Lo primero, os acompaño en el sentimiento.
En segundo lugar, os recomiendo acudir a un abogados especializado en herencias, que os asesore adecuadamente en todo el proceso.
Contestando de forma general (no tomes mis consejos como asesoramiento, solo como unas ideas generales básicas), en estos casos hay que analizar la herencia de los padres y la herencia del hermano.
Si vuestra madre era titular del préstamo hipotecario que solicito vuestro hermano (fallecido después), pero no actúo como compradora, estamos ante una donación encubierta por parte de vuestra madre a vuestro hermano, a efectos fiscales. Si han pasado más de 4 años, las posibles actuaciones de la Administración habrían prescrito. Al fallecer vuestra madre y aceptar los hermanos la herencia, que entiendo es el caso, asumisteis todos los bienes y derechos de vuestra madre, pero también todas sus obligaciones y deudas. Como explican en el blog del Banco de España, en este artículo, “Cuando fallece el titular de un préstamo hipotecario, la deuda pasa a formar parte de la herencia yacente y, una vez aceptada esta, se constituye como comunidad de bienes hasta que se acuerde la partición y adjudicación de la herencia.”
En otras palabras, lo supierais o no, al aceptar la herencia de vuestra madre aceptasteis la obligación de pagar el préstamo hipotecario del que era titular (que entiendo lo solicitó vuestro hermano para comprarse su casa).
La segunda parte, no aceptar la herencia de vuestro hermano, ha sido un despropósito, entiendo que causado por vuestro desconocimiento y ausencia de asesoramiento jurídico adecuado (o la existencia de otras deudas que no has explicado). Dado que ya eráis titulares del préstamo hipotecario de facto, al haber aceptado la herencia de vuestra madre, no tenía sentido alguno renunciar a la herencia de vuestro hermano, para al menos pasar a ser, también, propietarios de la vivienda hipotecada.
Entiendo que el daño ya está en buena medida hecho; de todos modos, acudid a un abogado que esté especializado en herencias.
Espero haberte sido de alguna ayuda.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economía y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.

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