David Soler es un consultor 2.0 muy reputado en la Red y fuera de ella.

Mediante su perfil en Facebook he descubierto esta entrevista sobre la creación de comunidades virtuales que me parece será muy útil para todos, profesionales o aficionados del mundo online.

Una comunidad virtual es un grupo de personas conectadas en la Red alrededor de un interés común. Un grupo en LikedIn, una página en Facebook o una cuenta de Twitter son comunidades, o este mismo blog lo es. Casi todo es de alguna forma comunidad en Internet.

Los puntos a tener en cuenta al crear una comunidad virtual podrían ser, según David Soler:

 

  1. Objetivo: vamos a generar una comunidad de gente interesada en economía, en hipotecas, o una temática libre (en este caso no sería una comunidad profesional, sería más bien personal).
  2. Título: corto, explicativo y adaptable a otros sitios.
  3. Estructura: imagen, diseño identificativo, descripción de la comunidad (nunca más perfiles en Twitter sin Bios).
  4. Hacer crecer la comunidad y mantenerla: primero contactar con la gente más cercana, online u offline. No tiene sentido invitar a todo el mundo porque sí. Invitar a gente que pueda estar interesada en el tema que trate la comunidad.
  5. Dinamizar la comunidad: la parte dura de la gestión de comunidades. Lo ideal es conocer de la temática del grupo, compartiendo conocimiento de diferentes fuentes. Al principio el resto la comunidad no participará. Se puede captar gente pagando (en Google y Facebook, etc) y también utilizar otras comunidades propias para promocionar la nueva.
  6. Moderación: conviene hacerla desde el principio. Personalmente considero que mis comunidades son de todos los integrantes, siempre y cuando haya interés en propiciar información interesante para todos. Lo que sobra es gente que sólo quiera promocionarse y no aporte valor al resto de gente.
  7. Relación con los usuarios: coincido con David Soler que hay que limitar los mensajes directos a la gente (vía mensajes o newsletters, ya que para ello está la propia comunidad y sus herramientas).
  8. Promoción de la comunidad: relacionar las diferentes comunidades que uno gestiona.

Para ampliar esta información os invito a leer el post de referencia de David Soler, que lo explica bastante mejor que yo: Creación y gestión de una comunidad.

Y personalmente os doy un consejo para crear y gestionar comunidades: que la finalidad principal sea disfrutar y conocer gente y sus conocimientos. Lo mismo que en la vida, si lo que haces no te gusta, cambia.

Tres han sido los temas tratados en Euribor Blog esta semana por un servidor:

Resumiendo la utilización profesional de varias redes sociales, comentar:

LinkedIn debe ser el sitio central dónde tengamos nuestro curriculum más amplio y actualizado posible. En el resto de redes en que podamos enlazar una web o blog, el perfil público de LinkedIn podría ser la URL de elección. Salvo que tengamos un CV virtual u otro site en el que podamos personalizar aún más nuestra vida laboral. Podemos tomar esta red como nuestra agenda de contactos virtual y nuestro escaparate laboral.

Twitter es muy viral, y cuando ya tenemos un número importante de seguidores (followers), lo que twitteamos puede llegar a mucha gente. Es útil hacer RT (reenviar) los tweets interesantes de otra gente, para que vean que nos informamos de lo que hacen. El idioma en este ecosistema es más informal, si bien no debemos caer en lo vulgar si buscamos dar una buena imagen. Si tenemos un blog profesional, los posts deben enviarse automáticamente a Twitter (y a LinkedIn y Facebook y demás redes, entre las que no hay que descuidar la nueva Google +).

Facebook es una herramienta muy potente para encontrar empleo (no a corto plazo), pero es muy peligrosa si no se sabe utilizar. Personalmente utilizo el mismo perfil para temas profesionales y personales, si bien con diferentes niveles de privacidad según los amigos que agrego.

La clave, en mi opinión, es conocer y utilizar adecuadamente la privacidad. Lo primero y fundamental es que sólo tus amigos puedan ver el contenido de tu perfil. Ni amigos de amigos ni todo el mundo, sólo tus amigos. Por otra parte es útil tener un grupo de temática similar a tu formación y empleo deseado.

Twitter y Google + se indexan en Google, con lo que son también interesantes para posicionar contenidos. Facebook, desde mi punto de vista, se equivoca cerrando determinado contenido al buscador de buscadores.

