Buenas tardes,

La figura jurídica correcta es la extinción de la copropiedad, y el objeto de división es la propiedad, es decir, la casa, no el contrato de préstamo hipotecario.

Si deciden extinguir la copropiedad sólo se abona el impuesto de actos jurídicos documentados y el tipo impositivo es menor que el de una compraventa.

Para extinguir la copropiedad no es necesario amortizar previamente la hipoteca, puesto que es una figura jurídica relacionada con la copropiedad, no con la carga que grava la misma, si bien no hay ningún impedimento en poder realizarlo en unidad de acto.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

En u, principio con los datos que das y ajustando la Financiación a no más del 80% del precio de compra, la operación se plantea viable . No obstante, deberíamos saber al sector al que te dedicas y de qué manera declaras estos ingresos, para dar una respuesta más exacta. Desde RN tusolucionhipotecaria.com podríamos estudiar tu caso y poder darte una respuesta más precisa.

Ricardo Gulias

Estas son operaciones hipotecarias complejas y te aconsejo que te pongas en contacto con un intermediario de crédito registrado en el Banco de España y de experiencia contrastada, pues la respuesta va más allá de saber el nombre de un banco.

Ing, no suelte financiar las viviendas no consolidadas .

Ricardo Gulias

Tusolucionhipotecaria.com

Estimado Aitor,

Aunque el segmento de los trabajadores autónomos ha sido el más castigado por los departamentos de riesgos de las entidades por el Covid-19, en su caso, dada la aportación indicada y a falta de conocer si tiene otros compromisos de pago  y su edad,  para calcular el plazo de amortización, la operación sería viable en cuanto al porcentaje de financiación que se solicitaría sobre el valor de la compra, siempre y cuando el endeudamiento de la operación se sitúe por debajo del 35%.

Santiago Cruz, CEO en Ibercredit Consulting Hipotecario

Buenos días,

Yo le recomendaría que, en primer lugar, acordara el precio del inmueble con su expareja.
Una vez que el valor esté acordado por las partes, deberá acudir a las entidades bancarias para que le puedan dar la financiación que necesita.

Organizada la operación, podrán acudir al Notario para formalizar la extinción de condominio y, si lo desean, en unidad de acto, proceder después a ceder el cincuenta por ciento de la propiedad a su actual pareja.

Lo que sí les aconsejo es que recaben asesoramiento fiscal especializado puesto que la extinción de condominio tributa por actos jurídicos documentados pero la cesión del 50 % a su actual pareja tributa al tipo impositivo de compraventa, y le recomiendo que tengan en cuenta los costes a nivel de tributación para tenerlo presente en el préstamo hipotecario a solicitar.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Es un plan que ha presentado el Gobierno para mejorar España a largo plazo, con objetivos hasta 2050.

En la web oficial puedes consultar los objetivos y medidas que se proponen.

Por otro lado, aquí tienes el resumen ejecutivo presentado. Algunos puntos a destacar del resumen (negrita mía):

