La red es un mundo que, bien usado, no para de dar sorpresas. En esta ocasión comentaré un gesto que me ha llenado de orgullo; Jose Sande, profesor de economía de IES, consultor de la UOC y CEO de Compartiendo Conocimiento me ha mandado una serie de cómics sobre economía a casa.

Es una iniciativa didáctica de primer nivel, con una calidad en el texto y en el dibujo que me han impresionado muy positivamente.

El primer cómic de la serie es Economía en 1/2 hora.

Un economista entrado en años, al que conocemos en un primer momento enseñando con el bastón modales a un gamberrete, al estilo Jean-Claude Van Damme en The Quest, enseña a una chica las bases de la economía.

En definitiva, la economía es la ciencia que estudia los recursos finitos y su distribución. Cualquier elección conlleva una renuncia. Y la elección de un economista, basada en una racionalidad que compartimos con las ratas, utiliza el análisis coste-beneficio, ya que nada es gratis aunque lo pueda parecer.

Un gran trabajo el de José Sande y Carlos Calvo, que seguiremos comentando en próximas ocasiones.

No creo que la propuesta que formuló CIU al Congreso de los Diputados se la creyesen ni ellos, con todos mis respetos a la formación. En el sistema jurídico español el préstamo hipotecario es una deuda personal de su titular y la vivienda una garantía real para el banco.
Si me preguntan si es justo que una familia pierda su casa por no poder pagar la hipoteca, les diré que no. El sistema financiero español, a mi humilde entender, adolece de mecanismos de regulación para evitar situaciones dramáticas que tienen solución.
Pero la solución no es cargarse la seguridad jurídica de una institución como es el préstamo hipotecario. En este caso podríamos decir que “el infierno está empedrado de buenas intenciones“; en términos más económicos, cambiar radicalmente la regulación civil y mercantil del préstamo con garantía hipotecaria provocaría graves efectos perversos, concepto que hace referencia a que una medida aparentemente positiva acaba creando unos efectos indeseados e inesperados. Algunos de los efectos perversos de cambiar la legislación española al sistema de EE.UU. serían:

  • Colapso del sistema financiero español, al dispararse la morosidad (mucha gente devolvería su vivienda sin pensárselo), incorporar en sus balances activos depreciados y cerrarse definitivamente el mercado internacional a la banca española (hay miles de millones de títulos emitidos con garantía de hipotecas). El derrumbe de la banca puede atraer a algunos, pero no olvidemos que nuestros ahorros y pensiones forman parte de esta institución.
  • Aumento del interés pagado por colocar bonos (y necesitamos financiación si queremos evitar nuestra quiebra como país). Y los intereses los pagamos nosotros y nuestros hijos.
  • Cambio integral del mercado hipotecario, que aumentaría los precios de las hipotecas a niveles inasumibles, haría caer el precio de la vivienda aún más con el consecuente efecto sobre la economía en su conjunto.

La lista no acaba aquí, pero se puede intuir unos efectos bastante catastróficos en una medida aparentemente positiva. Un marco jurídico estable que no dependa de la coyuntura económica o política es vital para que los delicados mecanismos económicos funcionen adecuadamente. Los cambios bruscos tienden a quemar el motor.

Leer más: Con la entrega de la vivienda no se cancela la deuda

Aprovechando que el fin de año cada vez está más cerca, en Bankimia comentamos el ranking de las 10 preguntas y respuestas más visitadas en el 2010, cuya respuesta dan sus expertos independientes:

  1. ¿Se puede reclamar al banco que encarga la tasación y después deniega la hipoteca?
  2. ¿Cuál es la mejor opción para solicitar una hipoteca para reformas?
  3. ¿Por qué siendo funcionaria no me aprueban la hipoteca?
  4. ¿Existe alguna hipoteca para comprar un terreno y construir una nueva vivienda si aún no he vendido mi piso?
  5. ¿Cuáles son los gastos de una subrogación de una hipoteca del promotor?
  6. ¿Puedo comparar hipotecas en base a la cuota inicial?
  7. ¿Hay bancos que conceden el 80% del valor de tasación?
  8. ¿Se puede obtener una hipoteca para comprar un terreno con una casa de aperos?
  9. ¿Me conviene cambiar una hipoteca variable a otra fija?
  10. ¿Se pueden contratar los seguros con una entidad distinta al banco al que le solicitamos la hipoteca?

Las 10 preguntas sobre hipotecas más visitadas en el 2010

Esta semana nos deja dos entradas en Actibva de temática muy diferente.