Más información en la entrada original en Euribor Empleo.

Ángel Alonso, Director de iahorro.com, comparador de productos financieros (depósitos, hipotecas, cuentas, tarjetas, etc) comenta la utilidad de los comparadores de productos bancarios, tanto para el cliente como para las entidades financieras.

Me parece muy interesante la mención al cambio de visión que los clientes han experimentado respecto al director de sucursal. Hasta hace poco la mayoría de gente veía los consejos del empleado de sucursal al mismo nivel que un médico o farmacéutico. Un asesor bancario, en definitiva.

Ahora la gente ya comprende que el director de toda la vida, si bien puede ser un gran profesional, no deja de ser un comercial al que se le paga en función de los productos colocados, no por la calidad de su asesoramiento.

El cliente de banca, por tanto, llega a la oficina después de haberse informado en Internet y otros medios, en comparadores como iahorro.com, en blogs y otras comunidades financieras y portales económicos.

He tenido la suerte de conocer en persona a Carlos Doblado, Estratega Jefe de Ágora Asesores, en un entorno controlado de incontrolados: el foro impagable de cultura financiera que es el Financial Congress.

De entre todas las personas que he podido conocer en persona por primera vez, dos han llamado profundamente mi atención, y en cierta manera por razones similares:

Echevarri y Carlos Doblado.

Humildes, sarcásticos y verdaderos genios en lo suyo. Sonará a falsa adulación, pero no lo es. No me sale este tipo de comunicación, por mucho que lo intente.

Carlos Doblado,  concretando, entiende una de las premisas que mueve la vida de la gente mentalmente sana, según grandes profesionales de la disciplina psiquiátrica y psicológica:

Hay que aprender a vivir con dudas razonables, no con falsas certezas.

Con intentar dedicar nuestras energías mentales a entender y practicar este mantra, no haría falta más esfuerzos para llegar a tener una vida plena. Tal vez la Iluminación no sea más que comprender que nunca la alcanzaremos, o mejor aún, que la alcanzaremos al dejar de buscarla.

Que una charla de un analista técnico traiga a mi mente pensamientos tan cercanos a metafísica dice mucho de Carlos (y seguramente poco de mi equilibrio mental). Él sabe ganar dinero interpretando los mercados, eso no lo dudéis. Pero no es de ganar dinero de lo que habla en la ponencia. Es de mucho más.

Podría intentar interpretar lo que nos dice este excelente profesional, pero prefiero que cada uno lo haga a su libre albedrío, visionando el vídeo con la atención que merece. Pocas veces uno saca tanto de tan poco. Para abriros el apetito, simplemente os transcribiré algunas ideas que se explican:

 

  • El análisis gráfico es un camino, pero hay otros para alcanzar nuestro destino.
  • Los mercados tienden al desequilibrio.
  • En los mercados uno no se puede forrar (salvo que asuma un riesgo muy alto de ruina).
  • El mercado es un lugar social: una Ágora.
  • El mercado mueve los gráficos, no al revés. Salvo en momentos puntuales.
  • Hay que sobrevivir el tiempo necesario invirtiendo para que nuestro sistema acabe dando frutos.
  • Sólo las buenas rachas permiten tener visibilidad a los asesores e inversores. El problema es que a más tiempo teniendo buenos resultados, más cerca se está de que la suerte se tuerza.
  • La gente es tan irracional que llega a pedir resultados de un sistema de inversión en el que no cree (a raíz de una pregunta del público).

Os dejo con el vídeo. Ni se os ocurra no visionarlo, os interese el mundo del análisis gráfico o no os interese en absoluto: en ambos casos, disfrutaréis.

Artículo realizado en colaboración con el portal financiero de Terra, Invertia.

La normativa que regula la ejecución hipotecaria no está funcionando adecuadamente en una situación de crisis financiera, inmobiliaria y económica como la que estamos viviendo.

El legislador debe buscar un equilibrio entre los derechos de las entidades financieras a cobrar sus deudas y un mínimo de justicia social que garantice que el ciudadano tiene posibilidades de acceder a un techo y no ser excluido de forma permanente de la esfera financiera al no poder pagar la hipoteca.

Uno de los pilares del marco jurídico actual es que el deudor responde la la deuda hipotecaria con todos sus bienes presentes y futuros, y el inmueble es una garantía más. A diferencia de otros países como EE.UU., entregando la casa no se cancela la deuda (de hecho, la dación en pago es un mecanismo voluntario para el banco).

