Buenos días, contesto todos los puntos de esta interesante pregunta:
Punto 1, dejar de deducir. Así es, pero no solo porque vayan a declarar el alquiler (y sea más fácil de comprobar por la Agencia Tributaria), sino que desde que deja de ser su vivienda habitual pierde el derecho a deducción.
Punto 2, devolución de cantidades anteriores: No. No tendrá que devolverla ya que como indica en los datos que nos ha proporcionado ha vivido en ella el mínimo de 3 años que indica la normativa.
Punto 3, Sí, podra volver, con independencia de si es traslado o no forzoso. La Dirección General de Tributos y contesto en la resolución vinculante V2107-14 de 01 de Agosto de 2014 confirma la vuelta a la deducción siempre que dquiriera y practicara la deducción por la adquisición de la vivienda habitual antes de 2013.
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