Por una parte hablamos de Bruce Bueno de Mesquita y su modelo matemático basado en la Teoría de Juegos, que le permite predecir el futuro en cuanto a las decisiones que tomarán determinados grupos en base a las estructuras de poder e intereses de cada uno.

Muy interesante ver como arreglaría el conflicto palestino-israelí: con turismo.

Predecir el futuro mediante la teoría de juegos

También hablamos del Banco Central Europeo, cuyas funciones principales son:

  • La principal es definir la política monetaria de la zona euro.
  • Realizar operaciones de cambio de divisa, pudiendo intervenir en el mercado de forma unilateral o con la colaboración de los bancos centrales para controlar la cotización del euro.
  • Posee y gestiona las reservas de divisas de los países del euro.
  • Velar por el buen funcionamiento de los sistemas de pago.
  • El BCE es quién autoriza de forma exclusiva de emisión de billetes de euro. La fabricación de los billetes es función de cada banco central nacional, que tiene un porcentaje asignado de la producción anual y corre con los gastos de fabricación.
  • Confeccionar estadísticas.
  • Garantizar la estabilidad financiera de la zona y supervisar el buen funcionamiento las entidades de crédito.
    Cooperación internacional y a nivel europeo.

El Banco Central Europeo: la política monetaria común

Tal vez mejor sería haber titulado la entrada «resumen de la crisis padecida por los ciudadanos por el abandono masivo del puesto de trabajo de los controladores aéreos«, pero suena demasiado largo.

En este blog hemos hecho un seguimiento bastante intenso de la grave situación causada por la prepotencia e ignorancia de gran parte de los miembros de este colectivo tan peculiar. Digo prepotencia e ignorancia no porque protesten para defender sus derechos laborales, sino por hacerlo de forma ilegal y en el peor momento posible, además de darle al Gobierno todas las razones para destrozarles, encima arengados por la gran mayoría de ciudadanos.

Hago constar en acta que el que suscribe estos comentarios no es neutral al tema, ya que a mi me dejaron en tierra en El Prat durmiendo codo con codo con una pandilla de jóvenes roncadores profesionales en una butaca de bar. Pero comparado con los problemas graves que causaron a otras personas, lo mío casi puede definirse como una aventura de periodista aficionado.

La enfermedad imaginaria de los controladores precedió a la aprobación del RD-Ley 13/2010 esa misma noche, que entre otras lindezas permite al estado militarizar el control del espacio aéreo español.

Si se supone que USCA sabe lo que hace y paga a los mejores abogados, o esos mejores abogados no han cobrado lo suficiente o tienen un as en la manga que de momento no conocemos. Además la política de comunicación de los controladores fue patética, ya que una controladora de mi tierra (no es mi vecino, por suerte) cuyas palabras y foto disfrazada en su blog la asemejan más a mi idolatrada Carmen de Mairena que a una profesional del gremio, blasfemó para defender sus razones siendo de las pocas voces «autorizadas» en esos primeros momentos. Los pobres son casi esclavos obreros. Y algún sindicato despistado defendiendo esta «clase obrera».

Seguramente tengan parte de razón los controladores y detrás de todo haya una maniobra bien orquestada del Gobierno para privatizar AENA y tapar su mala gestión pública. Pero han sido tan paletos que le han dado todas las facilidades a Rubalcaba y los suyos para destrozar el colectivo. Se enfrentan a condenas con varios años de cárcel e indemnizaciones patrimoniales. Con estas cartas, el Gobierno «negociará» con ellos como le de la gana. Ya puede salir ahora Daniel Zamit, portavoz «pelo pantene» de USCA a intentar enmendar la papeleta. Era antes que debía hablar con los suyos.

La actuación de los controladores ha sido un secuestro en toda regla de unos ciudadanos que si que viven en sus carnes los efectos de la crisis. No me gusta nada el precedente de decretar el estado de alarma por conflictos laborales, pero este tipo de conflictos no debe poder volverse a producir.

Ahora toca reflexionar y trabajar para que nunca más tan pocos hagan tanto daño a tantos. No estoy en contra de tener un colectivo de controladores aéreos bien pagados y con buenas condiciones laborales. Pero si hace falta que sean considerados militares para evitar actuaciones de este tipo, tendremos que valorarlo. La huelga es un derecho constitucional sagrado; pero no vale para todo.

En cuanto al Gobierno, espero que aproveche esta situación para mejorar la gestión del control aéreo español, no para venderlo a empresas privadas por dos duros. Privatizar no siempre es sinónimo de gestionar mejor; depende de cómo se privatiza y quién se encarga del servicio.