La normativa actual ya contempla la posibilidad de limitar la deuda hipotecaria al bien puesto en garantía, si bien esta cláusula no es utilizada por la banca en sus minutas hipotecarias, por lo que no existen hipotecas de este tipo, en la práctica.

Por tanto, para posibilitar la dación en pago no hay que cambiar drásticamente el marco regulatorio. Simplemente incluir en las escrituras hipotecarias el llamado “pacto marciano” (cuyo nombre proviene de la consulta elaborada por el jurisconsulto romano Marciano), positivado en nuestro ordenamiento jurídico por el Real Decreto Ley 5/2005.

Sin entrar más que tangencialmente en materia jurídica, nuestro Código Civil prohíbe el “pacto comisorio” para el contrato de hipoteca; es decir, el legislador trata de proteger al deudor impidiendo que el acreedor (la entidad financiera) pueda pactar una confiscación del bien en caso de impago de la hipoteca. Si el banco quiere apropiarse del bien, debe acudir al procedimiento de ejecución hipotecaria.

Esta prohibición se estipula en aras a proteger al deudor. Por tanto, si la cláusula es en beneficio de éste, no habría motivos para no recogerla en la escritura. Y llegamos al “pacto marciano“, permitido en nuestro ordenamiento en materia hipotecaria, que consiste en acuerdos de adquisición de la finca hipotecada, para los casos de impagos de las cuotas hipotecarias, siempre que el precio no se identifique con el valor de la deuda hipotecaria y se determinen los mecanismos de evaluación o tasación de la finca hipotecada de forma objetiva.

Ya hemos visto que la dación en pago es perfectamente posible sin cambios legislativos. La banca esgrime que con la generalización de esta práctica las hipotecas serían más caras y más exclusivas. Sus argumentos son ciertos, pero las conclusiones no tanto. Mi opinión es que un encarecimiento de las hipotecas no sólo perjudicaría a los clientes, también a los bancos.

Sin embargo personalmente no soy un acérrimo defensor de la generalización de la dación en pago por el “riesgo moral” que ello conlleva. Si sólo la vivienda responde de la deuda, hay claros incentivos para devolver la casa si tenemos dificultades para pagarla. Y no me gustan los sistemas jurídicos que desincentivan la responsabilidad personal de las deudas contraídas.

7 medidas en materia de ejecución hipotecaria

Veamos algunas otras medidas para reducir las injusticias en materia hipotecaria; lo fundamental en la legislación en materia económica es crear incentivos o trabas para propiciar los cambios, más que obligar o prohibir. Por tanto, siempre que sea posible es mejor llegar a las medidas propuestas en forma de incentivos positivos o negativos:

 

