Si os interesa conocer las entidades que pueden y podrán en un futuro emitir este plástico, los diferentes tipos de tarjetas y que hacer si uno las pierde, entre otras cosas, os invitamos a leer sobre el tema en el Blog de Actibva:

Tarjetas de crédito y débito: un producto financiero muy útil

El euribor de noviembre de este año cerró al 1,231%, un nuevo récord bajista.

Esta gran noticia, en cambio, no la notan los que buscan comprar una vivienda, al seguir las venas de la financiación colapsadas.

Veremos cuando se animan los bancos a cumplir con una de sus funciones básicas: canalizar el ahorro a la inversión.

Probablemente a partir de ahora veremos un euribor en moderado ascenso. La media provisional de diciembre, por ejemplo, está al 1,241%.

En el blog de Actibva hemos tratado la trascendencia para los herederos del aval personal de una persona que fallece.

Mucha gente no sabe que el aval se hereda y que, en el caso de impago de la hipoteca avalada, los herederos deberán afrontar el pago de la deuda pendiente si el deudor principal no paga debidamente.

Si os interesa este tema, os invito a visitar la entrada en Actibva:

El aval personal: consecuencias para los herederos

Siguiendo la iniciativa de otros muchos otros blogs y medios, como El Blog Salmón, Pymes y Autónomos, Enrique Dans o el País, nos unimos al:

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en Internet”

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

La Agencia Española de Protección de Datos ha emitido un informe jurídico, el 0511/2009 (PDF), sobre el nivel de seguridad aplicable a los datos que manejan los profesionales del asesoramiento fiscal y laboral.

Recomendamos su lectura a todos los profesionales de este ramo, si bien vamos a intentar resumir la información que nos parece más interesante:

1.- Nivel de seguridad de los ficheros de gestión de recursos humanos:

Se aplicará el nivel de seguridad básico siempre que los datos de salud tratados contengan exclusivamente:

La mera indicación del grado o porcentaje de minusvalía del afectado o de los miembros de su unidad familiar a los efectos previstos para el cálculo de las retenciones en la legislación reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La indicación del datos “apto” o “no apto” de un trabajador a los efectos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Los datos relacionados con las obligaciones impuestas al empresario por la legislación vigente en materia de seguridad social que se limiten a señalar únicamente la existencia o no de enfermedad común, enfermedad profesional o accidente laboral o no laboral, así como la incapacidad laboral del trabajador.

Si el archivo contiene más datos de la vigilancia de la salud o la enfermedad concreta del trabajador, se deberán tomar las medidas de seguridad de nivel alto.

Los datos de afiliación sindical serán de nivel básico si su finalidad es exclusivamente la detracción de la cuota sindical en las nóminas.

2.-  Nivel de seguridad de los ficheros relacionados con la asesoría fiscal de clientes que sean personas físicas (básicamente la información para confeccionar el IRPF):

Marcar la casilla de asignación a la Iglesia Católica en el IRPF se considera una información de nivel básico, al entender la AGPD que la decisión del contribuyente de asignar un porcentaje de la recaudación de sus tributos a la Iglesia Católica no revela necesariamente sus creencias.

En cuanto al tratamiento de datos de discapacitados en la actividad de asesoramiento fiscal operará la especialidad prevista en el artículo 81.6 del reglamento “También podrán implantarse las medidas de seguridad de nivel básico en los ficheros o tratamientos que contengan datos relativos a la salud, referentes exclusivamente al grado de discapacidad o la simple declaración de la condición de discapacidad o invalidez del afectado, con motivo del cumplimiento de deberes públicos.”

En cuanto a la deducción por aportaciones a partidos políticos y sindicatos la Agencia toma un criterio salomónico: Serán de nivel básico siempre que el justificante de esta aportación (el documento del partido político o sindicato) se guarde sin informatizar, solo en papel.

En definitiva, tanto los ficheros de gestión de recursos humanos y de asesoría fiscal normalmente deberán cumplir con las medidas de seguridad de nivel básico.

En especial, los efectos distorsionantes que tiene en el valor de tasación la existencia de un embalsamiento de demanda de inmuebles.

¿Es l valor de tasación verdaderamente una buena herramienta para estimar el valor de mercado y para proporcionar al banco un valor fiable de su garantía hipotecaria?

Os invitamos a leer en artículo en Actibva:

El valor de tasación y el valor de mercado de la vivienda en época de caída de precios

Este pasado viernes tuve el placer de asisitir a esta charla, sobre el mundo de la franquicia, organizada por el Imfof e impartida en la Càmera de Comerç de Mallorca.

Pablo Gutiérrez, socio director de Mundo Franquicias, es Licenciado en Economía y MBA por IEDE.

Destacaría:

1.- La forma de organización llamada franquicia se puede ver como una alternativa del pequeño empresario para poder competir frente a la oferta de las grandes cadenas. El pequeño comercio puede sobrevivir con este tipo de organización que crea unas sinergias en comercialización de producto, negociación con proveedores, gestión de estocks, etc a la que un empresario individual difícilmente puede alcanzar.

2.- El éxito de un empresario que quiere adherirse a una franquicia depende de que sepa elegir la franquicia que más se adapta a sus cualidades y que tenga capacidad de gestión. La franquicia no hace milagros, es una forma de iniciar un negocio con una velocidad mucho mayor y con un apoyo de medios (personales, materiales, organizativos) que un empresario individual no tiene.

