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Recientemente se ha anunciado la revisión catastral para varios municipios Españoles entre ellos Castellón, Oviedo, Terrassa y Madrid de 4.200.000 viviendas.

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Son muchas las noticias que surgen en estos tiempos, la última ha sido de nuestro presidente el Sr. Zapatero en su visita a los Estados Unidos donde afirma que la vivienda en España ha tocado fondo.

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La normativa que regula las franquicias (RD 201/1020) las define como:

aquella que se realiza en virtud del contrato por el cual una empresa, el franquiciador, cede a otra, el franquiciado, en un mercado determinado, a cambio de una contraprestación financiera directa, indirecta o ambas, el derecho a la explotación de una franquicia, sobre un negocio o actividad mercantil que el primero venga desarrollando anteriormente con suficiente experiencia y éxito, para comercializar determinados tipos de productos o servicios

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La semana que dejamos atrás deja en Actibva dos participaciones de este servidor, la subida del IVA y sus efectos sobre el coste de la vivienda y la entrada en vigor de la ventanilla única recogida en la Ley Paraguas y la Ley Omnibus:

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La media del euribor de este junio de 2010 acaba al 1,2813 %.

Lleva por tanto tres meses consecutivos de subida, al cerrar abril a 1,225 % y mayo al  1,249 %. Y lo poco que llevamos de julio está al 1,325%.

Parece claro que la época de euribor por los suelos ha terminado. Veremos si las predicciones de Marc Vidal se cumplen y acabamos el 2011 con un euribor al 4%.

Entre la tendencia al alza de las hipotecas, la reducción o eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual y la subida del IVA de la vivienda, lo de que tenemos derecho a una vivienda digna consagrado en la Constitución parece una broma de mal gusto.

Pau A. Monserrat
Web de Futur Finances

Nuestra colaboradora Gemma Garzón os responderá a vuestras dudas en el consultorio que Invertia abre para todos.

INVERTIA tendrá durante hoy jueves 17 de junio y mañana viernes, 18 un consultorio a disposición de todos aquellos que estén interesados en aclarar todas estas dudas. La encargada de responder a todas las cuestiones planteadas será Gemma Garzón, experta en tasación y perito judicial inmobiliario y lo hará a través de este nuevo blog de Invertia.

Esta semana y la pasada hemos hablado en Actibva de la exención fiscal por reinversión del importe de la venta de una vivienda habitual en otra vivienda habitual. El tratamiento del 2009, 2010 y a partir de 2011, si no hay modificaciones, es idéntico.

No pasa lo mismo con la deducción por adquisición de vivienda habitual, que desaparece para las rentas medio-altas a partir del año 2011.

Sería un error, desde mi punto de vista, haber tocado la exención, como escribo en el blog de Actibva:

Eliminar la deducción por adquisición de vivienda habitual es una medida dura, pero hacerlo con la exención por reinversión en una nueva vivienda habitual sería dramático. No poder deducirse las cuotas de la hipoteca como gasto deducible en el IRPF por adquisición de vivienda habitual puede suponer unos 1.800 euros anuales más que pagar al fisco, 54.000 euros en treinta años de hipoteca. Lo que ocurre es que es dejar de deducirse, no pagarlo. En cambio tener que tributar por la ganancia patrimonial de la venta de una vivienda habitual supondría pagar, en el caso de vender una vivienda que comprada por 100.000 euros más gastos en el año 2006 y vendida en el 2009 por 200.000 euros, casi 15.000 euros.

No se ha alterado, al menos de momento, la tributación de la reinversión en vivienda habitual a partir de 2011. Opino que se ha hecho bien en mantenerla, ya que tiene un claro sentido social. La vivienda habitual no es una mera inversión inmobiliaria, es un bien básico para las familias y su cambio no tiene una razón clara para ser gravado.

Leo en ABC la noticia de que este año los jóvenes (bueno, hasta los 40 años, que no se yo si estas edades son juventud, pero bueno) siguen pudiendo optar a la Primera Hipoteca, avalada (en la parte que supera el 80% de tasación) por el Govern Balear. Aparte de permitir que los mayores de 35 puedan acceder a esta hipoteca (hasta los 40 años), se crea una modalidad nueva que financia el 100% de las VPO.

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Muchos se preguntan el porqué de la reducción en los valores de los informes de tasaciones hipotecarias; la respuesta radica en los parámetros y la normativa de valoración empleados, donde se recoge que para obtener el valor de mercado se tendrá que hallar comparables idénticos al bien a valorar, con mismas características de: superficie, estado de conservación, antigüedad, calidad constructiva, ubicación…

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La Vivienda de Protección Oficial (VPO, también conocida como Vivienda con Protección Pública o Vivienda Protegida) es un tipo de vivienda de precio limitado y, casi siempre, parcialmente subvencionada por la administración pública española.

El objetivo de la VPO es favorecer que los ciudadanos con rentas más bajas puedan adquirir o arrendar viviendas dignas y adecuadas a unos precios asequibles a sus posibilidades.

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