  1. Introducir el “pacto marciano” en las escrituras de un tipo de préstamo hipotecario nuevo ofrecido por las entidades. Se trataría no de obligar a la dación en pago generalizada, sino de ofrecer este producto hipotecario conjuntamente con el resto. Tal vez se podría bonificar las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en base a conceder un volumen mínimo marcado de “hipotecas marcianas” o cualquier otro incentivo que haga interesante este producto a la banca. Sería más caro y más difícil de obtener que la hipoteca con responsabilidad universal, pero al menos el cliente tendría la opción de acceder a ella y tendríamos un precio de mercado.
  2. Facilitar un mecanismo de subrogación de las hipotecas normales a las hipotecas marcianas, avalado por el ICO en un porcentaje determinado, para que los hipotecados actuales puedan optar a este nuevo tipo de financiación. Con estas dos medidas ya tenemos instalada en nuestro mercado hipotecario la opción de la dación en pago sin, a mi modo de ver, crear inseguridad jurídica. Probablemente se debería estudiar una fórmula para compensara a las entidades de la merma de “garantía” de estas hipotecas; estoy pensando en que no podrían utilizarlas como respaldo a la emisión de títulos hipotecarios, por lo que debería introducirse algún incentivo compensatorio.
  3. Modificar la normativa para evitar que una entidad financiera (o una empresa participada por ella) se puedan adjudicar la vivienda por el 50% de su valor actual. Y además si más adelante venden la vivienda a un precio superior, este beneficio no revierte en la familia que ha perdido la vivienda. Si esto no es un enriquecimiento ilícito, lo parece.  Dado que la entidad no se beneficia si la vivienda hipotecada sube de precio, entiendo que su responsabilidad si baja no debería ser total. Por tanto, no me parece injusto que el banco se pueda adjudicar el bien por el 80% de la tasación; pero de la tasación original, que es en base a la cual el cliente tomó su decisión de compra, no con un valor calculado cuando se ejecuta la hipoteca.
  4. En el caso de la vivienda habitual, instrumentar un mecanismo automático de lease-back, para evitar que una familia se vaya a la calle si puede pagar un alquiler más bajo aunque no el total de la hipoteca. La familia deja de ser propietaria y la vivienda pasa a ser del banco, que concede un alquiler a largo plazo de la casa a sus antiguos propietarios. Se podría estudiar pactar una opción de compra posterior, pero este extremo creo que debería ser opcional para el banco. Se deberían instrumentar nuevas ayudas fiscales para este tipo de alquileres.
  5. Obligación de las entidades financieras de establecer una carencia de capital (sólo pagar intereses) durante unos años, al igual que facilidades para pactar una ampliación del plazo; a las familias en que alguno de sus miembros ha quedado en paro o ha tenido que cerrar su negocio. Es una forma de dar oxigeno a la economía doméstica sin que el banco pierda nada, ya que al final cobra los intereses y se le debe el mismo capital que antes, solo que se paga más tarde.
  6. Para las familias demasiado endeudadas, que necesitan una reunificación de deudas, siempre que cumplan determinados requisitos como que su única vivienda sea la habitual, el ICO podría entrar en la reunificación de todas las deudas en una sola hipoteca bien con un aval que facilite que el banco la admita, bien con financiación directa y entrando en segundo rango hipotecario. Esta medida debería instrumentarse de manera que se refinancie a las familias con problemas de sobreendeudamiento por una situación de paro sobrevenido o similar, no a los endeudamientos especulativos o consumistas.
  7. Declarar abusivas las cláusulas de suelo, los Swaps y demás productos mal comercializados o abusivos directamente (y no tender que esperar a que el dilatado proceso judicial acabe). En este grupo podemos incluir todas aquellas medidas que si bien no solucionan la situación de las familias, si ayudan a abaratar el coste de la hipoteca en cierta medida.

Por mucho que nos digan los poderes bancarios y los políticos como comparsa, hay muchas medidas, algunas de gran calado y otras coyunturales, que puede ayudar a las familias trabajadoras a superar la crisis sin quedarse literalmente en la calle.

Las mencionadas en este artículo son algunas propuestas de las cientos que deberíamos estar escuchando estos días. Curiosamente, el debate se trata de obviar en beneficio de la banca.

No se trata de ser unos utópicos justicieros que quitan a los ricos para dárselo a los pobres. Se trata de conseguir un sistema medianamente justo, y los resultados del sistema hipotecario actual distan mucho de serlo para las familias con problemas para pagar la hipoteca de su vivienda habitual.

Artículo publicado en Invertia.

El II Financial Congress Digital Meeting ha sido un éxito en muchos aspectos:

  1. Profesionales, conectando a muchos compañeros de la red e inversores con emprendedores.
  2. Personales, ya que hemos podido reencontranos con viejos amigos y desvirtualizar otros. Me quedo con el duo de los Rolling Stones de la Economía, Remo y Echevarri, entre otros muchos grandes amigos y amigas (destacar la paciencia de Ester Orpinell, gracias a la cual he sido capaz de llegar a Bilbao sin perderme).
  3. Formativos, ya que el nivel de los ponentes y la excelente organización del evento nos permitió aprender de las charlas y de las conversaciones informales. La lista es muy larga, pero recuerdo con especial intensidad los conocimientos de Carlos Doblado, Marc Garrigasait, Jesús Pérez y Santiago Siri.
  4. De ocio, ya que además de hacer contactos profesionales, encontrarnos con nuestros amigos y aprender, me lo he pasado como un niño gracias al magnífico talante de los que han visitado Bilbao y el excepcional anfitrión que ha sido Aitor Del Valle, al que desde este foro le mandó un agradecido abrazo.

Como 140 caracteres vale más que mil palabras, os dejo los tweets propios sobre las diferentes ponencias en las que pude asistir:

He tenido la suerte de conocer en persona a Luis Martín Cabiedes y a su hermano Jose Cabiedes, en mi anterior andadura como responsable de contenidos y de negocio hipotecario en Bankimia, y si algo he aprendido de ellos es que una StartUp es un negocio que debe dar dinero. Lo demás son decoraciones, pero la estructura es la rentabilidad.