3.- Hay que elegir con mucho cuidado la franquicia que mejor se adapte a nuestras habilidades y que no sea solo aire. Hay franquicias que no se han dedicado a crear una verdadera empresa con sus franquiciados, sino más bien vender su franquicia para cobrar el canon de entrada. Hay que informarse muy bien, solicitando toda la información relevante a la insignia (ver artículo 62.3 de la Ley 7/1996 y artículo 3 del RD 2485/98 que lo desarrolla y RD 419/2006 que lo modifica). Hablar con otros franquiciados y asesorarse por expertos en franquicia es otro de los puntos fundamentales.

4.- Revisar el contrato de franquicia con un abogado, economista o profesional del sector. Antes de firmarlo, evidentemente. Si los comerciales de la franquicia te dan demasiada prisa, tal vez no sea la mejor opción.

La falta de financiación bancaria a los nuevos franquiciados es una de las barreras actuales de entrada a este tipo de actividad (como en las demás, por desgracia).

Actualmente la franquicia representa un 10,67% de las ventas del comercio minorista en España, cuando en EE.UU. está sobre el 50%. Queda, por tanto, un largo recorrido a esta forma de negocio.

Iniciar un negocio con una franquicia requiere de un estudio previo de la franquicia, de los clientes potenciales de nuestra zona, de la ubicación del local y de nuestras capacidades como empresario. No olvidar que la franquicia puede ayudar, pero no lo hace todo.

Dubai pide un aplazamiento en el pago de la deuda de su holding Dubai World, lo que los mercados interpretan como una posible quiebra futura. Y la incertidumbre no es buena para los inversores.

Las extravagancias inmobiliarias de este país regado por los petrodólares se está cobrado sus primeras víctimas.

Se habla de entre 13.000 y 40.000 millones de euros de exposición del sector financiero europeo en este país.

El Ibex 35 cae en estos momentos un 2,67%, con todos los valores en rojo menos OHL.

Ya hace más de dos año, un ingeniero que había trabajado en este país musulmán me comento que se estaba fraguando un gran cataclismo en este país. En sus palabras, los jeques estaban destinando todo su dinero en construcción, pensando en hacer un paraíso turístico. Y me decía que sería un fracaso, por varios motivos:

1.- En este país un turista va una vez a ver las maravillas arquitectónicas pero no vuelve, entre otras cosas por que es un país donde no se puede beber alcohol fuera de los hoteles, con unas costumbres que no son precisamente estimuladoras del turismo.

2.- Uno paga con la cárcel el impago de sus deudas, con lo cuál en caso de dificultades de pago se van dejando sus bienes en el país.

3.- Los jeques no son precisamente unos empresarios emprendedores muy hábiles.

¿Un ingeniero ya lo decía, sin estudiar ni un índice económico, y los analistas bancarios no se habían enterado?

A mi me matan, los que se creen que los cerebros contratados por los bancos son los “más inteligentes”. Vivir para ver.

Tratamos sobre casos prácticos que se pueden dar al ordenar o recibir una transferencia:

¿Qué ocurre si nos equivocamos de cuenta o de nombre del titular?

¿Se puede volver atrás una transferencia?

¿Qué son las nuevas Entidades de Pago y qué pueden hacer?

Todas estas preguntas tienen respuesta en la entrada de Actibva.

En esta ocasión podemos ofreceros  una nueva colaboración de Gemma Garzón, que estamos seguro aclarará muchas dudas en cuanto a la disminución del valor de las viviendas en las tasaciones actuales:

Muchos se preguntan el porqué de la reducción en los valores de los informes de tasaciones hipotecarias; la respuesta radica en los parámetros y la normativa de valoración empleados, donde se recoge que para obtener el valor de mercado se tendrá que hallar comparables idénticos al bien a valorar, con mismas características de: superficie, estado de conservación, antigüedad, calidad constructiva, ubicación…

No siempre es posible que coincidan todos los parámetros por lo que se aplica unos coeficientes correctores para homogenizar cada comparable respecto al bien valorado.

Los comparables se obtienen de anuncios en prensa, internet, intermediarios inmobiliarios y particulares. Con lo que se obtiene el precio de venta de los inmuebles en el momento de realizar el informe de valoración; es obligado que los comparables sean recientes; por lo que debido a la depreciación actual de los precios de compra-venta se obtienen valores inferiores.

Se observa que no todas las zonas o tipologías de inmuebles se han devaluado por igual, a menos renta o calidad constructiva más depreciación se obtiene.

Por lo que se refiere a las valoraciones hipotecarias de inmuebles en régimen de VPO (Vivienda de Protección Oficial), si se aplica el precio real de mercado libre se obtiene, casi siempre, un valor inferior al que se obtiene de aplicar el módulo oficial vigente, con lo cual tendremos que esperar como actúan las entidades financieras con dicha diferencia, ya que hasta la actualidad el valor hipotecario es el del módulo oficial.

Por lo que la valoración de un inmueble va ligada al precio de mercado de compra-venta, que no significa que sea el precio final de transmisión que se inscribe del inmueble.

El internauta dispone de páginas webs donde nos pueden orientar sobre el precio actual del inmueble, como Preveo  o a través de técnicos especializados.

Gemma Garzón Martín