  • “Los millennials de nuestro país vivirán, de media, 36 años más que sus abuelos, y 18 años más que sus coetáneos de Marruecos. Lo harán, además, con una mejor salud.”
  • Dada la menor productividad de nuestro país respecto a nuestros vecinos y el envejecimiento de la población “España tendrá que hacer una apuesta decidida y contundente por la educación (desde el nacimiento hasta la senectud), multiplicar sus esfuerzos en I+D, acelerar la modernización del tejido productivo aprovechando las oportunidades de la digitalización y la transición ecológica, fomentar el crecimiento de sus pequeñas y medianas empresas, reducir al máximo las distorsiones generadas por las trabas administrativas, y atajar con éxito el problema de la economía sumergida.”
  • En relación al sistema educativo “Tendremos que transformar la carrera docente, modernizar el currículum, ampliar la autonomía de nuestros centros educativos, crear un sistema de evaluación eficaz, reforzar los mecanismos de apoyo a los colectivos más desfavorecidos, y potenciar la educación de 0 a 3 años.”
  • Formación laboral: “España tendrá que reducir la población que solo cuenta con la ESO (pasando del 40% actual al 15%), aumentar considerablemente la proporción de personas que obtienen un título de universidad o FP superior, y poner en marcha un sistema integral de recualificación que le permita actualizar las competencias de al menos un millón de trabajadores (empleados y desempleados) cada año.”
  • “La España de 2050 será más cálida, árida e imprevisible que la de hoy. Si no adoptamos medidas contundentes con celeridad, las sequías afectarán a un 70% más de nuestro territorio, los incendios y las inundaciones serán más frecuentes y destructivos, el nivel y la temperatura del mar aumentarán, sectores clave como la agricultura o el turismo sufrirán daños severos, 27 millones de personas vivirán en zonas con escasez de agua, y 20.000 morirán cada año por el aumento de las temperaturas.” Para a continuación resumir las medidas urgentes y radicales a tomar: “…tendremos que convertirnos en una economía circular y neutra en carbono antes de 2050, tomar medidas que nos permitan minimizar los impactos del cambio climático, y transformar el modo en el que nos relacionamos con la naturaleza. Esto implicará, entre otras cosas, cambiar radicalmente la forma en la que generamos energía, nos movemos, y producimos y consumimos bienes y servicios. Habrá que aprovechar toda nuestra riqueza en fuentes de energía renovable, electrificar el transporte, reinventar las cadenas de valor, replantear los usos que hacemos del agua, reducir al mínimo los residuos que generamos, apostar por la agricultura ecológica, e impulsar la fiscalidad verde.”
  • En relación al inexorable envejecimiento de la población, “España deberá apostar por la tecnología, rediseñar parte de su Sistema Nacional de Salud, asegurar la sostenibilidad y suficiencia de su sistema público de pensiones, y lograr que las personas en edades avanzadas tengan una participación cada vez más activa y satisfactoria en la vida económica y social del país. La forma en que concebimos la vejez y la división entre el trabajo y la jubilación también tendrá que cambiar, algo que no solo beneficiará al Estado sino también al conjunto de la ciudadanía.”
  • “Se estima que, en 2050, el 88% de nuestra población vivirá en ciudades y que la España rural perderá casi a la mitad de sus habitantes actuales.” Se proponen medidas encaminadas a ” … recuperar el modelo de ciudad compacta y de proximidad propio de la cultura mediterránea, impulsar la creación de vivienda pública y social, fomentar la rehabilitación de edificios, y transformar el modelo de movilidad en favor del transporte público o compartido y la peatonalización del espacio urbano. Al mismo tiempo, tendremos que revitalizar la España rural y las ciudades medias a través de una apuesta decidida por la integración tecnológica, el transporte público, el teletrabajo, y la diversificación económica aprovechando la transición ecológica, la digitalización o el desarrollo de la silver economy (aquella asociada a las necesidades de las personas mayores de 50 años).”
  • En relación al desempleo estructural de España y el impacto que la tecnología puede tener en el mercado laboral, “… habrá que elevar la tasa de empleo de las mujeres, los jóvenes y las personas mayores de 55 años; incentivar la inmigración legal; y potenciar la recuperación y atracción de talento.” y “habrá que llevar a cabo una fuerte ampliación de las políticas activas de empleo, adecuar el marco normativo, y adaptar las redes de protección social para que protejan a las personas y no a los puestos de trabajo.”
  • En relación a la pobreza y desigual reparto de la riqueza, España deberá “… cambiar su patrón de crecimiento, reactivar su ascensor social, abordar el problema de la vivienda, y acometer una reforma fiscal paulatina pero profunda que dote de mayor capacidad recaudatoria y progresividad al sistema y permita reforzar las redes de protección social.”

Y como resumen de las propuestas:

  1. Apuesta decidida por la mejora de la formación de nuestra población, desde el nacimiento y a lo largo de toda la vida.
  2. Apoyo contundente y ambicioso a la innovación en todos los frentes, no solo en el científico-tecnológico.
  3. Fuerte modernización de nuestro tejido productivo y nuestra cultura empresarial.
  4. Transición hacia un modelo de desarrollo sostenible y respetuoso con el medio ambiente.
  5. Ampliación drástica de las oportunidades de la población joven, especialmente en ámbitos como la educación, el empleo y el acceso a la vivienda.
  6. Consecución de la plena igualdad de género.
  7. Fomento de la inmigración legal y de la captación de talento extranjero como vías adicionales para dinamizar nuestra economía y apuntalar la viabilidad de nuestro estado de bienestar.
  8. Fortalecimiento de los servicios públicos, con especial foco en la educación, la salud y los cuidados.
  9. Rediseño de las prestaciones sociales para transitar progresivamente a un modelo que proteja a la ciudadanía en función de sus necesidades y no solo de su historial laboral.
  10. Reforma de nuestro sistema fiscal para aumentar su capacidad recaudatoria y su progresividad, y poder financiar así el fortalecimiento de nuestro estado de bienestar sin comprometer la sostenibilidad de las cuentas públicas.
  11. Modernización de la Administración pública para generar ganancias de eficiencia, y rediseño profundo de las políticas públicas basado en una mayor atención a la evidencia empírica, la experimentación, la evaluación (ex ante y ex post), la colaboración social, y las pérdidas y ganancias (trade offs) involucradas en cada medida.
  12. Compromiso transversal con los derechos e intereses de las generaciones futuras. Las decisiones que tomemos hoy no pueden acabar reduciendo el bienestar de nuestros hijos.