Muy recomendable para los que tengan ideas de negocio:

Errores que un emprendedor no debe cometer, al hablar con un potencial inversor:

 

  1. Tengo un proyecto que necesita financiación: un inversor busca invertir, no financiar. No están para ayudar a alguien, sino para ganar dinero. Los Angel Investor no son Mecenas.
  2. Tenemos que firmar un acuerdo de confidencialidad: otro emprendedor Gollum. La idea es “mi tesoro”. A no ser que se tenga una patente, la idea no vale nada. Lo importante no es la idea, es la capacidad de implementarla.
  3. Nuestras previsiones son muy conservadoras: el Business Plan es vital, pero no son relevantes para el Angel Investor; lo que le interesa es el modelo de negocio y como genera dinero. ¿Quién paga qué?
  4. No tenemos competencia: o no tiene ni idea del mercado en que está o tiene razón y realmente no tiene competencia; y si en el mundo nadie ha trabajado esta posibilidad, o se es un Nobel o la idea no vale.
  5. Con un 1% del mercado ganamos dinero: hay que partir de abajo, no del total del mercado. ¿Cuáles son los 10 primeros clientes que nos van a comprar?
  6. En Telefónica (una gran empresa) son lentos y no son innovadores, y no van a atacar este mercado: a este le quedan 2 meses de vida. Las grandes empresas son grandes, no tontas. Simplemente tienen tiempos de reacción más lentos, pero reaccionan. Y te borraran del mercado si no has conseguido una ventaja competitiva.
  7. Nosotros estamos especializados: sólo sabemos hacer una cosa; ¿Dónde está escrito que ser especialista es una ventaja?
  8. Hemos previsto todos los riesgos: este emprendedor está loco. El riesgo es inevitable.
  9. Nuestra visión es proveer a nuestros clientes de soluciones que necesitan para obtener ventajas competitivas que les permitan operar en sus mercados en unas condiciones óptimas para desarrollar sus negocios con confianza, seguridad y maximizando las posibilidades de éxito: ¿usted qué vende? Eso lo hace todo el mundo.

Una visión sin un plan de acción no es una visión, es una alucinación. Luis Martín Cabiedes.

La frase que completa las 10 la tendréis que buscar vosotros escuchando el genial podcast.

Si bien haré un post un poco más extenso sobre el tema, decir que esta entrada realizada por un servidor en uno de los portales inmobiliarios de referencia de España, Fotocasa, es de las última que se han publicado después de causar baja del gran equipo humano de Bankimia.

Me tomo la licencia de transcribir la entrada, ya que estoy seguro que será del interés de los visitantes del blog de Futur Finances:

Romper los lazos emocionales y vitales que nos unen a otra persona es una de las bebidas más amargas que nos tenemos que tomar en esta vida. Pero si además del dolor psicológico nos encontramos con los problemas económicos de tener que hacer frente a las cuotas mensuales de un préstamo hipotecario común, las cosas se complican aún más.

Grosso modo las opciones que tiene la pareja que se separa son:

  1. Vender la vivienda a un tercero, cancelar la hipoteca y repartirse las ganancias o pérdidas, en su caso. Sería la mejor opción, la más habitual en épocas en que el mercado inmobiliario funciona adecuadamente. Actualmente presenta problemas si no podemos ajustar al máximo el precio de venta (la deuda pendiente de la hipoteca suele marcar el límite de rebaja del precio).
  2. Proceder a la extinción del condominio; para entendernos, se “vende” la casa al otro. Es la forma más económica fiscalmente hablando de transmitir la propiedad.
  3. La dación en pago a la entidad bancaria; es una opción prácticamente descartable, consistente en entregar al banco la casa a cambio de que nos extinga la deuda hipotecaria.
  4. Otras opciones temporales intermedias que no afectan a la propiedad del bien podrían ser seguir viviendo en el mismo hogar después de la separación (hoy en día es una situación habitual) y seguir pagando la hipoteca o que uno se vaya de alquiler o a la casa de sus padres y el otro se queda en la vivienda hipotecada, acordando como se reparte el pago la hipoteca y demás gastos.

Extinción de condominio: ventajas fiscales

A efectos reales vender el pro indiviso al otro propietario o extinguir el condominio tiene el mismo resultado. La propiedad del 100% pasa a ser de un solo titular. Pero a efectos fiscales hay mucha diferencia.

