Buenos días,
Yo le recomendaría que, en primer lugar, acordara el precio del inmueble con su expareja.
Una vez que el valor esté acordado por las partes, deberá acudir a las entidades bancarias para que le puedan dar la financiación que necesita.
Organizada la operación, podrán acudir al Notario para formalizar la extinción de condominio y, si lo desean, en unidad de acto, proceder después a ceder el cincuenta por ciento de la propiedad a su actual pareja.
Lo que sí les aconsejo es que recaben asesoramiento fiscal especializado puesto que la extinción de condominio tributa por actos jurídicos documentados pero la cesión del 50 % a su actual pareja tributa al tipo impositivo de compraventa, y le recomiendo que tengan en cuenta los costes a nivel de tributación para tenerlo presente en el préstamo hipotecario a solicitar.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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