Apreciado Álvaro. El escenario es el siguiente:
- Has heredado con tus hermanos un piso que todavía no se ha adjudicado individualmente.
- Quieres quedarte con el inmueble en propiedad plena, mediante extinción de condominio entre hermanos.
- A la vez, quieres que tu pareja adquiera el 50% del inmueble, pero ni ella es heredera ni actualmente vivís juntos en ese piso.
Te explico las claves jurídicas y fiscales de cómo podéis proceder.
1. Extinción de condominio entre hermanos:
La extinción de condominio es una operación habitual tras herencias en copropiedad. Si te adjudicas el 100% del inmueble compensando económicamente a tus hermanos, esta operación se considera extinción de condominio y tributa por AJD (Actos Jurídicos Documentados), no por ITP (Transmisiones Patrimoniales), lo cual es fiscalmente muy ventajoso.
Requisitos esenciales:
- Que el bien no sea divisible.
- Que la adjudicación se haga a un solo copropietario.
- Que exista una compensación económica justa.
2. Entrada de tu pareja en la propiedad:
Aquí está el aspecto más delicado: tu pareja no puede entrar en la extinción de condominio, porque no es copropietaria actual. La única forma legal y segura para que sea cotitular del inmueble es mediante una compraventa posterior:
- Primero: Escritura de extinción de condominio entre tú y tus hermanos, donde te adjudicas el 100% del piso.
- Después: Escritura de compraventa en la que vendes el 50% del inmueble a tu pareja.
- Esto implica dos escrituras y dos tributos:
- AJD por la extinción (más reducido).
- ITP por la compraventa del 50% (tipo general según comunidad autónoma, salvo bonificaciones o exenciones).
Si pensáis adquirir juntos una vivienda, podríais también contemplar hacerlo a través de una hipoteca conjunta si hay financiación de por medio. En ese caso, te recomiendo consultar a los brokers hipotecarios colaboradores de Futur Finances para estudiar la operación más adecuada:
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Un saludo,
Pau A. Monserrat, economista núm. 618 CEIB.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economía y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
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