Si transmitimos la propiedad del 50% de la casa a nuestra ex-pareja mediante un contrato de compra-venta, valorando la venta en la mitad de la hipoteca (imaginemos que nuestra mitad son 100.000 euros), pagamos unos gastos de aproximadamente 8.100 euros (sin contar los gastos de la hipoteca).

En cambio, si lo que firmamos ante notario es una extinción de condominio valorándolo por 100.000 euros, los gastos son de 2.100 euros. El impuesto de AJD es sólo del 1%, en lugar del 7% que se paga si se instrumenta como una compra-venta.

El ahorro fiscal de utilizar el recurso de la extinción de condominio es de 7.000 euros (para una valoración de la mitad de la casa de 100.000 euros).

Extinción de condominio: el problema de la hipoteca

Tenemos que entender que una cosa es la propiedad de un inmueble y otra la deuda hipotecaria que el inmueble garantiza.

En España nuestro ordenamiento jurídico recoge la posibilidad de limitar la deuda hipotecaria al bien inmueble (artículo 140 de la Ley Hipotecaria); no obstante en la práctica esta posibilidad no la contempla ninguna entidad en las escrituras, por lo que rige la responsabilidad universal del deudor: el inmueble es una garantía de cobro, pero en caso de que no cubra la deuda (teniendo en cuenta que si la subasta queda desierta el banco se adjudica el bien por el 50% de su valor) la entidad financiera puede seguir el proceso de recobro contra todos los bienes y derechos presentes y futuro del deudor.

Si firmamos una extinción de condominio ante notario el banco no tiene el porqué intervenir. Firmamos la escritura, se registra en el Registro de la Propiedad y dejamos de ser propietarios de la vivienda.

Arreglado, ¿verdad? Ni mucho menos.

Si la entidad financiera con la que tenemos el préstamo hipotecario no nos quita de la escritura (nos exonera de la deuda), dejaremos de ser propietarios de un inmueble pero seguiremos siendo deudores. Y si hay problemas de pago el banco podrá ir contra todo nuestro patrimonio y embargar nuestros ingresos. Y eso sin ser propietarios de la casa en cuestión.

Y si queremos pedir otra hipoteca con muchas posibilidades nos la denegaran al salir la deuda hipotecaria en el CIRBE.

Por tanto, no recomendamos firmar nunca una extinción de condominio si la parte que se queda la propiedad no tiene aprobada una nueva hipoteca en la que nosotros no figuremos (y acude el mismo día de la firma de la extinción de condominio a firmar el nuevo préstamo hipotecario).

Problemática de los avalistas

La cosa se complica aún más si los padres de alguno de los miembros de la pareja han avalado el préstamo hipotecario. En este caso los problemas de pareja se convierten en problemas familiares tanto emocional como económicamente.

Si hay problemas de pago de la hipoteca los avalistas también responden con su patrimonio, y el banco puede decidir ir contra el avalista solvente antes que contra los titulares de la hipoteca (por lo que de nada vale pensar que como somos insolventes no pasará nada, embargarán a nuestros padres).

Y la peor situación es que hayan avalado los padres de uno pero no los del otro, ya que una de las familias (la que no avala) tiene incentivos para desentenderse del problema, que recae sobre la que avala.

El aval es algo muy serio; si nuestros hijos necesitan nuestra ayuda, mejor es comprar una parte de la casa que avalar. Avalando se compromete el patrimonio familiar sin ser propietario.

El amor es maravilloso, pero no lo mezclemos con el dinero o la combinación puede devenir explosiva.

Mi buen y emprendedor amigo Aitor del Valle está preparando la segunda edición del genial Financial Congress.

En sus propias palabras:

En esta segunda edición del Congreso, y tal y como ya anunciamos en el primero, haremos entrega de los FINANCIAL CONGRESS AWARDS 2011. Unos premios cuya finalidad es la de reconocer a proyectos y personas destacados en el curso financiero.


Hay dos categorías:


CORPORATE AWARD: referente al ámbito de empresas y emprendedores
INVESTORS AWARD: referente al ámbito de inversores y asesores


Pueden ser tanto webs, herramientas o aplicaciones financieras, personalidades relevantes (conocidas o más anónimas), iniciativas de todo tipo (de divulgación, solidarias, etc…)


Nuestro deseo es que este proceso tenga una importante participación on line y que al menos la mitad de las candidaturas que vayan a ser evaluadas por el jurado del premio fueran generadas a través de propuestas y votaciones on line.