Imagen | Alex Castellá

Si algo tiene en común la crisis económica, la separación de una pareja con una hipoteca común o la nueva fiscalidad de la vivienda a partir del año 2011 es que son situaciones malas a nivel económico y, en muchas ocasiones, a nivel emocional.

En Bankimia hemos tratado estos temas, deseando que la información sea de utilidad para el lector:

En el blog de Carrefour me han hecho una entrevista como responsable de contenidos en Bankimia, de la que me quedo la siguiente respuesta:

Lo que si deseo a todos los lectores de Carrefour (y a los de Futur Finances y a los de Bankimia y a todos los demás), con toda sinceridad, es que tengan trabajo en abundancia y correctamente pagado y una salud de hierro. Si algo es dramático en esta crisis, es el sufrimiento que está cargando en las clases más humildes. Y aliviar este sufrimiento debe ser el principal objetivo de todos los gobiernos europeos.

Entrevista a Pau A. Monserrat de Bankimia

¿Hay alguna forma de evitar perder la deducción por adquisición de vivienda habitual a partir de 2011?

La normativa contempla un caso en que se mantiene la deducción por adquisición de vivienda habitual sin necesidad de haber comprado antes de finalizar el 2010: La compra sobre planos y la auto-promoción (construcción de una vivienda propia). La rehabilitación o ampliación también están incluidas en este punto. Es importante tener claro que han de haberse satisfecho cantidades antes de 2011 por estos conceptos y que las obras han de terminarse antes del 1 de enero de 2015.

Otra medida bastante controvertida y de verdadera ingeniería jurídica sería firmar un contrato privado de compra-venta. No se trata de unas simples arras, o paga y señal. Para que este contrato tenga los efectos fiscales deseados, será preciso que se demuestre a Hacienda la entrega efectiva de la posesión de la vivienda. Se han de entregar las llaves, pagar el impuesto de actos jurídicos documentados y demás acciones que validen la efectiva transmisión real de la vivienda aparte del propio contrato privado. La escritura ante notario podría hacerse en el 2011.

Fin de la deducción por vivienda habitual en 2011

La separación de una pareja de por si es una situación vital traumática. Si además tienen deudas en común, los problemas crecen. Y si hay avalistas de la hipoteca de la pareja que se separa la crisis deja de ser de pareja para pasar a ser familiar.

El problema más típico es cuando los padres han avalado la hipoteca de los hijos para comprarse la casa y hay una separación. Personalmente siempre recomiendo que si avalan los padres de uno, también lo hagan los de la otra parte. la razón básica es que si después se separan los hijos, los problemas financieros son de ambas parejas, y se involucran todos en encontrar una solución.

Si la hipoteca no se paga correctamente, el banco puede intentar cobrar de los avalistas directamente, ya que responden exactamente igual que los titulares de la hipoteca, con todos sus bienes presentes y futuros.
Por tanto, el problema es familiar si hay avales por en medio, y en familia debe arreglarse el tema. Nada más lejos de la realidad pensar que por ser avalista primero irán contra la casa de los hijos.

Hipoteca y separación: preguntas y respuestas

Para poder estimar las posibilidades de que un banco nos conceda una hipoteca antes de solicitarla tenemos que conocer las bases del análisis de riesgo.

Uno de los puntos fundamentales que analiza todo director de sucursal o departamento de riesgos del banco es nuestra capacidad de reembolso: es decir, responder a la pregunta ¿nos podrá devolver este cliente el préstamo hipotecario?

Veamos qué puntúa positivamente y qué quita puntos:

  1. Historial crediticio: El banco mira la CIRBE, si estamos en algún registro de impagos (RAI o Asnef principalmente) y nos pedirá los últimos recibos de otros préstamos o el extracto de la tarjeta. Si tenemos otros préstamos y no tenemos dinero ahorrado, pocas posibilidades tendremos de conseguir la hipoteca. Con impagados, seguro que nos denegarán la hipoteca; primero debemos estar al día y después solicitar la financiación.
  2. Vida laboral: El resumen de lo que hemos cotizado a la Seguridad Social durante toda nuestra vida es una información vital para el director de sucursal. Lo que pero puntúa es tener muchos empleos diferentes temporales y largos periodos de desempleo. Determinados empleos no salen el la vida laboral, por ejemplo los militares o los funcionarios.
  3. Empleo actual: El contrato que más nos beneficia a la hora de contratar una hipoteca es el de funcionario y después el indefinido. Los temporales y los autónomos suelen tenerlo peor a nivel financiero. Si eres temporal en la construcción, actualmente tienes una cruz marcada en tu espalda.

Descubre si te concederán la hipoteca sin tener que esperar a la respuesta del banco

Debemos evitar comparar las hipotecas en función de la cuota inicial. Un error de principiante que puede costarnos muy caro.