Hola Sebastià,

Mi recomendación es que compréis el terreno juntos y hagáis la financiación de la autoconstrucción como tenéis pensado juntos.

Poniendo el terreno solo a tu nombre se genera una situación un tanto extraña a la hora de financiar la construcción, puesto que tu pareja esta construyendo sobre un terreno que es suyo, aunque tenga tu autorización.

Con la finalidad que puedas asegurarte la aportación que realizas por si el día de mañana rompéis, podéis firmar un documento donde ella reconozca esta mayor aportación tuya y que en caso de venta tu tendrías derecho a llevar esta mayor parte.

El piso que ella tiene llegado el caso que sea necesario puede servir de garantía para la construcción.

Un saludo,

Antonio Beltrán, CEO de Hipotecas Plus y colaborador del panel de hipotecas de Futur Finances.

Bueno, la verdad es que es alucinante que un préstamo hipotecario, sea para financiar una VPO o una vivienda libre, concedido por un banco, pueda financiar parte de la compraventa en B. Pero me temo que no eres una excepción del sistema.

En realidad tanto el banco como el notario deberían impedir este tipo de operaciones inmobiliarias. Y evidentemente, evitar este tipo de pactos los vendedores y los compradores.

En todo caso, efectivamente el IRPH en VPO, al menos hasta que se vuelva a pronunciar el TJUE, el IRPH no se considera abusivo en España en base a lo que interpreta el Tribunal Supremo, si bien hay jueces de primera instancia y, recientemente, la Audiencia Provincial de Valencia, que sí consideran abusivo el IRPH.

A la espera de que alguna de las abogadas del panel de expertas responda, voy a intentar responderte con los puntos básicos de lo que se conoce por pre-pack concursal, que imagino habrás descubierto hoy de esta noticia en Ultima Hora.

La figura, previa a la solicitud del concurso de acreedores, se enmarca en el espíritu de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva. Si bien las Directivas europeas precisan de una trasposición en la normativa nacional para ser directamente aplicables, el mecanismo pre-pack concursal entraría dentro de la regulación directamente aplicable del Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015 sobre procedimientos de insolvencia (los Reglamentos europeos sí son de aplicación directa en todos los países de la Unión).

Los Juzgados de las Illes Balears serán de los primeros en desplegar los efectos de este mecanismo pre-concursal que busca dar herramientas a las empresas con serios problemas de solvencia puntuales, como es el caso del tejido empresarial balear afectado por la Pandemia, pero que tienen probabilidades importantes de sobrevivir y seguir siendo rentables una vez se supera al golpe que ha provocado la insolvencia repentina.

Este documento proporcionado por el ICAIB recoge el mecanismo de pre-pack concursal de las Illes Balears, aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.

Apreciada Ana Belén,

Si en vuestro convenio de divorcio de mutuo acuerdo habéis procedido a liquidar el régimen económico matrimonial y, por lo tanto, la extinción de la copropiedad de la vivienda familiar, el testimonio de dicho convenio de divorcio es título suficiente para ser inscrito en el Registro de la Propiedad, por lo tanto no es necesario acudir al Notario para la realización de una escritura de extinción de la copropiedad.

A su vez si la extinción se realiza a través de convenio regulador ratificado y testimoniado judicialmente, se está exento del abono del impuesto de actos jurídicos documentados y de plusvalía, debiendo únicamente proceder al abono de la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Recuerde que los acuerdos adoptados respecto a la propiedad no tienen por qué afectar al préstamo hipotecario; por eso le recomiendo que antes de tomar cualquier tipo de decisión que afecte a la extinción de la copropiedad, tengan claro cómo va a quedar el préstamo hipotecario, ya que la entidad bancaria debe estudiar si es viable dejar el préstamo únicamente con el prestatario que se adjudica el bien inmueble, liberando de la posición deudora al otro copropietario.

Respecto a las repercusiones fiscales, indicarle que la contraprestación que recibe la parte que cede su porcentaje de copropiedad tendrá repercusiones en su declaración de la renta, por lo que les recomiendo que recaben asesoramiento fiscal especializado.

Atentamente les saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.