Así el proceso de selección será el siguiente:

  1. En la fase de recepción de candidaturas se abrirá asimismo una fase inicial de recepción de candidaturas online (a través del siguiente enlace) que se podrán ir votando a medida que se vayan dando de alta. Por tanto: votación online a través de este enlace.
  2. Se presentarán al jurado para la fase final un total de 10 candidaturas, de las que al menos la mitad (5) séan las candidaturas más votadas online.
  3. Fallo del premio: el jurado elegirá de entre las 10 candidaturas al vencedor/a.
  4. Se hará entrega de cada premio al cierre de cada jornada.

Invito a visitantes y bloggers a presentar sus candidaturas y, si os apetece, a votar la candidatura de Futur Finances y de Bankimia.

Hay que conectarse con una cuenta de Facebook o una de Twitter para poder votar.

El sano debate surgido del extravagante número de familias que pierden su única vivienda, malviven para sobrevivir y, encima, siguen debiendo dinero a la entidad financiera junto a sentencias polémicas pero valientes sobre la responsabilidad del hipotecado sigue abierto. Y espero no se cierre hasta que haya una solución más equilibrada para ciudadanos y bancos.

Algunas soluciones que me han parecido muy interesantes han sido vertidas por Marc-Roger LLoveras en Abogares, un blog de InDret.

Os dejo el literal y os invito a leer el artículo completo en Abogares:

Ello no comporta, de entrada, la necesidad de grandes cambios legislativos, ya que tanto la LH como la LEC nos ofrecen algunas posibilidades. Así, cabría potenciar el uso del prácticamente nunca aplicado artículo 140 LH, que limita la responsabilidad del deudor al bien hipotecado aproximándonos al sistema norteamericano. El principio de responsabilidad patrimonial universal del artículo 1911 CC no es un dogma inalterable y podemos tener en cuenta que en la cadena hipotecaria el único que actúa bajo el mismo con su patrimonio personal es el deudor –no lo hacen los bancos ni los promotores ni los constructores, que encadenan hipotecas limitadas a su propia forma societaria a la espera de la venta final-.

Entrados ya en la ejecución puede destacarse que pese a la prohibición del pacto comisorio (art. 1859 CC) lo cierto es que cada vez en más ocasiones los pisos ejecutados acaban en manos de bancos y cajas. La clave se encuentra en el reenvío de la ejecución a un sistema de subasta, neutral sobre el papel pero especialmente opaco en la práctica, que ante la insuficiencia o la no concurrencia de terceros permite la adjudicación del bien al acreedor. Pero a diferencia del resto de garantías reales (arts. 1872 CC y 569-7.3.e, 569-8.3.h, 569-20.4.d y 569-26 CC Cataluña) se permite la adjudicación al 50% del valor tasado para la ejecución sin que se obligue al acreedor a darse por pagado de la totalidad de la deuda (arts. 670 y 671 LEC).

Este sistema permite, pues, que el acreedor pueda acabar realizando el valor del bien hipotecado anteriormente y vender el piso por el valor que quiera o pueda. Pero le permite también que siga exigiendo el pago de la totalidad de la deuda a su deudor –en este punto, el reciente AAP Navarra 17.12.2010 dijo basta, aunque ya hay pronunciamientos posteriores contradictorios y parece muy difícil que se confirme en el TS-, con lo que si no se conectan de algún modo ambas operaciones no parece descabellado intuir aquí algo muy parecido al enriquecimiento injusto.

El mismo puede evitarse dando la deuda por extinguida con la entrega del piso, pero ello repercute sobre el acreedor, quizá en exceso, el riesgo sobre la pérdida de valor del bien –pese a que existe una tasación, unilateral, prevista expresamente para la ejecución y que el valor en el mercado no siempre va a al baja- pero también debe tenerse en cuenta que se lo adjudica en propiedad y podrá controlar el momento de su posible conversión en dinero o sacarle otros posibles rendimientos. Una opción intermedia –hay otras- supondría imputar el precio de la venta a tercero, o el diferencial superior respecto de la ejecución, a la deuda todavía pendiente del deudor, con lo que se evitaría que el acreedor acabe cobrando, en parte, dos veces por lo mismo. Parece justo.