En el caso de las hipotecas a tipo variable, que es el más utilizado, la TAE no es un dato demasiado fiable. Al darnos una TAE basada en una predicción de como evolucionará el euribor (u otro tipo de referencia), qué además no tiene en cuenta determinados seguros y productos asociados, este dato no es suficiente para decidir.

Hay que analizar por una parte que entidad financiera nos ofrece un menor diferencial más el euribor y por otra los productos asociados. Podría ser que una hipoteca aparentemente barata llevara tantos seguros o productos vinculados que al final fuera más cara que otra con un diferencial mayor.

Tampoco nos debemos dejar engañar por la cuota inicial. Cualquier hipoteca variable tiene un periodo en que se paga un interés fijo (entre 6 meses y un año), la cuota inicial no es lo importante, lo importante es analizar la cuota a la revisión, cuyo tipo de interés variará con el euribor más el diferencial pactado.

Criterios para comparar hipotecas

En Actibva hemos analizado dos organismos internacionales de enorme poder. Por una parte el Banco de Pagos Internacionales y por otra el Fondo Monetario Internacional.

Los objetivos expresos del FMI son “fomentar la cooperación monetaria internacional, afianzar la estabilidad financiera, facilitar el comercio internacional, promover un empleo elevado y un crecimiento económico sostenible y reducir la pobreza en el mundo entero”.

Los objetivos básicos del FMI son:

  • La prevención de las crisis del sistema: el FMI quiere mejorar su capacidad de evaluar los problemas sistémicos y adelantarse a las crisis. Hasta el momento la supervisión ha funcionado a nivel de países, pero se trata de conseguir intervenir eficazmente en las relaciones económicas entre países y en el sistema financiero internacional.
  • Capacidad de responder a las crisis: los préstamos en un futuro tienen que ser de un importe, cobertura y agilidad mucho mayores a los actuales. Se han efectuado ya pasos en esta dirección pero queda aún mucho trabajo que hacer.
  • Estabilidad en las reservas monetarias: las extraordinarias necesidades de liquidez de esta crisis han puesto en acento en la importancia que el FMI tenga capacidad de maniobra en este sentido, para evitar la tentación de las naciones de acumular reservas. También se evalúa propiciar un nuevo activo de reserva mundial (papel jugado principalmente por el oro).

El Fondo Monetario Internacional

El Banco de Pagos Internacionales (BPI) o Bank for International Settlements es una organización internacional que fomenta la cooperación financiera y monetaria internacionales y sirve de banco para los bancos centrales. No responde ante ningún gobierno y tiene la sede central en Basilea (Suiza).

Entre las funciones del BPI están:

  • Ser un foro cualificado que promueve la discusión y análisis de políticas financieras entre los bancos centrales y dentro de la comunidad internacional.
  • Ser un centro de investigación económica y monetaria.
  • Principal contraparte de los bancos centrales en sus transacciones financieras; es decir, garantiza las transacciones entre bancos centrales de los diferentes países y les permite compensar saldos.
  • Interviene en las las operaciones financieras internacionales.

BPI: el banco central de bancos centrales

En primicia os adelantamos el ranking de Wikio de blogs económicos para el mes de diciembre de 2010:

1 GurusBlog
2 El Blog Salmon
3 Nada es Gratis
4 Senior Manager
5 Finanzzas
6 Todo Productos financieros
7 Euribor
8 Cambio Euro Dolar
9 Como Ahorrar Dinero
10 Todo Fondos de Inversion
11 Gestión Pyme
12 Consultoría artesana en la red
13 deFinanzas
14 Acciones de Bolsa
15 Especulacion.org
16 Tarjetas de Credito
17 Seguros, el blog de los Seguros
18 Hipotecas y Depositos
19 Las Materias Primas
20 juanmarketing
21 IPC
22 www.IngresosAlCuadrado.com
23 Ahorro diario
24 Impuestos Renta
25 InvestorsConundrum
26 La bolsa por antonomasia
27 Zoomboomcrash
28 Dinero Experto
29 Fondos Cotizados – ETF
30 Forex Blog
31 IBEX 35: El blog del Ibex
32 analisis bolsa
33 Canguro Rico
34 Sondeo Economico
35 El secreto de las pymes que crecen
36 La Bolsa desde Los Pirineos
37 Blog Actibva
38 CMT Blog
39 CFDs Contratos por Diferencias
40 Futur Finances

Ranking financiado por Wikio

Es para nosotros una alegría ver que hemos remontado posiciones respecto al mes pasado, subiendo 5 lugares hasta la posición 40. Gracias a todos por ello.

