su responsable, leí un post explicando su vivencia de un buen amigo (está en catalán, aconsejo Google traslator en caso de no entenderlo, vale la pena).

No voy a polemizar por polemizar, yo soy un empresario humilde y tengo mis virtudes y defectos laborales como todo el mundo. No se trata de atacar al colectivo de directivos ni hacer populismo bloggero barato.

Lo que ocurre es que uno, si dirige personas y gestiona recursos, tiene una responsabilidad que no puede olvidar. De su capacidad de gestión, de coordinar equipos humanos, de su involucración en la empresa y en sus habitantes (socios, directivos, empleados, proveedores, clientes) depende no sólo su sueldo o beneficio, sino las personas y sus sueldos y bienestar.

Un directivo inútil puede llevar a la ruina una empresa y mandar a sus empleados a la calle, a los socios arrebatarles el valor de las acciones, a sus proveedores obligarles a ajustar sus plantillas y a los clientes dejarles sin servicio, entre otros damnificados.

No digo que para ser directivo haya que ser un genio, ni mucho menos. Ni que se haya que tener un carácter exquisito y una inteligencia emocional a prueba de bomba. Lo que si digo es que si uno tiene intención de dirigir personas y recursos, debe ser disciplinado, serio, voluntarioso, disfrutar de su trabajo y de trabajar con los demás, formarse cada día en las habilidades técnicas que requiere su puesto y en las emocionales que se necesitan para mandar. En pocas palabras, ser un jefe y no un gañán empresarial.

Los emprendedores arriesgan su dinero e invierten su tiempo para, si la cosa funciona, obtener un beneficio. No basta, para poder apropiarse del beneficio que genera su empresa. Hay que dar más, crear un ambiente de trabajo productivo y sano en que sus empleados se sientan bien. La responsabilidad social ya no debería ser un plus, en una sociedad interconectada y social como la que empezamos a vivir, crear empresas humanas será una condición necesaria para sobrevivir empresarialmente. O eso espero si queremos ser un país competitivo.

A los vagos, a los manipuladores, a los arrogantes, a los engreídos, a los aprovechados, a los déspotas, a los ignorantes, a los irresponsables y demás, les ruego no se dediquen al mundo de la dirección. Sobran.