Cuando escribí que el panorama en El Prat parecía una situación de guerra, no estaba exagerando demasiado.

Por primera vez en democracia, en Gobierno decreta el Estado de Alarma. Los controladores pasan a estar movilizados y en caso de no acudir a sus puestos de trabajo estarían incurriendo en un delito de desobediencia en base al Código Penal Militar. Concretamente dice su artículo 102:

El militar que se negare a obedecer o no cumpliere las órdenes legítimas de sus superiores relativas al servicio que le corresponde será castigado con la pena de tres meses y un día a dos años de prisión.
Si se tratare de órdenes relativas al servicio de armas, se impondrá la pena de seis meses a seis años de prisión.
Estos hechos, cometidos en tiempo de guerra, estado de sitio, frente a rebeldes o sediciosos o en situación peligrosa para la situación del buque o aeronave, serán castigados con la pena de diez a veinticinco años de prisión.
Si la desobediencia consistiera en rehusar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones militares, se impondrá la pena de dos años y cuatro meses a seis años de prisión y la pérdida de empleo.

En principio el estado de alarma se establece por 15 días y se recoge en el Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo.

El artículo 19 de la Constitución española reconoce a todos los españoles el derecho a la libre circulación por todo el territorio nacional.

La declaración de estado de alarma afecta, en todo el territorio nacional, a la totalidad de las torres de control de los aeropuertos de la red y a los centros de control gestionados por AENA. No es aplicable al resto del territorio, como es lógico.

Los Estados de Alarma, Excepción o Sitio están recogidos en la LO 4/1981. En cuanto al estado de alarma, la norma lo contempla en los siguientes casos:

  1. Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
  2. Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
  3. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
  4. Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

Durante el estado de alarma todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado por la declaración, los integrantes de los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas y de las corporaciones locales, y los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedarán bajo las órdenes directas de la autoridad competente (en este caso el Gobierno a delegado esta autoridad al  Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire) en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.

La declaración del estado de alarma podría acordar una serie de medidas que veremos a continuación:

  • Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
  • Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fabricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
  • Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
  • Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción.

En el caso que nos compete actualmente, las medidas adoptadas se limitan a AENA y sus controladores, no hay que asustarse. Concretamente se pasa a considerar a los controladores aéreos personal militar sometidos a las órdenes del Ejército del Aire.

Medidas muy duras, en consonancia con los efectos del chantaje de un colectivo que se ha puesto la pistola en la sien; por muchas razones justas que puedan alegar, la falta de criterio y respeto de esta acción y su penosa capacidad de comunicación ha puesto a la opinión pública totalmente en su contra.

Por mucho que alguna controladora pinte su situación como de semi-esclavitud, hay que felicitar a voces serias y cualificadas como Francisco Capellá.

Las cosas jamás serán lo mismo para este colectivo de privilegiados.

Pau A. Monserrat Valentí
Responsable de contenidos de Bankimia y editor de Futur Finances.

A pesar de que me han dejado tirado en Barcelona, he tenido que dormir en una butaca del bar y me caigo de sueño, no les deseo prisión. Pero unos cuantos despidos disciplinarios, no se yo.

Lo que han hecho los controladores en España es un secuestro del espacio aéreo en toda regla. Han paralizado miles de vuelos y han dejado en tierra la ilusión de mucha gente.

Los medios comparan esta situación con la que se enfrentó Reagan, en que el chantaje de los controladores acabó con decenas de miles de estos trabajadores en la calle.

¿Se enfrentan los controladores con enfermedades imaginarias a la posibilidad de pisar la cárcel?
A las 21:30 del viernes se publica en el BOE el Real Decreto que posibilita la intervención de Defensa en la dirección del espacio aéreo.

Poco antes de las 23:00h el presidente Zapatero firma la orden para que el Ministerio de Defensa tome el control de la navegación aérea en cielo español.

Aena informa a los controladores de que su chantaje puede ser sancionado con despido disciplinario e incluso sería posible que estuviese tipificado como delito de abandono de destino según el artículo 409 del Código Penal, que dice textualmente:

A las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público, se les castigará con la pena de multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

Las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad, serán castigados con la pena de multa de ocho a doce meses.

Otros medios van más allá y mencionan la posibilidad de que los controladores estén cometiendo un delito de sedición, recogido en el artículo 544 y siguientes del Código Penal:

Artículo 544.
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.


Artículo 545.
1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.


2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.

¿Pueden entonces ir a la cárcel?

No soy un penalista para atreverme a afirmarlo categóricamente, pero advierto a los controladores con enfermedades repentinas que la posibilidad está encima de la mesa.